jueves, 15 mayo 2025

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Complemento de maternidad. Últimas sentencias 2025

En esta guía sobre ‘Complemento de maternidad. Últimas sentencias’ repasamos los fallos más recientes que compensan e indemnizan a hombres a los que se les denegó el complemento

En lo que va de año se ha ido produciendo un goteo de sentencias sobre el derecho de los hombres a que se les reconozca el complemento de maternidad, el pago de una indemnización por la denegación de dicho suplemento a la pensión por parte de la Seguridad Social y el abono de los atrasos en el complemento de la maternidad.

En esta guía sobre ‘Complemento de maternidad. Últimas sentencias‘, vamos algunas decisiones judiciales que se han conocido en 2024 en nuestro país y que demuestran que los hombres que tuvieron hijos y se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 tienen derecho a que se les reconozca este complemento en su pensión.

Esto se debe a que el complemento de maternidad, ideado originalmente para que solo pudiese ser cobrado por las mujeres que hubiesen tenido 2 o más hijos, fue declarado como discriminatorio por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2019. Sin embargo, se mantuvo en vigor hasta 2021, cuando fue sustituido por el complemento de brecha de género. De ahí que los hombres con hijos que se jubilaron durante los 5 años en los que estuvo en vigor la norma tengan derecho a este suplemento de su paga de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, al igual que sucede con las mujeres.

A través de los casos que conforman esta guía sobre ‘Complemento de maternidad. Últimas sentencias‘ podemos observar cómo los tribunales no solo han reconocido la discriminación sufrida por los hombres a los que se les ha negado el complemento de maternidad, sino que también están aplicando otras sentencias del Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre esta materia.

38.000 euros y una pensión revalorizada en un 15% en Girona

En esta guía sobre ‘Complemento de maternidad. Últimas sentencias’ debemos incluir un fallo de comienzos de 2025 emitido por un juzgado de Girona.

El juez estimó la reclamación de un pensionista que exigía que se le reconociese el complemento de maternidad.

La sentencia ha establecido que el jubilado tiene derecho a recuperar 37.789 euros en concepto de atrasos por el complemento de maternidad.

Además, como el pensionista ha tenido cinco hijos, el juzgado ha dictaminado que su pensión se debe revalorizar en un 15%. De tal forma que junto al dinero recuperado, podrá disfrutar de un notable aumento de la pensión de jubilación a partir de la sentencia y hasta que fallezca.

23.500 euros y una revalorización del 15% de la pensión de un jubilado en Las Palmas

Las últimas noticias sobre el complemento de maternidad giran en torno a una sentencia del juzgado de lo Social nº11 de Las Palmas de Gran Canaria. Dicho tribunal ha dictaminado que un pensionista canario tiene derecho a:

  • Cobrar 21.750 euros por atrasos en el complemento de maternidad.
  • 1.800 euros de indemnización para contribuir a compensar los daños causados por la Seguridad Social al no reconocerle el derecho al complemento.

El importe de los atrasos en el abono de este suplemento es tan elevado porque:

  1. El pensionista tuvo 4 hijos, lo que implica un complemento del 15% de su pensión.
  2. Accedió a la pensión en el verano de 2017 y como el reconocimiento de este suplemento es retroactivo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe pagarle todo lo que no le ha abonado en los últimos 7 años.

Además, claro está, el pensionista tiene derecho a que su pensión se revalorice en un 15% a partir de la sentencia. Ya que tuvo más de 3 hijos.

26.000 euros y un aumento de la pensión del 10% para un pensionista en Huesca

Si el primer caso de esta guía sobre ‘Complemento de maternidad. Últimas sentencias‘ terminó con una compensación cuantiosa para el pensionista, el importe conseguido por un jubilado de Huesca es aún mayor.

Al igual que en el conflicto anterior, a este pensionista se le había denegado previamente el complemento de maternidad por considerar que el plazo de prescripción se había cumplido. Sin embargo, después de que el Tribunal Superior estableciese que el suplemento es imprescriptible porque va ligado a la pensión principal, los juzgados están reconociendo el derecho a este complemento para los hombres. Así, este pensionista aragonés con 3 hijos tiene derecho a:

  • La compensación de los atrasos en el complemento.
  • La indemnización de 1.800 euros también fijada por el Tribunal Supremo.
  • La revalorización de su pensión en un 10% hasta que fallezca.

22.000 euros y un 10% de revalorización de la pensión para un hombre de Zaragoza

Sin movernos de Aragón nos encontramos con otra sentencia que se dio a conocer en mayo de 2024. En este caso, el juzgado de lo Social nº4 de Zaragoza dio la razón a un pensionista que demandaba el complemento de maternidad, después de que el INSS alegase el plazo de prescripción para no reconocérselo. La sentencia establece que:

  • El pensionista tiene derecho a que le abonen los atrasos en el complemento de maternidad desde que accedió a su pensión de jubilación, el 6 de marzo de 2016. Lo que supone más de 19.000 euros.
  • El INSS también deberá hacerse cargo de la indemnización de 1.800 euros.
  • Asimismo, a partir de la sentencia deberá aplicársele el complemento de maternidad a la pensión del jubilado. El suplemento deberá ascender al 10% de la retribución principal, porque el pensionista demandante tuvo 3 hijos.
Los pensionistas que son padres de 2 o más hijos tienen derecho al complemento de maternidad si se han jubilado entre 2016 y 2021

6.300 euros y un 5% más en la pensión a futuro para un jubilado en Granada

Ahora, en esta guía sobre ‘Complemento de maternidad. Últimas sentencias‘ debemos viajar hasta el sur de España. Para ser más exactos, a Andalucía. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dado la razón a un pensionista con 2 hijos que, al igual que en los casos anteriores, vio como el INSS le negaba el complemento al considerar que su derecho a solicitarlo había prescrito.

El TSJA ha confirmado una sentencia previa del Juzgado de lo Social nº8 de Granada y desestimado el recurso presentado por el INSS.

Así, considera que el pensionista tiene derecho al complemento con efectos retroactivos desde que se le reconoció la pensión de jubilación principal en el año 2017. Lo que supone 4.500 euros en atrasos. A los que debemos sumar los 1.800 euros indemnizatorios.

Además, a partir de ahora, a su pensión habitual se le deberá sumar un 5% más, ya que esta es la cuantía que se fijaba en la Ley General de la Seguridad Social para el complemento de maternidad destinado a los progenitores con 2 hijos.

Más de 15.000 euros y un 10% de revalorización vitalicia para un ciudadano de San Sebastián

Otra de las sentencias clave de los últimos meses que recogemos en esta guía sobre ‘Complemento de maternidad. Últimas sentencias’ fue dictada por el Juzgado de lo Social nº3 de San Sebastián.

Este caso trae consigo una particularidad muy interesante. Para evitar tener que abonar los 1.800 euros de indemnización, el Instituto Nacional de la Seguridad Social reconoció al pensionista su derecho al complemento unos días antes de que emitiese el fallo judicial.

Sin embargo, el tribunal no considera que este hecho le permita eludir la indemnización, ya que el jubilado igualmente tuvo que acudir a la vía judicial.

Como consecuencia de ello, el pensionista obtuvo:

  • Más de 13.000 euros en concepto de atrasos en el pago del complemento desde el 2 de abril de 2007, fecha en la que comenzó a percibir su pensión.
  • Los 1.800 euros de indemnización, a pesar del intento del INSS de evitarla.
  • La revalorización de su pensión en un 10%, puesto que tiene 2 hijos.

Casi 11.000 euros y un 5% más en la paga de jubilación para un hombre de Lleida

Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), hizo lo mismo que su homólogo andaluz y ratificó una sentencia de un juzgado de lo Social, en este caso, el nº2 de Lleida.

El jubilado que accedió a su pensión de jubilación en septiembre de 2016, había reclamado ante el INSS el pago del complemento en 2022. Sin embargo, la Seguridad Social se lo había denegado alegando que el plazo de prescripción de 5 años había finalizado.

Ambos tribunales han tenido en consideración que el complemento va ligado a la pensión principal y que, por ende, es imprescriptible, ya que lo que sí puede prescribir es la solicitud de la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. Así, el jubilado ha podido:

  • Cobrar casi 11.000 euros por el abono del complemento atrasado desde 2016 y la indemnización por tener que acudir a la vía judicial.
  • Beneficiarse de un aumento del 5% en su pensión a futuro, al haber tenido 2 hijos.
Complemento de maternidad. Últimas sentencias y consecuencias favorables para los pensionistas

Complemento de maternidad. Últimas sentencias y los 2 aspectos a destacar de ellas

¿Qué podemos sacar en limpio sobre los dictámenes judiciales que hemos ido desgranando en esta guía sobre ‘Complemento de maternidad. Últimas sentencias‘? Que los tribunales españoles ya están aplicando la jurisprudencia que ha ido fijando el Tribunal Supremo sobre esta materia en relación a dos aspectos clave.

Los juzgados ya están aplicando la imprescriptibilidad del complemento

Si algo nos ha quedado claro a lo largo de esta guía sobre ‘Complemento de maternidad. Últimas sentencias‘ es que los juzgados españoles han asumido la doctrina del Tribunal Supremo sobre el plazo de prescripción del complemento.

En una sentencia de enorme relevancia que se dio a conocer en marzo de 2024, el Alto Tribunal dejó claro que el plazo de prescripción de 5 años afecta a la solicitud de la pensión principal, no a la del complemento a la misma.

Por eso, lo importante es que los pensionistas soliciten la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente dentro de los 5 años que fija la normativa. Puesto que el complemento es meramente accesorio.

Como consecuencia de ello, miles de jubilados a los que el INSS les denegó este suplemento a su pensión, pueden acudir a la vía judicial para que se les reconozca. Si bien la propia Seguridad Social ha asumido la jurisprudencia del TS y ya no pone este tipo de trabas a las solicitudes.

Todas las sentencias reconocen los 1.800 euros de indemnización fijados por el TS

Otra de las conclusiones que podemos extraer de esta guía sobre ‘Complemento de maternidad. Últimas sentencias‘ es que todos los tribunales reconocen a los jubilados que se ven obligados a acudir a la vía judicial el derecho a una indemnización por daños y perjuicios.

Esto es así desde que en noviembre de 2023, el Tribunal Supremo fijase que los pensionistas demandantes tenían derecho a dicha indemnización y que su cuantía debía ser de 1.800 euros.

Con esta indemnización, se busca compensar los daños causados por el INSS a los jubilados que se han visto forzados a acudir a los tribunales para conseguir el abono del complemento de maternidad.

Precisamente, el elemento clave para lograr esta indemnización es que una decisión del INSS posterior a la sentencia del TJUE de 2019 haya obligado al pensionista a tener que presentar una demanda judicial.

En definitiva, los tribunales españoles han avalado en sus últimas sentencias el derecho de miles de pensionistas que tuvieron dos o más hijos y se jubilaron entre 2016 y 2021 a beneficiarse del complemento de maternidad, al igual que han podido hacer las madres.

Por eso, es fundamental que si eres un jubilado que puede tener derecho a este suplemento a tu pensión, acudas a un abogado laboralista que estudie tu caso y te asesore para lograr que:

  • Te reconozcan el derecho al complemento.
  • Te abonen los atrasos generados desde el momento en que obtuviste tu pensión.
  • Se te indemnice con 1.800 euros en caso de que tengas que acudir a los tribunales.
  • Se te aplique un complemento del 5, el 10 o el 15% en tu pensión a partir de ahora y para toda tu vida.

    Pedro González
    Pedro González
    Las relaciones laborales son un mundo apasionante. Constantemente se producen reformas legales y sentencias pioneras que afectan directamente a millones de trabajadores y empresas. En LexHoy me encargo de cubrir estas novedades para ayudar a profesionales y a empresarios a conocer sus derechos y deberes.

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