jueves, 15 enero 2026

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Paridad de precios en Booking: ¿Pueden reclamar los hoteles por tener que cumplirla hasta 2024?

La paridad de precios en Booking estuvo en vigor durante 20 años y pudo haber causado un perjuicio para los hoteles al afectar a su capacidad para competir con la plataforma

La palabra paridad tiene una connotación positiva en el imaginario colectivo y está fuertemente asociada a la igualdad entre mujeres y hombres. Sin embargo, para los hoteles este concepto no suena tan bien. ¿Por qué? La paridad de precios en Booking, que estuvo en vigor hasta el 1 de julio de 2024, provocó que miles de hoteles en muchos países de la Unión Europea no pudiesen ofrecer precios inferiores a los ofertados a través de Booking por ningún otra vía.

¿Menoscabó la paridad de precios en Booking el Derecho a la Competencia en la UE? Hacia esa línea apuntan una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y, sobre todo, una sanción de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

A continuación, vamos a arrojar luz sobre la polémica paridad de precios en Booking para ayudar a los hoteles a saber si pueden reclamar una indemnización a la plataforma por haber limitado su capacidad de competir.

¿En qué consistía la paridad de precios en Booking?

En las condiciones contractuales que impuso Booking, la plataforma de reservas online más importante del mundo, a los hoteles se incluían las conocidas popularmente como cláusulas de paridad.

En un primer momento, estas cláusulas que fijaban la paridad de precios en Booking eran amplias. ¿Qué quiere decir esto? Mediante estas cláusulas se prohibía a los hoteles a ofertar sus habitaciones a un precio más bajo por cualquier otro canal comercial, ya fuese propio (por teléfono, a través de la web del hotel…) o de terceros (otra plataforma, una agencia de viajes tradicional…). Es decir, la paridad de precios en Booking consistía en que los precios de las habitaciones debían ser iguales o mejores en la plataforma.

Desde relativamente pronto se puso en duda que esta forma de paridad de precios en Booking y otras plataformas similares fuese acorde al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. ¿Por qué? Esta norma garantiza en su artículo 101 la libre competencia y persigue el abuso de posición dominante en su artículo 102.

Sea como fuere, en 2015, la paridad de precios en Booking sufrió un cambio trascendental: pasó de ser amplia a restringida. Es decir, a partir de dicha fecha los hoteles sí podían ofertar sus habitaciones a un precio inferior en otras plataformas de reservas y solo estaban obligados a mantener los precios de Booking en sus canales de comercialización propios: web, teléfono, email, presencial, etc.

¿Por qué se puso en marcha esta política de paridad de precios en Booking y se mantuvo durante tanto tiempo? La compañía siempre ha defendido que es necesaria para evitar que los hoteles se conviertan en parásitos de su plataforma. Es decir, que usen Booking para promocionarse y captar clientes, pero que cierren la operación de reserva por vías diferentes a Booking, de tal forma que la empresa no podría monetizar sus labores de intermediación.

¿Por qué finalizó en 2024 la paridad de precios en Booking?

La paridad de precios en Booking llegó a su fin en 2024 como consecuencia de que el 13 de mayo de ese año, la Comisión Europea catalogara a la compañía como gatekeeper en aplicación del Reglamento de Mercados Digitales (DMA, por sus siglas en inglés).

Ser considerado gatekeeper no es una cuestión menor. ¿Por qué?

  1. Solo las grandes compañías tecnológicas tienen esta calificación. Para ser exactos, tan solo 23 empresas son gatekeepers: redes sociales como TikTok o Instagram; aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp; motores de búsqueda como Google; plataformas de anuncios online como Meta; buscadores como Safari y plataformas que ofrecen servicios de intermediación como Amazon Marketplace o la propia Booking.
  2. Los gatekeepers tienen que cumplir requisitos más exigentes que el resto de empresas en materias como el Derecho de la Competencia. Como consecuencia de ello, se puso fin a la paridad de precios en Booking. Esta tal la relevancia de esta medida que aparecer en el primer lugar de las medidas implementadas por la compañía en cumplimiento del DMA en el informe que tuvo que elaborar para demostrar que está cumpliendo con dicho reglamento.
La paridad de precios en Booking ha menoscabado el Derecho de la Competencia según la CNMC

¿La política de paridad de precios en Booking menoscababa la competencia?

Poco después de que el binomio Booking y cláusulas de paridad de precios llegase a su fin, se produjeron dos acontecimientos clave sobre esta materia y que abren la puerta a que se efectúen miles de reclamaciones de hoteles contra Booking:

  1. La CNMC sancionó a la compañía con 413 millones de € por dos infracciones continuadas del TFUE y de la Ley de Defensa de la Competencia relativas a:
    • El abuso de posición de dominio que supuso imponer a los hoteles la paridad de precios en Booking.
    • El falseamiento de la libre competencia en el mercado de servicios de intermediación de reservas, menoscabando la capacidad de competir de otras plataformas de reservas online.
  2. El TJUE dictaminó que:
    • Las cláusulas de paridad de precios en Booking no son necesarias para el éxito del modelo de negocio de la compañía, frente a la amenaza del parasitarismo que siempre ha esgrimido esta.
    • Que la política de paridad de precios en Booking no resulta proporcional y que la compañía podría recurrir a otras medidas para asegurarse de que puede monetizar sus servicios de intermediación como el cobro de tasas a los hoteles que deseen figurar en la plataforma.
    • Para determinar si Booking debe cumplir lo dispuesto en el artículo 101 del TFUE, es necesario determinar si su cuota de mercado supera el 30%. Para ello, el tribunal que elevó esta cuestión ante el TJUE reclamaba que se aclarara cuál era el mercado de referencia. Según el Tribunal de Luxemburgo, dicho mercado es el de proveedores de servicios de intermediación online a los hoteles. De tal forma que parece altamente plausible que Booking represente, efectivamente, más del 30% de dicho mercado, habida cuenta de que es la plataforma hegemónica. Así que no puede llevar a cabo prácticas que tengan como efecto «impedir, restringir o falsear el juego de la competencia», entre las que se encuentra el hecho de «fijar directa o indirectamente los precios de compra o de venta u otras condiciones de transacción».

Es decir, la CNMC ha concluido que la política de paridad de precios en Booking incumplía el artículo 102 del TFUE sobre explotación abusiva de posición dominante al «imponer directa o indirectamente precios de compra, de venta u otras condiciones de transacción», así como artículos análogos de la Ley de Defensa de la Competencia. Mientras que el TJUE ha abierto la puerta a que los tribunales europeos dictaminen si las cláusulas de paridad de precios en Booking menoscababan el artículo 101 del TFUE.

¿Por qué es posible reclamar por los efectos producidos por la paridad de precios en Booking?

¿Cuáles son las posibles consecuencias de estas infracciones del Derecho de la Competencia europeo y español? Los hoteles podrían reclamar indemnizaciones por las cláusulas de paridad de Booking.

Así lo establece la Ley de Defensa de la Competencia en su artículo 72, en el que se dicta que es posible obtener el pleno resarcimiento de los daños sufridos por infracciones del Derecho de la Competencia.

¿En qué pueden consistir las indemnizaciones por la paridad de precios en Booking? El percepto que acabamos de mentar establece que el plano resarcimiento debe consistir en «devolver a la persona que haya sufrido un perjuicio a la situación en la que habría estado de no haberse cometido la infracción del Derecho de la Competencia».

De tal forma que las indemnizaciones deben incluir:

  1. El daño emergente sufrido por los hoteles sometidos a la política de paridad de precios en Booking.
  2. El lucro cesante de los alojamientos que no pudieron establecer precios más bajos por otros canales.
  3. El pago de los intereses.

¿Cuánto se puede reclamar por los daños causados por la paridad de precios en Booking?

Habida cuenta de lo que venimos de describir… ¿A cuánto pueden ascender las indemnizaciones por los daños causados por las cláusulas de paridad de precios en Booking?

Los diversos abogados consultados por la Plataforma de Afectados por Booking puesta en marcha desde LexHoy coinciden en que sería posible reclamar entre un 1% y un 2% de lo facturado a través de la plataforma durante los años en los que un hotel tuvo que cumplir la política de paridad de precios en Booking.

¿Qué implica esto?

  1. Que las indemnizaciones estarán sujetas a la facturación producida por un hotel a través de las reservas realizadas en Booking. En casos de grandes establecimientos hoteleros, las indemnizaciones pueden llegar a ser cuantiosas.
  2. Que el periodo temporal en el que se operó en Booking bajo el mandado de la política de paridad de precios es clave.
  3. Que los hoteles deben recopilar todos los datos sobre su facturación y las reservas que tuvieron a través de Booking durante todos estos años para poder cuantificar la indemnización que van a reclamar y probar que tienen derecho a la misma.

¿Regentas la propiedad o diriges un hotel, un hostal, una casa rural u otra clase de alojamiento? Si tu establecimiento operó en Booking desde antes del 1 de julio de 2024 puedes tener derecho a demandar a Booking por daños y perjuicios y conseguir cuantiosas indemnizaciones que palíen los efectos de la política de paridad de precios en Booking.

La Plataforma de Afectados por Booking trabaja codo con codo con abogados especializados en Derecho de la Competencia para asesorar a los hoteles y ayudarlos a defender sus derechos.

    Paula Couto
    Paula Couto
    Mi área de interés está en la intersección entre el Derecho Penal y la Empresa. En Lex Hoy desgrano las implicaciones de las leyes del código penal para mantener informados a ciudadanos y empresas sobre sus derechos y obligaciones.

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