La reforma de la Ley de circulación impone un nuevo seguro para patinetes que redefine cómo deben circular los VMP y algunos ciclos eléctricos
5 cuestiones críticas
La reforma de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor ha puesto patas arriba más cosas de las que muchos imaginaban. Ya no se trata solo de coches, motos o tractores. Ahora el foco se desplaza a algo que vemos cada día en nuestras calles: patinetes eléctricos y ciclos que se mueven como peces en el agua entre coches, peatones y bicicletas. El seguro para patinetes es ya, de facto, una realidad de la que no será aconsejable sustraerse.
Lo cierto es que no parece descabellada una reforma de esta naturaleza. Con el tráfico urbano cambiando tan deprisa, era cuestión de tiempo que el legislador abordara, de frente, la necesidad de un seguro para patinetes, también para otras modalidades de transporte que se consolidan a pasos agigantados.
Al fin y al cabo, estos vehículos han pasado de ser una rareza a convertirse en un medio de transporte cotidiano. Y cuando lo cotidiano genera riesgos, la ley tiene que reaccionar.
Desde el equipo del Área de Derecho Público de Lex Hoy lo resumen con una frase que lo explica todo: «No se trata de prohibir nada, sino de reconocer que los patinetes forman parte del tráfico real y que, como cualquier vehículo que puede causar un daño, necesitan una cobertura clara».
¿Quién debe tener ahora seguro para patinetes?
Aquí empieza lo realmente relevante. La reforma no convierte en asegurables todos los patinetes, pero sí establece criterios muy concretos que obligarán a una parte significativa de ellos a contar con una póliza.
Tendrán que contratar seguro para patinetes aquellos que:
- Puedan circular por vías públicas.
- Tengan motor eléctrico y superen los 6 km/h.
- Alcancen velocidades que los equiparen, a efectos de riesgo, a un vehículo a motor ligero.
En la práctica, esto incluye a la mayoría de los patinetes eléctricos de los servicios de uso público que vemos en ciudades como Madrid, Valencia o Sevilla. Los VMP (vehículos de movilidad personal) entran de lleno en esta categoría en cuanto cumplen las características de motorización y velocidad.
Quedan fuera, por ahora, los patinetes puramente infantiles que no pueden circular legalmente por la calzada ni por carriles específicos, así como los juguetes motorizados de muy baja potencia. También quedan excluidos aquellos dispositivos destinados exclusivamente a recintos privados.
Pero si el gadget forma parte del tráfico urbano —aunque sea solo para ir al trabajo, bajar a por el pan o recorrer un tramo de carril bici— es muy probable que necesite un seguro para patinetes. Es algo muy similar a lo que está sucediendo con el seguro para vehículos agrícolas e industriales.
¿Y qué ocurre con los ciclos? ¿Cuáles deberán asegurarse y cuáles no?
Este punto está generando muchas dudas porque no todos los ciclos son iguales. La reforma distingue entre bicicletas tradicionales, ciclos de pedaleo asistido y ciclos eléctricos con prestaciones más avanzadas. Y no todos encajan en la obligación.
No necesitarán seguro obligatorio:
- Las bicicletas convencionales seguirán fuera de esta exigencia, igual que aquellas cuyo pedaleo asistido se limite estrictamente a ayudar al usuario y no permita que el vehículo se desplace sin pedaleo activo.
Es decir: la típica bici eléctrica que solo aporta impulso al pedal y que no circula como un «vehículo autónomo» continúa sin obligación de asegurarse.
Sí necesitarán seguro obligatorio:
- En cambio, deberán contratar alguna forma de cobertura los ciclos eléctricos capaces de desplazarse sin pedaleo, aquellos que funcionan como auténticos vehículos motorizados ligeros y los que, en esencia, comparten riesgo con los VMP.
El criterio, de nuevo, es el mismo: si puede circular como un vehículo y generar daños, la responsabilidad civil debe estar garantizada.
¿Por qué este cambio se ha acelerado?
Basta salir a la calle unos minutos para comprender que había una brecha enorme. Y aunque las estadísticas ya hablaban por sí solas, son los casos reales los que mejor explican por qué se ha llegado hasta aquí.
Hace unos meses, en Barcelona, un chico se cayó de su patinete al esquivar a un peatón despistado que invadió el carril bici. La maniobra terminó mal: él quedó magullado y la señora con la que chocó sufrió una fractura. Nadie imaginaba que un golpe así podía acabar en una indemnización tan alta. Pero así fue. ¿El problema? El joven no tenía seguro para patinetes y su familia se vio de repente en medio de un proceso que les superaba.
Los compañeros de la Redacción de Lex Hoy recuerdan algo parecido. Una trabajadora que usaba su patinete para ir a la oficina chocó con un coche mientras cruzaba correctamente un paso señalizado. El coche quedó dañado, ella tuvo lesiones leves… y sin seguro que la respaldara, tuvo que afrontar la reparación del vehículo.
Como explica uno de los abogados que colaboran con Lex Hoy, «la movilidad urbana va por delante de la ley. Y cuando eso pasa, la gente queda desprotegida. Esta reforma intenta equilibrar ese desfase».
Son situaciones que cualquiera puede imaginar, porque forman parte de la realidad diaria de las ciudades. Por eso la nueva Ley de circulación implica una reforma del seguro de auto y también novedades relevantes para los vehículos agrícolas e industruales.

¿Qué significa que exista un seguro para patinetes?
La obligación no llega para complicar la vida a nadie, sino para evitar consecuencias que, en un mal día, pueden ser durísimas. Tener un seguro obligatorio para patinete eléctrico supone que un despiste (uno de esos que ocurren en un abrir y cerrar de ojos) no se convierta en una deuda imposible de asumir.
Un patinete golpeando un espejo retrovisor, un cruce desafortunado con un peatón o una caída que involucra a un tercero pueden generar indemnizaciones que pocos usuarios imaginan. Con la póliza, ese riesgo se diluye. Sin ella, la persona responde con su propio patrimonio.
Además, las víctimas dejan de quedar en tierra de nadie. Hasta ahora, si un patinete causaba un accidente, reclamar era complicado porque no había una aseguradora detrás. La reforma pone orden y aclara responsabilidades: quién paga qué, en qué plazo y bajo qué condiciones.
¿Cómo afectará este cambio a la vida en las ciudades?
Lo más probable es que veamos controles más frecuentes en zonas de tránsito intenso, especialmente en ciudades grandes donde los VMP son parte esencial de la movilidad. Muchos ayuntamientos ya están preparando ordenanzas para que esta obligación encaje en sus sistemas de regulación.
Los servicios de alquiler por minutos (esos patinetes de flotas que se dejan en cualquier esquina) tendrán que integrarlo de forma automática, tal y como ya ocurre en otras capitales europeas.
Y los usuarios habituales tendrán que hacer un pequeño ejercicio de revisión: comprobar la potencia del patinete, su ficha técnica, y si realmente su modelo supera los umbrales que lo convierten en vehículo asegurable. Muchos se llevarán una sorpresa y verán cómo necesitan un seguro para patinetes.
Pero, al final, este cambio también traerá cierto alivio. Quien vaya en patinete sabrá que, si ocurre algo, no se enfrenta a un abismo económico. Y quien camina o circula en bici tendrá más garantías si es víctima de un accidente.
Hacia una movilidad más segura y equilibrada
La movilidad urbana ha dado un salto enorme en muy poco tiempo. Los patinetes han llegado para quedarse, y seguirán siendo una alternativa ágil y sostenible para miles de personas. Pero para que convivan con coches, peatones y bicicletas de forma segura, hacía falta una regla clara.
El seguro para patinetes no es un obstáculo, sino una red de seguridad para todos: usuarios, víctimas, conductores y, en definitiva, cualquier persona que comparta el espacio público.
Al final, se trata de algo tan sencillo como esto: si queremos ciudades más habitables, tenemos que proteger a quienes las recorren cada día.

