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Una reciente sentencia del TS refuerza el derecho de empresas y profesionales a reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social
Las cuotas a la Seguridad Social que tienen que abonar las empresas por sus trabajadores o que tienen que sufragar los profesionales autónomos suponen uno de los costes fijos más importantes de los negocios. Por eso, es fundamental no pagar cuotas más elevadas de las correspondientes. Sin embargo, a veces se producen errores al calcular las cuotas. Lo que puede conllevar que un negocio pague de más por sus cotizaciones sociales.
¿Es posible reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social? Sí. Tanto en la vía administrativa como en la judicial.
Además, el Tribunal Supremo emitió recientemente una sentencia (STS 5963/2025) que amplía la posibilidad de reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social en una segunda instancia judicial, si la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo rechaza las pretensiones del negocio.
A continuación, te vamos a explicar todo lo que debes tener en cuenta a la hora de reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social.
Por qué se puede haber pagado cuotas sociales en exceso
El abono de las cuotas sociales es una tarea crítica para cualquier negocio, pero en la que no es inusual que se cometan errores. ¿De qué fallos estamos hablando? Errores al calcular la cotización social de cada profesional, cambios en las bases de cotización, problemas al realizar el encuadramiento de los trabajadores, lectura errónea del convenio colectivo, aplicación fallida de los tipos de cotización…
Además, debemos tener en cuenta dos incidencias habituales en el caso de los autónomos: el pago de cuotas sociales excesivas en caso de pluriactividad y errores al abonar el mes completo del RETA cuando el alta o la baja se produce a mitad de mes.
Por ello, la Seguridad Social permite solicitar la devolución de ingresos indebidos.
La vía administrativa para reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social
Una vez que se ha detectado el error cometido en la cotización y la existencia de pagos más elevados de lo debido, es fundamental recopilar las pruebas que permitan acreditar los hechos alegados.
Acto seguido, se debe presentar ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) una solicitud de devolución de ingresos indebidos.
En dicha solicitud es fundamental detallar el error cometido, indicar el periodo temporal durante el que se cometió el fallo y el importe total que se reclama.
Si la TGSS rechaza la solicitud de devolución de ingresos indebidos, se debe interponer un recurso de alzada.
La vía judicial para reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social
¿Qué sucede si no se tiene éxito al reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social por la vía administrativa? Como ya señalamos al inicio, es posible acudir al juzgado.
Así, se puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado pertinente. Hasta ahora, este recurso era el último paso que podían dar las empresas y los autónomos para reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social.

En qué casos es posible acudir a la segunda instancia para reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social
Lo que venimos de apuntar ha cambiado radicalmente tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo. ¿Por qué? Tanto la Seguridad Social como muchos Juzgados de lo Contencioso-administrativos habían interpretado de una forma restrictiva el artículo 81.1 a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Este precepto establece que las sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo son «susceptibles de recurso de apelación», con una excepción muy importante: «aquellos cuya cuantía no exceda de 30.000 euros».
¿Cómo afectaba hasta ahora este artículo a la posibilidad de reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social en una segunda instancia judicial? Cada cuota pagada de forma errónea debía considerarse de manera individualizada. Lo que provocaba en la práctica que prácticamente en ningún caso se pudiesen reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social tras la sentencia desfavorable del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
Sin embargo, muchos abogados especializados en Derecho Administrativo y reclamaciones ante la Seguridad Social sostenían que la cifra de 30.000 euros debería aplicársele al conjunto de devoluciones solicitadas por un mismo error.
O lo que es lo mismo, para determinar si se alcanza el umbra de los 30.000 euros para continuar litigando, no se debe tener en cuenta la cuota mal calculada de un trabajador, sino todas las cuotas pagadas de manera excesiva por todos los trabajadores durante el tiempo en que se incurrió en el error.
Pues bien, como ya apuntamos antes, el Tribunal Supremo ha validado esta interpretación de la ley. Así, el TS ha concluido que:
La cuantía que ha de tomarse en consideración cuando el objeto del pleito consista en la devolución de ingresos indebidos por error en el encuadramiento a efectos de cotización de cuotas de la Seguridad Social, se determina, de conformidad con la regla general prevista en el artículo 41.1 de la Ley de la Jurisdicción, por el valor económico total de la pretensión ejercitada que sea consecuencia del mismo presupuesto (el mismo error), sin atender a cada periodo de liquidación de cuotas.
Por lo tanto, si al reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social por un mismo error la suma de las cantidades ingresadas indebidamente supera los 30.000€ sí es posible interponer un recurso de apelación contra una sentencia desfavorable.
El plazo para reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social
Al reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social es crítico tener en cuenta el plazo de prescripción de los ingresos indebidos a la Seguridad Social.
Dicho plazo es de 4 años desde el momento en que se realizó el ingreso indebido. Por lo tanto, no es posible reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social desde que pasen 4 años de su pago.
En definitiva, los errores al calcular y abonar las cuotas de la Seguridad Social son bastante comunes. De ahí que las empresas que los cometan no deban resignarse a perder lo que ingresaron de más a la Seguridad Social.
En Lex Hoy te informamos sobre reclamaciones por ingresos indebidos de las empresas o por atrasos en el complemento de maternidad de los pensionistas, de cara a que puedas:
- Cotizar de forma adecuada por tus trabajadores sin pagar de más por las cotizaciones sociales.
- Cumplir con tus obligaciones de cotización sin cometer errores y ajustándote a la legalidad.
- Reclamar cuotas pagadas de más a la Seguridad Social con éxito.

