viernes, 26 diciembre 2025

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¿Es obligatorio acudir a un MASC para solicitar medidas provisionales? ¿Y cautelares?

La Audiencia Provincial de Barcelona ha aclarado que sí se debe acudir a un MASC para solicitar medidas provisionales, pero no sucede lo mismo con las cautelares

La implementación de los MASC en los despachos de abogados y juzgados de nuestro país no está siendo sencilla. Desde la aprobación de la Ley 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, se han sucedido las dudas sobre en qué casos es necesario acudir a un medio adecuado de solución de controversias (MASC) antes de presentar una demanda en el orden civil.

Una de estas dudas giraba en torno a sí es necesario activar un MASC para solicitar medidas provisionales o si, por el contrario, se pueden solicitar sin que se hubiese alcanzado un acuerdo sobre ellas o, por lo menos, se hubiese intentado.

Las medidas provisionales son esenciales en los procesos de divorcio y, sobre todo, cuando el matrimonio tiene hijos en común. De ahí que sea importante aclarar si es obligatorio acudir a un MASC para solicitar medidas provisionales o si, por el contrario, no es necesario.

Pues bien, la Audiencia Provincial de Barcelona emitió hace unos días un acuerdo de unificación de criterios de las secciones de Familia en el que aborda si es preceptivo intentar un MASC para solicitar medidas provisionales y cautelares.

Sí es necesario activar un MASC para solicitar medidas provisionales

Según la AP de Barcelona, como norma general, es necesario haber intentado llegar a un acuerdo a través de un MASC para solicitar medidas provisionales previas.

¿Por qué? La Ley 1/2025 no excluye el deber de acudir a un MASC para solicitar medidas provisionales previas. De hecho, en su artículo 4 se hace referencia directa a la activación de un MASC para negociar las medidas provisionales previas contempladas en los artículos 102 y 103 del Código Civil que hacen referencia a:

  • Los consentimientos y poderes de los cónyuges.
  • El ejercicio de la patria potestad.
  • El uso de la vivienda familiar.
  • La contribución de las cargas del matrimonio.

Por lo tanto, es importante tener en cuenta que se debe haber intentado llegar a un acuerdo a través de un MASC para solicitar medidas provisionales previas en un conflicto del ámbito familiar. De lo contrario, el juzgado inadmitirá la solicitud de medidas provisionales previas.

Esto no quiere decir, por supuesto, que las medidas deban ser sí o sí pactadas. Si las partes negocian de buena fe, pero son incapaces de llegar a un acuerdo, cada parte puede solicitar las medidas que considere oportunas.

Igualmente, también es importante aclarar que, aunque las partes alcancen un acuerdo, las medidas provisionales deben ser homologadas judicialmente, como recoge expresamente el artículo 4 de la Ley 1/2025 al incluir la coletilla «sin perjuicio de la homologación judicial del acuerdo alcanzado».

Se pueden solicitar medidas cautelares sin haber intentado negociar

Si bien es necesario activar un MASC para solicitar medidas provisionales, no ocurre lo mismo en el caso de las medidas cautelares.

El artículo 5 de la Ley 1/2025 establece que no es necesario acudir a un medio adecuado de solución de controversias para «la solicitud de medidas cautelares previas a la demanda».

De ahí que la AP de Barcelona haya acordado que mientras sí es necesario activar un MASC para solicitar medidas provisionales, el intento de negociación no es necesario en el caso de las medidas cautelares.

Si no se activa un MASC para solicitar medidas provisionales, la solicitud será inadmitida

Los tribunales españoles siguen aclarando la normativa sobre los MASC y crecen las demandas para modificar la ley

El acuerdo de las secciones de Familia de la Audiencia Provincial de Barcelona se suma a una larga lista de acuerdos impulsados por múltiples tribunales de toda España, así como a diversas sentencias que han ido acotando el alcance de esta ley.

Así, con anterioridad, los jueces de nuestro país han establecido que:

A todo ello debemos sumar el hecho de que el Congreso de los Diputados aprobó hace unos días una proposición no de ley para instar al Gobierno a modificar la Ley 1/2025 y dejar fuera de la obligación de acudir a un MASC a los procedimientos de familia en los que se vean involucrados menores.

¿Por qué? Al imponer el intento de negociación para pactar cuestiones tan sensibles como el régimen de custodia, la pensión de alimentos o el uso de la vivienda, se está demorando la aprobación de las medidas provisionales, lo que afecta directamente a los niños involucrados.

Conclusiones

En definitiva, a tenor de la redacción actual de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, es necesario haber acudido a un MASC para solicitar medidas provisionales en lo relativo al divorcio y la custodia de los hijos. Si no se cumple este requisito de procedibilidad, la solicitud no podrá ser admitida a trámite por el juzgado en el que se presente.

Por eso, en caso de divorcio y separación es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado especializado en Derecho de Familia que tenga experiencia en la gestión de MASC y se asegure de que, al presentar la demanda o al solicitar medidas provisionales previas, se acredita el intento de haber alcanzado un acuerdo extrajudicial.

La exigencia de negociar extrajudicialmente está ralentizando algunos procesos de Familia extraordinariamente sensibles y donde la rapidez es esencial, sobre todo, a la hora de proteger a los menores involucrados. Sin embargo, mientras no se modifique la Ley 1/2025, como ha exigido el Congreso de los Diputados, es necesario haber activado un MASC tanto a la hora de acordar las medidas provisionales como para interponer una demanda.

Realizar un intento de negociación actuando de buena fe y de acuerdo a lo establecido en la ley es crítico. Los despachos de abogados ya están adaptando sus operativas para garantizarlo.

En nuestro buscador de abogados puedes encontrar a un jurista especializado en Derecho de Familia que te asesore a lo largo de todo el proceso y hasta que el juez emita su sentencia.

    Silvia Pérez
    Silvia Pérez
    Divorcios, custodia de los hijos, herencias, parejas de hecho, hipotecas... En mis artículos abordo las áreas clave del Derecho Civil para informar a los ciudadanos y ayudarles a gestionar con éxito situaciones complejas como una separación o un conflicto sucesorio.

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