jueves, 11 diciembre 2025

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Hasta 1.356€ de devolución en el IRPF por la cancelación de hipotecas

El TEAC ha abierto las puertas a que miles de españoles reclamen una devolución en el IRPF por la cancelación de hipotecas de viviendas compradas antes de 2013

Estamos acostumbrados a conocer sentencias judiciales que protegen a los millones de hipotecados que hay en España frente a cláusulas hipotecarias abusivas, pero es menos habitual que se produzcan novedades en el terreno fiscal.

Sin embargo, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) acaba de hacer público un criterio que permite a miles de ciudadanos reclamar una devolución en el IRPF por la cancelación de hipotecas.

Para ser exactos, el TEAC ha concluido que se puede deducir la cancelación de la hipoteca de una vivienda habitual tras haberla vendido, si dicha vivienda se compró antes de 2013.

Esto es así porque el coste de pagar lo que queda de una hipoteca entra dentro de los gastos deducibles por inversión en la vivienda habitual. Este beneficio fiscal estuvo en vigor en nuestro país hasta el 31 de diciembre de 2012, pero se pueden seguir beneficiando de esta rebaja fiscal cada año todos los contribuyentes que hubiesen adquirido su vivienda habitual antes de 2013 mientras sigan teniendo que hacer frente a su hipoteca.

Entre los gastos deducibles se encontraban tanto la amortización de las hipotecas como los intereses de las mismas y otros gastos derivados.

Sin embargo, hasta ahora, la Agencia Tributaria había defendido que no era posible deducirse el importe abonado al cancelar una hipoteca si para pagarlo se había empleado el dinero obtenido en la venta de la vivienda habitual. La resolución 2995/2025 del TEAC sí reconoce este derecho.

Quién puede solicitar una devolución en el IRPF por la cancelación de hipotecas

El criterio del TEAC tiene un impacto directo para miles de personas que vendieron sus casas y pisos y procedieron a cancelar sus hipotecas. ¿Por qué?

Basándose en este criterio pueden reclamar una devolución en el IRPF por la cancelación de hipotecas.

¿Todos los contribuyentes pueden hacerlo? No, solo aquellos que hayan cancelado hipotecas sobre sus viviendas habituales entre 2021 y 2024.

Esto es así porque los años anteriores ya están prescritos fiscalmente y, por lo tanto, no se pueden rectificar las declaraciones de la Renta.

Cómo es proceso para reclamar una devolución en el IRPF por la cancelación de hipotecas

El proceso para reclamar una devolución en el IRPF por la cancelación de hipotecas consiste en la presentación de una declaración rectificativa de la declaración de la Renta del año en que se canceló la hipoteca.

Además, es importante recopilar toda la documentación que demuestre el derecho a aplicarse la deducción fiscal:

  • Los documentos que acrediten la venta de la vivienda.
  • Los documentos que prueben la cancelación de la hipoteca y el importe abonado para finalizar su amortización.
  • Referenciación expresa al criterio del TEAC.

Es recomendable dejar en manos de un asesor fiscal el proceso, para asegurarse de que la Agencia Tributaria aplica el criterio del TEAC y se puede recuperar lo pagado de más en el IRPF.

Se pueden conseguir hasta 1.300€ de devolución en el IRPF por la cancelación de hipotecas

Cómo se calcula el importe de una devolución en el IRPF por la cancelación de hipotecas

La deducción por inversión en vivienda habitual se rige por una serie de normas que se deben tener en cuenta para calcularla:

  • El límite máximo de la base de la deducción son 9.040€. Es decir, si lo gastado en pagar las letras de la hipoteca y cancelarla a lo largo del año supera esta cifra, no se pueden contar los gastos que excedan el límite legal.
  • Sobre la base de la deducción se debe aplicar un 7,5% en la cuota estatal del IRPF y otro 7,5% en la cuota autonómica (o el porcentaje acordado por la CCAA). Esto supone que la deducción en el IRPF puede ascender, como máximo, a los 1.356€. De ahí que sea posible reclamar una devolución en el IRPF por la cancelación de hipotecas de hasta 1.356€.
  • Tras aplicar la deducción, ni la cuota estatal ni la autonómica pueden arrojar resultados negativos.

Por ejemplo, Pedro González canceló su hipoteca en 2022 por 6.000€ y, además, antes de cancelarla pagó otros 1.500€ en concepto de amortización de la hipoteca e intereses. En total, los gastos deducibles son de 7.500€.

Cuando presentó la declaración de la Renta del 2022, solo pudo incluir en la base de la deducción los 1.500€ que pagó durante la vigencia de la hipoteca. De tal forma que se pudo deducir 225€ en el IRPF.

Sin embargo, ahora puede rectificar su declaración e incluir, también, los 6.000€ que abonó al cancelar la hipoteca de su vivienda habitual tras venderla. Como resultado de ello, su deducción por inversión en vivienda habitual ascendería hasta 1.125€. Si a esta cifra le restamos los 225€ que ya se dedujo en su día, el importe que debe devolverle Hacienda es de 900€.

«La posibilidad de obtener estos 900€ de devolución en el IRPF por la cancelación de hipotecas ayuda a compensar el dinero que tuve que invertir en cancelar mi hipoteca y supone una compensación a todos los gastos que tuve que asumir durante el tiempo que estuve hipotecado», defiende Pedro González, uno de los miles de ciudadanos que van a poder reclamar una devolución en el IRPF por cancelación de hipotecas de viviendas habituales adquiridas antes de 2013.

Beneficio a futuro: Desde 2025 se podrá deducir la cancelación una hipoteca en la Renta

El criterio fijado por el TEAC tiene otra consecuencia evidente. Más allá de que miles de contribuyentes puedan reclamar una devolución en el IRPF por cancelación de hipotecas, todos los ciudadanos que vendan, desde 2025, sus viviendas habituales van a poder deducirse en el IRPF la cancelación de las hipotecas.

Así, si una persona ha vendido a lo largo de este año su vivienda habitual y la adquirió antes de 2013, debe saber que puede deducirse en la declaración de la Renta que presentará la próxima primavera el coste de cancelar la hipoteca.

Lo mismo sucederá en los años venideros. Lo cual no resulta en absoluto baladí, ya que las personas que contrataron hipotecas a 30 o 40 años pueden vender sus viviendas habituales en cualquier momento de las próximas décadas y aplicarse la deducción al cancelar sus hipotecas.

Tanto si vendiste tu casa entre 2021 y 2024, como si lo has hecho en 2025, en Lex Hoy te ofrecemos asesoramiento fiscal para ayudarte a recuperar lo que pagaste de más en la Renta o aplicarte la deducción en tu próxima declaración.

    Laura Díaz
    Laura Díaz
    No sé si Hacienda somos todos, pero intento desgranar las claves de nuestro régimen tributario para que los ciudadanos y las empresas puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, a la vez que salvaguardan sus intereses.

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