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El complemento por hijos: 10 años de chapuzas legales y reclamaciones

El TJUE ha vuelto a sentenciar que el complemento por hijos es discriminatorio y puede ser reclamado por miles de pensionistas hombres

Decía James Joyce que la historia es una pesadilla de la que intentaba despertarse, algo similar deben estar pensando en el Ministerio de Seguridad Social. ¿Por qué? El complemento por hijos ha vuelto a ser tumbado, parcialmente, por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Esta nueva sentencia sigue la estela de la ya emitida por el TJUE en 2019 contra el conocido popularmente como complemento de maternidad.

Dicho complemento por hijos fue reformado en 2021 y sustituido por el complemento de brecha de género. En ambos casos el objetivo era poner en marcha una política de discriminación positiva en favor de las mujeres para compensarlas por los perjuicios sufridos en sus carreras profesionales por ser madres y tener que dedicarse al cuidado de sus hijos.

El Tribunal de Luxemburgo ha fallado tanto en 2019 como en 2025 que el complemento por hijos infringe el derecho de la UE y es discriminatorio con los hombres.

Al igual que ocurrió con la sentencia de 2019, que conllevó la presentación de miles de reclamaciones de padres pensionistas, el nuevo dictamen del TJUE abre la puerta a que los hombres puedan reclamar el complemento de brecha de género en sus pensiones.

El complemento por maternidad de 2015

En el año 2015 se aprobó la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Esta norma incluía en su artículo 60 un nuevo complemento para las pensiones contributivas al que solo podían tener derecho las mujeres «por su aportación demográfica a la Seguridad Social».

Como ya apuntamos antes, a este plus se le ha denominado comúnmente como complemento de maternidad. Para poder disfrutarlo había que cumplir dos requisitos:

  • Tener derecho a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
  • Haber dado a luz o haber adoptado a dos hijos o más.

¿A cuánto asciende este complemento por hijos? Varía en función de dos parámetros clave: el número de hijos y el importe de la pensión principal:

  • Las mujeres con 2 hijos tienen derecho a un plus del 5% de sus pensiones.
  • Las madres con 3 hijos pueden disfrutar de un plus del 10%.
  • Las madres con 4 hijos o más ven aumentadas sus pensiones en un 15%.

La sentencia del TJUE sobre el complemento de maternidad en 2019

Desde su puesta en marcha el 2 de enero de 2016, el complemento de maternidad fue origen de polémicas y reclamaciones. ¿Por qué? Solo lo podían cobrar las mujeres, aunque los hombres también contribuyesen a dicha aportación demográfica de la que hablaba la LGSS.

Finalmente, el debate llegó hasta la Justicia europea. Como ya avanzamos al inicio de este artículo sobre el complemento por hijos, el TJUE falló que vulneraba la Directiva 79/7 sobre la igualdad de tato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social. Dicha norma en su artículo 4 establece que «el principio de igualdad de trato supondrá la ausencia de toda discriminación por razón de sexo» en ámbitos como el cálculo de las prestaciones.

Como consecuencia de este fallo, cientos de miles de hombres con dos o más hijos y que accedieron a sus pensiones a partir del 2 de enero de 2016 presentaron reclamaciones para:

  • Conseguir que se les reconociese el derecho al complemento.
  • Se les abonase este plus de manera retroactiva desde el momento en que tenían derecho a él.

La Seguridad Social optó por denegar las reclamaciones administrativas y obligar a muchos padres pensionistas a litigar. Por eso, el Tribunal Supremo acabó reconociendo a estas personas el derecho a obtener, a mayores, una indemnización de 1.800 euros por el perjuicio causado al verse abocados a acudir a la vía judicial.

Así, en los últimos años se ha producido un reguero constante de pronunciamientos judiciales. Las últimas sentencias del complemento de maternidad reconocen a algunos pensionistas el derecho a recuperar cantidades que superan los 30.000 euros.

El complemento por brecha de género de 2021

A nadie le sorprenderá que el coste de pagarle el complemento por hijos tanto a las madres como a los padres supuso una importante factura para las arcas públicas.

Por eso, el de 3 de febrero de 2021 entró en vigor una modificación del artículo 60 de la LGSS que transformó el complemento de maternidad en el complemento para la reducción de la brecha de género. Como su propio nombre indica el objetivo de este plus es poner fin a «la brecha de género en el importe de las pensiones contributivas de la Seguridad Social de las mujeres» y solo seguirá en vigor mientras dicha brecha sea superior al 5%.

A partir de esta modificación legal, no solo las mujeres podían tener acceso al complemento por hijos, sino también los hombres. De esta forma, se buscaba sortear los problemas de discriminación señalados por el TJUE.

Sin embargo, la actual normativa contempla unos requisitos para todas las personas solicitantes y, a mayores, unos requisitos extra para los hombres.

¿Cuáles son los requisitos generales para disfrutar del remozado complemento por hijos?

  1. Ser padre o madre de un hijo (antes era necesario tener por lo menos dos).
  2. Disfrutar de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
  3. Que el otro progenitor del hijo que da derecho al plus no disfrute de una pensión pública más baja.

Además, los hombres deben encontrarse en uno de estos dos escenarios:

  1. Tener derecho a una pensión de viudedad y que alguno de sus hijos perciba una pensión de orfandad.
  2. Cobrar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente, que la suma de sus pensiones públicas sea inferior a las pensiones que cobra la madre de su hijo y que:
    • a. Si se convirtió en padre hasta el 31 de diciembre de 1994, haya estado sin cotizar 120 días entre los nueve meses anteriores a este hecho y los tres años posteriores.
    • b. Si el hijo nació o fue adoptado a partir del 1 de enero de 1995, haya sufrido una reducción de sus bases de cotización en los 24 meses posteriores superior al 15% con respecto al mismo periodo de tiempo inmediatamente anterior al nacimiento o adopción.

¿Cuál es el importe de este plus? En este caso, es fijo, pero varía de año en año. En 2025, asciende a 35,9 euros por hijo, con un límite de cuatro hijos: 143,6 euros.

Los hombres también tienen derecho a cobrar el complemento por hijos según el TJUE

La nueva sentencia del TJUE contra el complemento por hijos

¿Cuál es el problema con este diseño del actual complemento por hijos? La nueva sentencia del TJUE ha concluido que, al igual que pasa con la versión original del plus, infringe la Directiva 79/7 y es discriminatorio. ¿Por qué? Impone, como apuntamos antes, condiciones adicionales a los hombres y no trata de la misma forma a dos personas en la misma situación.

¿Qué consecuencia tiene la sentencia del TJUE sobre el complemento de brecha de género? Los juzgados españoles tienen que inaplicar los requisitos específicos para los hombres y, por lo tanto, los padres pensionistas solo deben cumplir los mismos requisitos que las madres.

De esta forma, se prevé que se produzca una gran cantidad de reclamaciones de hombres que comenzaron a cobrar su pensión desde el 3 de febrero de 2021 para lograr:

  • El reconocimiento a cobrar el complemento de brecha de género.
  • El abono del importe que se debería haber cobrado desde que nació el derecho a disfrutar de la pensión contributiva principal.

Miles de hombres pueden cobrar el complemento por hijos: Este derecho no prescribe

El diseño defectuoso del complemento por hijos tanto por parte del Gobierno de Mariano Rajoy (2015), como del Gobierno de Pedro Sánchez (2021) tiene como consecuencia que cientos de miles de pensionistas hombres puedan acceder al complemento por hijos si cumplen los requisitos. Así:

  • Los hombres que se convirtieron en pensionistas entre el 2 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 pueden solicitar el complemento de maternidad.
  • Los hombres que accedieron a sus pensiones contributivas desde el 3 de febrero de 2021 tienen derecho a que se les reconozca el complemento de brecha de género si sus pensiones públicas son inferiores que las de las progenitoras de sus hijos.

Además, entre las últimas noticias sobre el complemento de maternidad destaca una sentencia del Tribunal Supremo que establece la imprescriptibilidad del complemento por cuidado de hijos.

Es decir, se puede reclamar en cualquier momento. ¿Por qué? Lo que prescribe es el derecho a reclamar la pensión principal, pero al tratarse de un suplemento a la misma, si se tiene reconocida, es posible solicitar el pago del plus pasados más de 5 años desde que nació el derecho a cobrar la pensión principal.

Esto implica que cientos de miles de hombres que comenzaron a cobrar sus pensiones a partir del 2 de enero de 2016 pueden reclamar el complemento por hijos.

En definitiva, la Justicia europea ha vuelto a cuestionar el complemento por hijos casi 10 años después de su puesta en marcha. Como resultado de este nuevo fallo judicial:

  • Muchos padres pensionistas van a poder reclamar el complemento de brecha de género.
  • El legislador español tendrá que volver a rediseñar este suplemento a la pensión para lograr poner en marcha una medida de discriminación positiva que cuente con el aval del TJUE y permita avanzar hacia una igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

    Pedro González
    Pedro González
    Las relaciones laborales son un mundo apasionante. Constantemente se producen reformas legales y sentencias pioneras que afectan directamente a millones de trabajadores y empresas. En LexHoy me encargo de cubrir estas novedades para ayudar a profesionales y a empresarios a conocer sus derechos y deberes.

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