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La Audiencia Provincial de Barcelona abre la puerta a que los jueces no consideren delito cortar los suministros a los okupas
Cortar la luz, el agua o el gas en una vivienda ocupada ilegalmente ya no es delito. Al menos, no en las provincias de Barcelona y Girona, donde los jueces han llegado a un acuerdo para que cortar los suministros a los okupas no sea considerado como un delito de coacciones.
Esta resolución es un alivio para muchos propietarios que debían seguir pagando las facturas mensuales de inmuebles a los que no podían acceder. El acuerdo no sienta jurisprudencia, pero abre la vía a que jueces de otros puntos de España sigan su ejemplo.
¿Qué dice la ley sobre cortar los suministros a los okupas?
La legislación española vigente no se pronuncia específicamente sobre las consecuencias legales de cortar los suministros a los okupas.
Sin embargo, numerosas sentencias recurren a la jurisprudencia del Tribunal Supremo para considerar como delito de coacciones el corte o el impago de los suministros básicos de la vivienda, como agua, luz y gas.
Con esta interpretación, cortar los suministros a los okupas podría costarle al propietario hasta 3 años de cárcel, según lo previsto en el Código Penal para el delito de coacciones en relación con un derecho fundamental, como es el de la vivienda.
El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados. Cuando la coacción ejercida tuviera como objeto impedir el ejercicio de un derecho fundamental se le impondrán las penas en su mitad superior.
Artículo 172.1 del Código Penal
Como ejemplo ilustrativo, la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga 411/2021 detalla que «el artículo 172 podría resultar de aplicación al supuesto de ataques patrimoniales dirigidos a la vivienda consistentes en daños a la cerradura o cambio de la misma, como en el supuesto, u otros elementos materiales de la vivienda, supresión o menoscabo de condiciones básicas de habitabilidad, como pudieran ser el agua, la luz, el gas, la electricidad».
Cabe destacar que esta sentencia, como la mayoría de las que se usan como referencia, aluden a casos de impago de alquiler, no de ocupación ilegal.
¿Qué han acordado los jueces catalanes?
En un cambio de paradigma, los jueces de las secciones penales de las Audiencias Provinciales de Barcelona y Girona han acordado que, en los casos de ocupación ilegal, no es delito cortar los suministros a los okupas.
En el documento de la Audiencia Provincial de Barcelona, se especifica que, en los casos de usurpación y allanamiento de morada, el propietario puede dejar de pagar y cortar los suministros a los okupas sin que sea considerado un delito de coacciones.
«En caso de que el titular de una finca (en régimen de propiedad o cualquier otro título que habilite su uso), ocupada o que ha sido objeto de allanamiento de morada, no mantenga el alta de los suministros o el abono de los mismos, no será constitutivo de un delito de coacciones.»
Presidencia de la Audiencia Provincial de Barcelona
Los magistrados de la Audiencia Provincial de Girona llegaron a un acuerdo similar unas semanas antes: «El titular de una finca ocupada no tiene la obligación de mantener el alta de los suministros de dicho inmueble. El corte de suministros de una finca ocupada ilegalmente en ningún caso puede ser considerada delito de coacciones.»
El objetivo de ambos órganos judiciales es ofrecer mayor protección jurídica a los propietarios de viviendas ocupadas ilegalmente, dejando claro que no es delito cortar los suministros a los okupas.
¿Qué cambia para los propietarios?
Con la interpretación de los jueces catalanes, los propietarios (y usufructuarios) de una vivienda ocupada ilegalmente, pueden cortar los suministros a los okupas sin temor de enfrentarse a penas de hasta 3 años de cárcel por incurrir en un delito de coacciones.
Hasta ahora, si el dueño de una vivienda ocupada dejaba de pagar las facturas de la luz y el agua, la interpretación judicial era que su objetivo es forzar a los ocupantes a desalojar la vivienda y, por tanto, constituía un delito de coacciones.

El propietario tenía que esperar a que se resolviese el procedimiento judicial de desahucio para poder dejar de pagar los recibos. Teniendo en cuenta que este proceso se suele alargar más de un año (al menos antes de la entrada en vigor del desahucio exprés de okupas la semana pasada), el coste de no cortar los suministros a los okupas puede ser considerablemente alto.
Sin embargo, el acuerdo de las audiencias de Barcelona y Girona significa que los jueces de estas provincias no acusarán a los dueños de coacciones, ya que se entiende que están en su derecho de no pagar por los suministros de un inmueble al que no tienen acceso.
¿Qué supone el acuerdo catalán para el resto del país?
El acuerdo alcanzado en Cataluña no es vinculante fuera de las provincias de Barcelona y Girona, pero sienta un precedente que puede servir de referencia en juzgados de toda España.
Es posible que otros órganos judiciales sigan el ejemplo catalán, pero hasta que el Tribunal Supremo no se pronuncie al respecto, queda al criterio de cada juez si cortar los suministros a los okupas es delito o no.
¿Qué ocurre con los inquilinos morosos o inquiokupas?
El pronunciamiento de los jueces catalanes se refiere, exclusivamente, a los casos de ocupación ilegal, entendidos como usurpación o allanamiento de morada. Es decir, cuando personas ajenas a la propiedad se instalan en una vivienda vacía o habitada.
Sí se considera delito de coacciones el cortar los suministros a los okupas que solían ser inquilinos: Cuando existe un contrato de alquiler de por medio, pero los inquilinos dejan de pagar la renta o se quedan en la vivienda tras finalizar el contrato.
En estos casos, gestos como cambiar la cerradura del inmueble sin consentimiento de los inquilinos morosos o cancelar los servicios básicos de luz, agua o gas, sigue siendo ilegal.