Te resumimos el caso Arbistar
El caso Arbistar se ha saldado con la condena a cárcel de los fundadores de la organización y el derecho de miles de personas a reclamar indemnizaciones
Hay historias que lo tienen todo y que son tan increíbles que solo pueden ser verdad. El caso Arbistar, el mayor fraude con criptomonedas que ha ocurrido en nuestro país hasta el momento es una de estas historias dignas de ser contadas en una serie, como hizo recientemente El dinero de otros con las operaciones cum-ex.
Pues bien, esta historia vivió un episodio clave hace unos días, cuando la Audiencia Nacional emitió la sentencia del caso Arbistar, mediante la que se condenó dos fundadores de la compañía de inversión en criptomonedas a 8 y 6 años de cárcel.
Si bien, la AN decidió absolver a otros cuatro acusados y descartar uno de los delitos clave: el de organización criminal.
A continuación, respondemos a todas las preguntas clave sobre el caso Arbistar.
¿Qué era Arbistar?
Arbistar era, por un lado, un entramado societario compuesto por hasta siete sociedades, siendo la matriz Arbistar 2.0 S.L. Y, por otro, Arbistar era una plataforma de inversión en criptomonedas a la que se accedía a través de arbistar.com, web que ha sido clausurada permanentemente por la Audiencia Nacional.
Entre la primavera de 2019 y el otoño de 2020, Arbistar captó a miles de inversores ofreciéndoles diversos productos para que invirtieran en criptomonedas entre los que se encontraba el Community Bot.
¿Qué era (y qué no) el Community Bot?
En teoría, el Community Bot de Arbistar era una herramienta realizaba un arbitraje automático de criptomonedas, de tal forma que los inversores no tenían que preocuparse en realizar ninguna operación con sus criptoactivos para maximizar sus beneficios.
Para ello, los inversores tenían que depositar bitcoins en la billetera de Arbistar. La cifra mínima de inversión era de 0,1 BTC y la máxima de 5 BTC.
Durante 60 días, los clientes no podían disponer de sus bitcoins ni solicitar su devolución.
El ciclo del Community Bot era semanal. De tal forma que los sábados la empresa entregaba las ganancias obtenidas en bitcoins gracias a las operaciones de arbitraje. De las mismas, al inversor le correspondían un 70% y a la empresa un 30%.
Sin embargo, como concluye la sentencia de la AN, el Community Bot «carecía de operatividad». Es decir, no existía ningún bot que automatizase las operaciones de arbitraje, de tal forma que las ganancias supuestamente obtenidas tampoco eran reales. De hecho, en la sentencia se apunta que:
En relación a los supuestos intercambios de criptomonedas realizados por el «Community Bot» para la obtención de beneficios de sus inversores, no se encuentran indicios que apunten a ello en la operativa de criptomonedas de Arbistar (…) ya que no se detectan pagos masivos a exchanges que pudieran resultar de supuestos intercambios para la obtención de beneficios.
Es decir, que el caso Arbistar fue un gran fraude para captar ilegítimamente bitcoins de miles de inversores ofreciéndoles ganancias irreales.
De hecho, su funcionamiento es similar a una estafa piramidal clásica: las supuestas ganancias generadas por el Community Bot se financiaban gracias a los bitcoins depositados por los nuevos inversores captados. El problema es que este sistema fraudulento tarde o temprano termina por quebrar.
¿Cómo consiguió la organización captar a miles de inversores en criptomonedas?
Como consta en la sentencia, Arbistar llevó a cabo una agresiva campaña de marketing para promocionarse y captar inversiones minoristas «en presentaciones y eventos públicos celebrados en diferentes hoteles o salas de congresos» celebrados por toda España y retransmitidos a través de Youtube.
Además, desde enero de 2019 hasta julio de 2020 se publicó en Youtube un programa denominado «La llamada de éxito» en que se promocionaban los supuestos servicios de inversión en criptomonedas de Arbistar.
En todos sus actos y comunicaciones, los responsables de Arbistar ponían el foco en que con el Community Bot no se podía perder dinero y que se garantizaba la obtención de elevados intereses.
Gracias a todo ello lograron captar a casi 100.000 inversores en criptomonedas que llegaron a estar registrados como depositantes dentro del sistema del Community Bot.

¿Cómo estalló el caso Arbistar?
En agosto de 2020, varios inversores solicitaron que se les devolvieran sus bitcoins depositados en el Community Bot. Sin embargo, Arbistar dejó de realizar las devoluciones de las criptos y de las supuestas ganancias conseguidas. La compañía adujo que se habían producido errores a la hora de calcular los beneficios que se debían entregar a los clientes.
En septiembre, los responsables de Arbistar intentan disipar los temores de los inversores a través de los programas de Youtube. Sin embargo, la noticia ya ha saltado a los medios de comunicación y las sospechas de estafa aumentan.
A ello se sumó el hecho de que el 5 de octubre, la CNMV lanzó una advertencia al público sobre Arbistar, alertando de que la compañía no estaba autorizada para prestar servicios de inversión.
Finalmente, la compañía anunció el cierre del Community Bot ofreciendo a los inversores continuar siendo clientes mediante el servicio Club Arbistar o dos alternativas para recuperar sus activos digitales. Una de ellas, consistía en cobrar solo los bitcoins aportados sin incluir las supuestas ganancias a cobrar en 6 pagos mensuales. La otra, en el «cobro de la contribución activa, con el balance actual de la cuenta menos el 28% del descuadre del sistema, percibiendo el 50% en Bitcoin en 12 pagos mensuales y el 50% en contraprestación con productos en el Club Arbistar y compra de Bots».
Por supuesto, tras el impago a los clientes que habían contratado el Community Bot, «se produjo también el impago del Club Arbistar».
¿Cuántas personas hay afectadas por el caso Arbistar?
Según la sentencia de la AN sobre el caso Arbistar, los inversores que no pudieron recuperar sus criptomonedas ascienden a unos 32.000.
De estos 32.000 inversores, más de 9.000 estaban personados en el caso juzgado por la Audiencia Nacional y, por lo tanto, en la sentencia ya se les ha reconocido el derecho a una indemnización a expensas de los bienes incautados a los condenados.
¿A quién ha condenado la Audiencia Nacional y a quién no?
La sentencia de la AN sobre el caso Arbistar ha generado insatisfacción entre los abogados de los inversores personados en la causa y la fiscalía. ¿Por qué? De los seis acusados, cuatro han sido absueltos.
El tribunal ha defendido que no se ha podido constatar que los absueltos o bien formaran parte de la gestión del Community Bot, o bien conocieran el destino de los bitcoins entregados por los inversores a la compañía. Por lo que no es posible condenarlos por el delito de estafa continuada como a los dos fundadores de la organización.
Al absolver a cuatro de los acusados y condenar solo a dos, se cayó el delito de organización criminal. ¿Por qué? De acuerdo a nuestro código civil, una organización criminal es una agrupación que:
- Está formada por más de dos personas.
- Tiene un carácter estable en el tiempo.
- Establece un reparto de las tareas y funciones para cometer delitos.
Si solo se considera acreditada la participación en la estafa de dos fundadores, no es posible condenarlos por el delito de organización criminal.
¿Cuáles son las condenas del caso Arbistar?
La Audiencia Nacional decidió condenar a Santiago Fuentes y Diego Fernández, fundadores de Arbistar, por un delito de estafa continuada a 6 años de prisión. Sin embargo, se rechazó condenarlos por el tipo agravado de la estafa, ya que cada estafa por sí sola no superó el umbral de los 50.000€. Puesto que se estableció un límite de 5 BTC de inversión y en el momento de depositar las criptos en las billeteras de Arbistar, el valor del Bitcoin no superaba los 10.000€.
Además, uno de los dos fundadores también fue condenado por un delito de falsedad en documento privado, ya que a través de los contratos del Community Bot se simulaba «una relación jurídica absolutamente ficticia, que carecía totalmente de virtualidad al no ser operativo el Community Bot mediante el que se comprometían los representantes de Arbistar a canalizar las inversiones en BTC». La pena por este delito quedó fijada en 2 años de cárcel.
¿Deben los condenados indemnizar a las víctimas?
Sí, la sentencia de la AN establece que los afectados por Arbistar que figuran en el listado aportado por la Fiscalía (9.494 personas) tienen derecho a que se les indemnice en concepto de responsabilidad civil.
Del pago de las indemnizaciones no responden solo los dos condenados, sino que subsidiariamente también deben responder todas las sociedades del entramado creado: Arbistar 2.0 S.L., Arbistar Community Group S.A., Arbistar Inversiones S.A., Promotora Arbistar S.L., Arbicredit S.A., Fundación Arbistar 2.0. y Arbiservices.
¿Pueden el resto de víctimas del caso Arbistar reclamar una indemnización?
Sí, el fallo judicial reconoce el derecho de todos los posibles afectados a reclamar una indemnización por la estafa de Arbistar. Así, el tribunal recuerda, expresamente, que «se reserva el ejercicio de la acción civil derivada de estos hechos al resto de las personas que han resultado perjudicadas».
Por lo que es posible acudir a la jurisdicción civil para reclamar el abono de una indemnización por las criptomonedas perdidas en esta estafa.
¿A cuánto debe ascender la indemnización por la estafa de Arbistar?
La sentencia del caso Arbistar fija las bases para calcular las indemnizaciones de los afectados:
- Debe partirse de los bitcoins entregados por cada persona perjudicada, deduciendo de esta cifra el importe en BTC que el afectado hubiera recibido.
- Cada afectado debe ser indemnizado por el valor de los BTC que entregó a Arbistar, tras deducir los que hubiera recuperado.
- Para calcular el valor de los BTC hay que tener en cuenta la cotización media de la cripto cuando se emitió la sentencia y no el valor que tenían cuando se entregaron. Esta cuestión es crítica porque en octubre de 2019 un bitcoin valía menos de 8.000€ y el 16 de septiembre de 2025, día en que la AN emitió su fallo, su valor era de más de 98.000€. Estamos hablando, por lo tanto, de cantidades muy notables.
- Además, deberán abonarse los intereses legales contados a partir de la sentencia.
¿Qué quiere decir esto? Que los afectados del caso Arbistar tienen derecho a reclamar indemnizaciones que pueden llegar a ascender al medio millón de euros. ¿Cuál será la principal traba? Que se consigan recuperar todos las criptos sustraídas y demás bienes de los condenados y las sociedades que también son responsables subsidiariamente. En esta labor serán críticos todos los avances realizados en materia de investigación forense de criptomonedas.
En definitiva, las 32.000 personas afectadas por el caso Arbistar tienen derecho a que se les indemnice por las bitcoins que perdieron en la mayor estafa con criptomonedas que se ha producido en nuestro país.
Por eso, es fundamental que todos los perjudicados en el caso Arbistar busquen el asesoramiento de abogados especializados en criptoactivos y responsabilidad civil. En Lex Hoy colaboramos con juristas que tienen un amplio conocimiento de esta materia y pueden asesorarte y dirigir tu caso para conseguir que se te repare el daño causado.

