7 puntos clave sobre IRPF y mutualistas en 2025
Al reclamar las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025 solo se podrá recuperar lo pagado de más en 2019
Pocas sentencias del Tribunal Supremo han levantado una mayor polvareda que su histórico dictamen sobre mutualistas e IRPF. Casi dos años después de que el Alto Tribunal emitiese la sentencia 255/2023 del 28 de febrero que reconocía el derecho de miles de pensionistas a recuperar lo tributado de más en la Renta por sus pensiones, esta sentencia sigue generando noticias.
¿Por qué? Tras el alud de reclamaciones registradas y después de devolver ya cientos de millones de euros, el Gobierno aprobó un cambio legal a finales de 2024 que paraliza todos los procesos no finalizados para realizar las devoluciones del IRPF a los mutualistas, deja inhabilitado el mecanismo implementado a principios de 2024 y obliga a los pensionistas que aún no habían obtenido la devolución de su dinero a reclamarlo de manera fraccionada hasta 2028.
¿Qué pensionistas tienen derecho a devoluciones del IRPF?
El Tribunal Supremo sentenció que los pensionistas que habían realizado aportaciones a las antiguas mutualidades laborales, precursoras de la Seguridad Social, habían estado tributando doblemente. ¿Por qué? Mientras las cotizaciones a la Seguridad Social son gastos deducibles en el IRPF, las aportaciones a las mutualidades laborales no lo eran. Por lo que al cotizar por sus pensiones, estos miles de jubilados estuvieron cotizando doblemente.
Para evitar la doble imposición, el TS estableció que los mutualistas tienen derecho a una reducción en el cálculo del IRPF del:
- 100% por lo que aportaron a las mutualidades laborales hasta el 31 de diciembre de 1966.
- 25% por lo que aportaron a estas instituciones entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978, fecha en la que las mutualidades se integraron definitivamente en la Seguridad Social.
Esto tiene dos consecuencias directas:
- Los pensionistas tienen derecho a devoluciones del IRPF por lo que tributaron de manera indebida durante los ejercicios fiscales no prescritos antes de la sentencia: generalmente, 2019, 2020, 2021 y 2022.
- Los jubilados pueden beneficiarse de un ahorro fiscal a futuro, ya que Hacienda debe aplicarles la reducción fiscal establecida por el TS hasta que fallezcan.
¿Qué va a pasar con las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025?
Ante el alud de potenciales beneficiarios y tras recibir miles de rectificaciones de autoliquidaciones, la Agencia Tributaria puso en marcha un formulario web para facilitar que los jubilados reclamasen la devolución de lo que pagaron de más en la Renta durante los cuatro ejercicios fiscales no prescritos.
Sin embargo, este formulario ha quedado sin efecto tras la aprobación de la Ley 7/2024. Esta norma incluye una disposición final que establece que:
- Todos los procesos de reclamación que no hubiesen finalizado con la devolución del IRPF antes del 22 de diciembre de 2024 quedan sin efecto. De tal manera que miles de pensionistas que reclamaron en 2024 y aún no habían cobrado, deberán hacerlo de nuevo.
- El formulario anterior ya no es válido. Y, como consecuencia de ello, la Agencia Tributaria lo ha deshabilitado.
- Ya no se procederá a devolver toda el dinero reclamado por los ejercicios fiscales no prescritos en un único pago como se había hecho hasta el momento. A partir de ahora, en cada campaña de la Renta se podrá reclamar lo tributado de más durante un único ejercicio fiscal.
¿Cuándo se podrán reclamar las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025?
La Ley 7/2024 establece que las devoluciones correspondientes al 2019 y a años anteriores no prescritos podrán exigirse a parir del 1 de enero de 2025. Por lo que, en teoría, ya se podrían reclamar las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025.
Sin embargo, la propia norma remite a los mutualistas al formulario que lanzará la Agencia Tributaria para canalizar las reclamaciones. Este formulario, que se publicará en la sede electrónica de la AEAT, aún no está activado. Además, la ley indica que para reclamar las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025 se deben cumplir los plazos de la campaña de la Renta.
Así, este año, el periodo para hacer la declaración de la Renta va desde el 2 de abril hasta el 30 junio. Será durante estos meses en los estará en funcionamiento el formulario y se podrán reclamar las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025.

¿Qué se podrá obtener al reclamar las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025?
Como apuntamos antes, al reclamar las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025 solo se puede recuperar lo que se tributó de más en el año 2019 o en ejercicios anteriores si estos no han prescrito por alguna acción puesta en marcha por el contribuyente.
Es decir, esto supone que los contribuyentes que no habían conseguido recuperar todo su dinero antes del 22 de diciembre de 2024, ahora solo podrán recuperar, durante la campaña de la Renta de 2025, un 25% de lo que pagaron de más por sus pensiones en concepto de IRPF y que aún es reclamable. Estaríamos hablando de entre unos 750 y 1.000 euros de media.
¿Qué documentación se necesita para reclamar las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025?
Cabe suponer que el nuevo formulario que deberá poner en marcha la AEAT al inicio de la campaña de la Renta 2025 será similar al que funcionaba hasta finales de 2024. Tras cumplimentar el formulario, la Agencia Tributaria comprueba los datos del pensionista directamente con la Seguridad Social.
Sin embargo, puede ocurrir que la SS no disponga de toda la información necesaria para cerciorarse de que un pensionista tiene derecho a la devolución del IRPF por haber cotizado doblemente por su pensión.
Por eso, es fundamental que los jubilados recopilen toda la documentación que la Agencia Tributaria les puede requerir:
- Vida laboral completa.
- Certificado en el que figure el importe de la pensión cobrada.
- Certificado de la empresa en la que trabajó y en la que cotizó a una mutualidad laboral.
¿Qué va a pasar con las devoluciones en los siguientes años?
Si al reclamar las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025 solo se puede recuperar lo tributado de más en 2019… ¿qué va a pasar con lo que se abonó de manera indebida en 2020, 2021 y 2022? Hacienda ha establecido un calendario para devolver los importes correspondientes a estos años:
- En 2026 se podrán reclamar las devoluciones de 2020.
- En 2027 será el momento de solicitar las devoluciones de 2021.
- En 2028 los contribuyentes deberán reclamar las devoluciones correspondientes a 2022.
Esto supone que:
- Lo que antes se resolvía en cuestión de meses, ahora va a tardar años en llevarse a cabo.
- Los contribuyentes ya no van a tener que solicitar las devoluciones del IRPF una única vez, sino que cada año deberán cumplimentar el pertinente formulario y responder a las solicitudes que haga Hacienda para comprobar que se tiene derecho a estas devoluciones.
- Por desgracia, algunos mutualistas fallecerán sin poder haber recuperado en vida todo el dinero que abonaron de más en la Renta.
¿Pueden los herederos reclamar las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025 y los próximos años?
Precisamente, debemos tener en cuenta una última derivada sobre las devoluciones del IRPF a los mutualistas en 2025 y los años venideros: ¿qué sucede cuando la persona con derecho a las devoluciones fallece?
Los herederos de los mutualistas tienen derecho, también, a que la Agencia Tributaria les devuelva lo que sus familiares tributaron de más por sus pensiones.
Por eso, es importante que los herederos tengan en cuenta el nuevo procedimiento puesto en marcha a finales de 2024 y cuenten con toda la documentación necesaria para demostrar que sus familiares tenían derecho a que se les aplicara la reducción fiscal establecida por la sentencia del TS.
En definitiva, al igual que ha sucedido con los atrasos en el complemento de maternidad, los pensionistas van a necesitar paciencia para recuperar todo el dinero que la Agencia Tributaria les cobró de más en concepto de IRPF. La última reforma legal deja claro que Hacienda intentará amortiguar el impacto económico de las devoluciones a los mutualistas lo máximo posible, de ahí que el horizonte para abonar todo lo cobrado de más se extienda hasta el año 2028.