viernes, 30 enero 2026

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Carrefour, El Corte Inglés, Repsol… ¿Quién comercializa tarjetas revolving en España?

La proliferación de tarjetas revolving en España no solo se debe a la labor de los bancos, sino también a la de grandes compañías comerciales

Cuando empezó el año, ya predijimos que uno de los focos de atención de la opinión pública iba a estar sobre las tarjetas revolving en 2025. Y los tribunales españoles no nos han hecho esperar. El inicio del año ha estado marcado por varias sentencias del Tribunal Supremo que han abierto la puerta a que miles de consumidores puedan reclamar tarjetas revolving abusivas por falta de transparencia.

Pero… ¿cómo hemos llegado a esta situación? ¿Cómo ha proliferado un producto financiero bastante complejo de entender y que presenta intereses remuneratorios notablemente superiores a los de otros productos de crédito?

Las razones detrás del auge de las tarjetas revolving en España son múltiples. Uno de los motivos más importantes es que permiten devolver los créditos en cuotas con importes muy pequeños, por lo que los consumidores tienen la sensación de que este producto financiero tiene pocos intereses, cuando la realidad demuestra que rondan el 20% de media.

Otra de las razones es que el crédito concedido se regenera de manera mensual, de tal forma que el consumidor siempre tiene liquidez para gastar.

Estos teóricos beneficios acaban tornándose en dos de los elementos clave por los que muchos consumidores acaban atrapados en deudas infinitas que no se consiguen saldar y que generan intereses y comisiones desmedidos.

Hay otra causa detrás de la proliferación de tarjetas revolving en España a la que no se le suele prestar mucha atención: qué entidades las comercializan y dónde lo hacen, porque a diferencia de otros productos como las hipotecas, las tarjetas revolving en España se pueden contratar hasta en un supermercado.

A continuación, vamos a analizar cómo la comercialización de tarjetas revolving en centros comerciales, hipermercados, aeropuertos o estaciones de tren ha fomentado la proliferación de un producto mucho más complejo que una simple tarjeta de crédito.

1. Bancos tradicionales, banca online… y compañías del sector servicios: El ecosistema de actores que comercializan tarjetas revolving en España

Si echamos un ojo al listado de tarjetas revolving que se han ofertado en nuestro país en los últimos años podemos constatar que todas las entidades bancarias han comercializado esta clase de producto y lo siguen haciendo: Santander, CaixaBank, BBVA, Abanca, Unicaja…

Además, también nos encontraremos con entidades financieras no convencionales y que operan a través de medios digitales como WiZink, Cetelem o TF Bank.

Hasta aquí, la comercialización de tarjetas revolving en España se mueve en el terreno de lo esperable para cualquier producto financiero. Sin embargo, en el listado de tarjetas revolving podemos encontrarnos, también, con empresas como Carrefour, El Corte Inglés, Repsol, Ikea, Renfe, Iberia, Cepsa, RACC, Alcampo, Leroy Merlín, Decathlon… Y podríamos seguir enunciando compañías ligadas a sectores diferentes del financiero un buen rato más.

2. ¿Cómo ofertan compañías ajenas al sector bancario sus propias tarjetas revolving en España?: Acuerdos con otras entidades y financieras propias

¿Cuál ha sido la relación de las empresas del sector servicios (gasolineras, compañías de viaje, grandes comercios) con la comercialización de tarjetas revolving en España? Hay dos grandes vías:

  • La mayoría de las compañías se limitan a comercializar las tarjetas revolving, pero el contrato se formaliza con entidades financieras. Por ejemplo, la tarjeta Repsol Más Visa se puede contratar con CaixaBank o con BBVA.
  • Sin embargo, también hay casos en los que compañías del sector servicios deciden lanzar su propia financiera y gestionar las revolving desde dicha filial. Dos de los casos más representativos en este sentido son los de El Corte Inglés (Financiera El Corte Inglés) y Carrefour (Servicios Financieros Carrefour).
Las tarjetas revolving en España han causado grandes problemas a miles de consumidores

3. Incrementar las ventas, fidelizar a los clientes y obtener jugosos beneficios

¿Por qué compañías no vinculadas al sector financiero han comercializado o lo siguen haciendo tarjetas revolving en España? Generalmente, estas tarjetas van vinculadas a beneficios para los clientes al comprar en las empresas. Por ejemplo, se premian los viajes, repostajes o compras con puntos y descuentos. De esta forma, las compañías logran:

  1. Fidelizar a los clientes, ya que la acumulación de puntos y descuentos los empuja a comprar en ellas.
  2. Incrementar sus ventas.

Además, evidentemente, existen ganancias económicas directas ligadas a la comercialización de tarjetas revolving en España. Así, cabe suponer que las compañías que tienen acuerdos con entidades financieras para comercializarlas reciben algún tipo de compensación económica por conseguirles clientes a las financieras.

En el caso de las empresas que cuentan con sus propias financieras la obtención de beneficios resulta más nítida. Puesto que las revolving están sometidas a elevados intereses. Según las tablas del Banco de España sobre tarjetas revolving, en diciembre de 2024 los intereses promedios del mercado de esta clase de producto se situaban en un TEDR del 18,54%. Habida cuenta de que el TEDR es igual a la TAE pero sin tener en cuenta las comisiones, la realidad es que la TAE promedia de las revolving es más elevada aún y ronda el 20%.

Estas cifras dan buena muestra de lo interesante que resulta el negocio de las revolving en España para un amplio abanico de empresas.

4. Una vía para poder comprar y pagar en cómodos plazos

¿Y qué pasa con los consumidores? ¿Cuáles son los beneficios de los créditos de modalidad de pago revolving para ellos? Las dos principales ventajas son:

  1. Las revolving ofrecen una línea de crédito inmediato a los consumidores que, además, se regenera todos los meses. De tal forma que pueden realizar compras aunque no dispongan del dinero para hacerlo.
  2. La forma de pago del crédito es en pequeñísimos plazos, por ejemplo, 50 euros al mes. De tal forma que los consumidores no temen que, a final del mes:
    • Se les cargue en sus tarjetas de crédito todo lo que han gastado, como sucede en otras modalidades de pago de créditos también comercializados por compañías del sector comercial.
    • Tengan que hacer frente a cuotas elevadas, como las de las hipotecas.

Así, la comercialización de tarjetas revolving en España a través de multinacionales conocidas por toda la sociedad y con una fuerte implementación en nuestro país ha extendido la adquisición de esta clase de producto y, en muchos casos, sin que el consumidor tuviese muy claro qué estaba contratando.

5. De cliente asiduo a deudor cautivo: El consumidor no sabe dónde se mete

Que el crédito disponible se regenere y que el abono de la deuda se lleve a cabo en cuotas de muy bajo importe puede acabar provocando que el consumidor acabe atrapado en una deuda que jamás se termina de pagar, mientras que los intereses se van acumulando y, al final, acaba pagando más en concepto de intereses y comisiones que por el crédito del que hizo uso.

A esta situación se le denomina efecto bola de nieve o deudor cautivo.

¿Son conscientes los consumidores de que pueden acabar atrapados en estas situaciones de endeudamiento permanente? Aquí radica el quid de la cuestión.

Recientemente, el Tribunal Supremo ha fijado su jurisprudencia sobre el análisis que deben realizar los juzgados españoles de la información proporcionada a los consumidores antes de contratar revolving.

Así, el TS ha fijado, de acuerdo a la normativa sobre créditos y protección de los consumidores que rige en nuestro país, requisitos severos que se deben cumplir para asegurar que un consumidor entiende cómo funciona una revolving y cuáles son sus riesgos antes de contratarla.

Los abogados especializados en Derecho Bancario sostienen que esta doctrina que implica un control de transparencia severo puede dar pie a que la cláusula que fija los intereses de esta clase de productos sea abusiva por falta de transparencia en numerosos casos.

Además, los dictámenes del Alto Tribunal ponen el foco, precisamente, en las tarjetas revolving en España que se han comercializado con la participación de compañías ajenas al sector financiero o mediante financieras de empresas del ámbito comercial.

Algunas de las grandes compañías del sector servicios han entrado de lleno en el ámbito financiero

6. La venta de tarjetas revolving en España en lugares ajenos a los bancos… ¿se debe tener en cuenta al determinar si un producto es abusivo?

Así, una de las trascendentales sentencias del Tribunal Supremo declaró la falta de transparencia de una tarjeta revolving de Oney, una compañía que entabló acuerdos con empresas como Alcampo o Decathlon.

Dicha sentencia hace hincapié cuestiones que se deben tener en cuenta para determinar si la empresa con la que se contrató una revolving actuó de buena fe o tenía la intención de ser opaca:

  • La incitación por parte de los profesionales a cargo de la comercialización de tarjetas de crédito para que se optara por la modalidad revolving.
  • La comercialización de las tarjetas revolving en España en lugares «fuera de establecimientos financieros» como centros comerciales, aeropuertos, estaciones de tren, hipermercados, etc.
  • Uso de denominaciones a la hora de comercializar las tarjetas que ocultan los riesgos «e incitan a su contratación» y emplean argumentos de venta como «cuota fácil».
  • Establecimiento de previsiones contractuales en las que, por defecto, el consumidor opta por la modalidad revolving y el abono de cuotas de bajo importe, prolongándose así el plazo de amortización y la generación de intereses.

Esta sentencia evidencia que los juzgados deben prestar especial atención a los procesos de comercialización realizados fuera de establecimientos financieros.

En definitiva, la comercialización de tarjetas revolving en España a través de empresas con miles de clientes ha sido fundamental para la propagación de este producto financiero.

Las últimas sentencias del Tribunal Supremo ponen el foco en los problemas de transparencia ligados a la contratación de tarjetas revolving en España espacios como centros comerciales, hipermercados o gasolineras.

Los consumidores que hayan contratado tarjetas revolving en España y estén atrapados en deudas infinitas porque no entendieron el producto que estaban adquiriendo, deben buscar el asesoramiento de juristas especializados en Derecho Bancario para que analicen su caso y determinen si es posible reclamar para recuperar los intereses pagados por una cláusula contractual poco transparente y abusiva.

    Sergio Ribas
    Sergio Ribas
    Estoy especializado en información económica y en productos financieros. En LexHoy me encargo de cubrir los cambios normativos y las novedades jurídicas que afectan al sector financiero y a los consumidores.

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