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Las grandes empresas deben tener planes de movilidad sostenible antes del 5 de diciembre de 2025, por lo que deben comenzar a elaborarlo cuanto antes
El conflicto en Oriente Medio, el ataque a instalaciones energéticas y el cierre del estrecho de Ormuz evidencian, una vez más, que la dependencia de combustibles fósiles puede ser peligrosa y, en situaciones de crisis, provocar una escalada inflacionaria en toda nuestra economía.
Por eso, dentro del RD-ley 7/2026, que incluye una batería de medidas para hacer frente a las consecuencias de la guerra, se ha introducido una modificación del plazo en el que muchas empresas deben tener planes de movilidad sostenible.
¿Qué son los planes de movilidad sostenible en las empresas? Planes estratégicos que deben elaborar las compañías y administraciones públicas que tengan centros de trabajo conformados por más de 200 profesionales o 100 empleados por turno. En estos planes se deben poner en marcha medidas para incentivar la movilidad sostenible de los trabajadores.
¿De qué tipo de medidas hablamos? Instalar puestos de recarga de coches eléctricos, fomentar el uso del transporte público y de medios de transporte compartidos, etc.
Hasta la aprobación del RD-ley 7/2026, el plazo para aprobar este plan se extendía hasta finales de 2027. Sin embargo, la norma establece ahora que las empresas deben tener planes de movilidad sostenible antes del 5 de diciembre de 2026.
A continuación, vamos a aclarar por qué las empresas deben tener planes de movilidad sostenible antes de que termine este año y qué deben tener en cuenta las compañías para aprobarlos.
Por qué las empresas deben tener planes de movilidad sostenible este año
Originalmente, la Ley de Movilidad Sostenible fijaba un plazo de dos años desde su entrada en vigor para que las compañías implementasen este plan. Habida cuenta de que la norma entró en vigor el 5 de diciembre de 2025, el plazo finalizaba el 5 de diciembre de 2027.
Sin embargo, en el RD-ley 7/2026 se ha adelantado este plazo. ¿Por qué? En la exposición de motivos de la norma, se apunta que el aumento del coste energético como consecuencia de la Guerra de Irán, «va a suponer un incremento en los costes de la movilidad a los que deben hacer frente las personas trabajadoras».
Para combatir este aumento de los costes de la movilidad, se ha decido que las empresas deben tener planes de movilidad sostenible este año. Puesto que estos planes son «verdaderos instrumentos de planificación de la movilidad», que deben incluir medidas para:
- Impulsar la movilidad activa, el transporte colectivo, el uso de medios de transporte de bajas emisiones o la movilidad compartida.
- Implementar el teletrabajo cuando sea posible.
De tal forma que los planes de movilidad sostenible en las empresas sirvan para «minimizar los impactos en materia de energía tanto para las empresas como para las personas trabajadoras».
Así, al adelantar en un año el plazo en el que las empresas deben tener planes de movilidad sostenible no solo se busca acelerar la transición hacia un sistema productivo más sostenible, objetivo principal de la ley; sino que se busca, también, que estos instrumentos permitan a empresas y trabajadores reducir el impacto del aumento de los precios de la energía.
Cómo deben ser los planes de movilidad sostenible
La ley no establece las medidas exactas que se deben incluir en los planes de movilidad sostenible. Sin embargo sí fija un catálogo de medidas que se pueden implementar a través de estos instrumentos:
- Impulso de la movilidad activa, compartida o colaborativa.
- Transporte colectivo.
- Fomento de la movilidad de bajas emisiones y sistemas de recarga de vehículos eléctricos.
- Teletrabajo cuando sea posible.
- Vales de transporte para los trabajadores.
Además, es necesario incluir medidas sobre mejora de la seguridad vial y prevención de accidentes, fomentando la formación de los trabajadores en estas áreas.
Igualmente, la norma señala que al elaborar un plan de movilidad se deben tener en cuenta el plan de movilidad sostenible del ayuntamiento donde se encuentre el centro de trabajo y otros instrumentos de movilidad aprobados por las administraciones públicas.

De qué forma se deben aprobar los planes de movilidad sostenible
Las empresas deben tener planes de movilidad sostenible antes del 5 de diciembre de 2026 y no pueden aprobarlos unilateralmente. La ley exige que las compañías negocien estos instrumentos con los representantes legales de los trabajadores. Si bien, no se establecen plazos de negociación, ni se regula la misma. Por lo que es previsible que el Gobierno apruebe en los próximos meses un reglamento que especifique cómo se debe realizar la negociación entre la empresa y los sindicatos presentes en la misma.
¿Qué sucede si no hay representantes legales de los trabajadores en una empresa? Se debe crear una comisión negociadora en la que haya representantes de la compañía y de los trabajadores. La representación de los trabajadores estará constituida por los sindicatos más representativos y por las organizaciones sindicales mayoritarias del sector económico de la empresa y que estén legitimadas para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación.
¿Qué pasa con las sociedades cooperativas? En este caso, el plan de movilidad sostenible debe ser aprobado por su consejo rector.
Por lo tanto, habida cuenta de que muchas empresas deben tener planes de movilidad sostenible en 2026, es fundamental que se comience el diseño de estos instrumentos para poder negociarlos con los sindicatos y llegar a un acuerdo con ellos.
Las empresas deben tener planes de movilidad sostenible en 2026 si no quieren perder ayudas públicas
El RD-ley 7/2026 no solo ha fijado que las empresas deben tener planes de movilidad sostenible antes de que finalice 2026, sino que, además, ha incluido una consecuencia de que no cumplan con esta obligación legal.
¿De qué consecuencia hablamos? Las empresas obligadas a implementar esta clase de instrumento que no lo hagan antes del 5 de diciembre de 2026 y sean beneficiarias de ayudas directas para contener los efectos de la guerra, estarán obligadas a reintegrarlas.
Es decir, si una compañía está obligada a aprobar un plan de movilidad sostenible y no lo hace, tendrá que devolver íntegramente las ayudas que haya recibido dentro del plan para paliar las consecuencias del conflicto en Oriente Medio.
De ahí que sea crítico para las empresas cumplir con esta obligación legal dentro de plaza. De lo contrario, se exponen a tener que reintegrar cuantiosas ayudas públicas con las consecuencias económicas que ello conllevaría.
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Fuentes legales
- Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible.
- Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.

