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El Congreso ha aprobado la devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago, de tal forma que podrán recuperar su dinero íntegramente en 2025
La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados ha dado el visto bueno a la reforma de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y la ha enviado al Senado para su aprobación definitiva. Pero… ¿no hemos venido aquí a hablar de la devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago? Sí, no te has equivocado de artículo. El caso es que esta reforma legal incluye una disposición final (la decimosexta, ni más ni menos) en la que se faculta a la Agencia Tributaria a llevar a cabo la devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago.
Esta nueva modificación legal parece que pone punto y final a todas las dudas en torno a IRPF y mutualidades y permitirá completar la devolución del IRPF a los mutualistas en 2025.
A continuación, te contamos todas las claves sobre el derecho de los pensionistas que realizaron aportaciones a las mutualidades laborales a recuperar lo pagado de más en el IRPF desde el año 2019.
Miles de jubilados mutualistas cotizaron de más por sus pensiones
Antes de abordar la devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago debemos hacer un sucinto resumen sobre un conflicto que afecta a cientos de miles de jubilados españoles.
Hasta 1978, existieron en nuestro país múltiples mutualidades laborales a las que los trabajadores realizaban aportaciones. En dicho año, las mutualidades se integraron en la Seguridad Social y los trabajadores pasaron a cotizar a la misma.
¿Cuál es la gran diferencia desde el punto de vista fiscal entre las aportaciones a las mutualidades y las cotizaciones a la Seguridad Social? Las segundas son gastos deducibles en el IRPF y las primeras no. Mientras que las pensiones de jubilación están sujetas al IRPF. ¿Qué implica esto?
- Se establece un trato fiscal distinto a los pensionistas en función de si realizaron aportaciones a mutualidades laborales.
- Se somete a los mutualistas a una doble imposición por sus pensiones.
Para solventar este problema, se introdujo en la Ley del IRPF una disposición transitoria. Sin embargo, la Agencia Tributaria llevó a cabo una interpretación restrictiva de la norma que seguía perjudicando a los mutualistas. Así fue como los conflictos en torno a mutualistas e IRPF llegaron hasta el Tribunal Supremo.
En 2023, el TS sentenció que los pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades tienen derecho a que se les en el IRPF:
- El 100% de lo aportado hasta el 31 de diciembre de 1966.
- El 25% de los aportado desde el 1 de enero de 1967 y hasta el 31 de diciembre de 1978.
Estas deducciones han de aplicarse en las pensiones de los jubilados mutualistas en función del porcentaje de su vida laboral en el que realizaron aportaciones a las mutualidades con respecto al conjunto de su trayectoria profesional.
La devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago estuvo en vigor hasta diciembre de 2024
Esta sentencia tuvo dos consecuencias prácticas:
- La devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago por los ejercicios fiscales no prescritos: 2019, 2020, 2021 y 2023.
- La aplicación de un ahorro fiscal a futuro en sus pensiones.
Así, tras el dictamen se produjo un alud de rectificaciones de autoliquidaciones del IRPF demandando la devolución de lo tributado de más.
Ante el gran número de rectificaciones, la Agencia Tributaria decidió, con buen criterio, facilitar el proceso de devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago. ¿Cómo? Mediante un formulario de solicitud de la devolución que se debía completar en la web de la AEAT.
Una vez realizada la solicitud, la Agencia Tributaria revisaba los datos en posesión de la Seguridad Social para validar si el solicitante tenía o no derecho a beneficiarse de la sentencia del Tribunal Supremo y a cuánto ascendían las deducciones que debían aplicársele al tributar por su pensión.
El polémico sistema de devolución a plazos
¿Qué sucedió? Fue tal el número de demandas que la factura para Hacienda se convirtió en extraordinariamente elevada. Para minorar el impacto de la sentencia del TS sobre las arcas públicas, a finales de 2024:
- Se paralizaron todas las solicitudes cuyo proceso de gestión no habían finalizado.
- Se sustituyó el sistema de devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago por un sistema a plazos.
Así, desde el 22 de diciembre de 2024, los pensionistas que no habían recuperado aún su dinero se vieron obligados a:
- Volver a presentar la solicitud.
- Adaptarse a un sistema de pagos fraccionados:
- En 2025, se podría reclamar lo tributado de más en 2019.
- En 2026, lo abonado de más en concepto de IRPF en 2020.
- En 2027, se efectuaría la devolución del importe correspondiente a 2021.
- En 2028, lo que se tributó de más en 2022.
Que no se procediese a la devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago y se les obligase a solicitar dicha devolución año a año hasta 2028 desató las críticas de los colectivos de pensionistas, los asesores fiscales, los sindicatos y la práctica totalidad del arco parlamentario.

El compromiso de Hacienda y la denuncia de la AEDAF
Frente al ruido generado, la ministra de Hacienda se comprometió, finalmente, a dar marcha atrás en la reforma y reinstaurar la devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago.
Sin embargo, desde que se produjo dicho anuncio en el mes de marzo, este no se había materializado en la pertinente reforma legal que enmendara lo dispuesto en la Ley 7/2024. Y durante estos meses se ha ido desarrollando la campaña de la Renta 2024 con un formulario para solicitar la devolución del IRPF pagado de más en el año 2019.
Ante este escenario cargado de incertidumbre, la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) decidió acudir a la Justicia e interponer un recurso contencioso-administrativo ante el sistema de pagos fraccionados al considerar que discrimina a los jubilados mutualistas y es arbitrario.
Fin del culebrón: Se reinstaura la devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago
Pues bien, una vez que se apruebe definitivamente la nueva Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, se pondrá fin al sistema de pagos fraccionados y se reinstaurará la devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago.
¿Cuáles son los aspectos clave de la reforma introducida en esta ley?
- Se faculta a la AEAT para que lleve a cabo la devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago.
- Los jubilados que hayan solicitado la devolución para el año 2019, recibirán también la correspondiente al resto de años no prescritos.
- El formulario en vigor es válido para obtener la devolución correspondiente a 2019, 2020, 2021 y 2022.
- Es imprescindible usar el cauce del formulario para solicitar las devoluciones del IRPF.
- Quedan sin efecto todos los procedimientos no concluidos antes del 22 de diciembre de 2024.
- El plazo de prescripción del derecho a solicitar las devoluciones se considera suspendido desde el 22 de diciembre de 2024 hasta el día en que entre en vigor la ley.
En definitiva, si eres un jubilado que realizó aportaciones a mutualidades laborales y aún no has recuperado el dinero que pagaste de más en concepto de IRPF, debes saber que Hacienda efectuará la devolución del IRPF a los mutualistas en un único pago.

