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El 9 de octubre entra en vigor la obligación de que los bancos procedan a comprobar el destinatario de una transferencia para evitar errores y fraudes
En los últimos años, ciudadanos y empresas hemos asistido atónitos a la proliferación de múltiples clases de ciberestafas que tienen como objetivo principal robarnos nuestro dinero. ¿Cómo? O accediendo ilegítimamente a nuestras cuentas bancarias online o consiguiendo que realicemos pagos fraudulentos creyendo que son perfectamente legítimos.
Para ponerle coto a la segunda vía, la Unión Europea aprobó que los bancos deban comprobar el destinatario de una transferencia para cotejar que el nombre que figura en la orden de pago es, también, el nombre del propietario de la cuenta bancaria en la que se va a ingresar.
¿Desde cuándo será obligatorio comprobar el destinatario de una transferencia? Desde el 9 de octubre de 2025. Así lo establece el Reglamento (UE) 2024/886 sobre transferencias inmediatas en su artículo 5 quater.
El deber de comprobar el destinatario de una transferencia para limitar las operaciones fraudulentas se suma a la trascendental sentencia que dictó el Tribunal Supremo en primavera sobre una devolución por SIM swapping que abrió las puertas a que miles de víctimas puedan reclamar un fraude bancario a sus bancos porque estos no implementaron las medidas suficientes para evitar el éxito de la ciberestafa.
Así, tanto el marco normativo como la jurisprudencia son cada vez más rigurosos y buscan salvaguardar los intereses de los ciudadanos y las empresas imponiendo a las entidades financieras la puesta en marcha de mecanismos de protección más robustos y eficaces.
A continuación, vamos a desgranar todas las claves sobre la obligatoriedad para las compañías de servicios de pago de comprobar el destinatario de una transferencia antes de enviarla.
Cómo funciona el servicio de garantía de la verificación del beneficiario
Para comprobar el destinatario de una transferencia, los bancos deben prestar a sus cliente que deseen hacer un envío de dinero un servicio de garantía de la verificación del beneficiario que consiste en:
- Comprobar el destinatario de una transferencia inmediatamente después de que el cliente facilite los datos del destinatario.
- Este servicio se debe prestar antes de que el cliente pueda autorizar la transferencia.
- El cliente debe insertar en la orden de pago el nombre del destinatario y el IBAN de la cuenta.
- El proveedor de servicios de pago de la persona o empresa que quiere hacer la transferencia solicitará al proveedor del destinatario que verifique si el nombre del beneficiario de la cuenta coincide con el nombre aportado por el ciudadano o negocio que quiere hacer la transferencia.
- Si no coincide, la entidad financiera informará a su cliente de que realizar la transferencia puede conllevar enviarle dinero a la persona errónea.
- Si coincide o lo hace de forma prácticamente exacta, se notificará al cliente el nombre del beneficiario asociado al IBAN que proporcionó.
Cómo se va a comprobar el destinatario de una transferencia si la cuenta tiene varios beneficiarios
La operativa que vinimos de describir gira en torno a la posibilidad de comprobar el destinatario de una transferencia, pero ¿qué pasa cuando la cuenta a donde se envía el dinero tiene varios beneficiarios?
El reglamento europeo establece que:
- La persona que desea hacer la transferencia puede facilitar a su entidad financiera información adicional para realizar la «identificación inequívoca del beneficiario».
- El proveedor de servicios de pago del beneficiario de la transferencia debe confirmar si, efectivamente, el destinatario de la transferencia se encuentra entre los titulares de la cuenta.
- Si el destinatario de la transferencia no se encuentra entre los titulares de la cuenta, la entidad financiera tiene que informar a su cliente antes de que este pueda realizar la transferencia.
Qué pasa en los casos en los que no se proporciona el IBAN del destinatario de la transferencia
En algunos casos se permite a los consumidores y a las empresas realizar pagos sin tener que proporcionar el IBAN ni el nombre del beneficiario de la transferencia. En estos escenarios, las entidades financieras están obligadas a:
- Velar por la «correcta identificación del beneficiario al que el ordenante tenga la intención de enviar una transferencia».
- Informar al ordenante de la transferencia sobre la identificación del beneficiario para que «pueda validar al beneficiario antes de autorizar la transferencia».

Paypal o Amazon Pay también tienen que comprobar el destinatario de una transferencia
En línea con lo anterior, el reglamento también estipula, en torno a la obligación de comprobar el destinatario de una transferencia, que los proveedores de servicios de iniciación de pagos, como Paypal, Amazon Pay o Shopify Payments que son los encargados de facilitar el identificador de la cuenta del destinatario, deben garantizar que «la información relativa al beneficiario sea correcta».
Es decir, el reglamento no solo obliga a comprobar el destinatario de una transferencia cuando un consumidor o una empresa facilitan su IBAN y su nombre, sino que también obliga a las compañías de servicios de pagos online a comprobar de forma autónoma la identidad de los destinatarios de las transferencias en los casos en que los consumidores no tienen dicha información.
Esto es de gran relevancia si tenemos en cuenta que Paypal y el resto de servicios de pago se emplean en ecommerce para facilitar la compra de productos o servicios y ofrecer garantías a los negocios de que van a recibir las transferencias de sus clientes. En un contexto en el que las compras online van en aumento, es fundamental proteger esta clase de transferencias.
Además, el reglamento también establece que los proveedores de servicios de iniciación de pagos deben tener «procedimientos internos sólidos para garantizar que la información relativa a los beneficiarios sea correcta».
Las empresas pueden decidir que las entidades financieras no les presten el servicio de garantía de la verificación del beneficiario
Además de comprobar el destinatario de una transferencia, las entidades financieras deben garantizar que este servicio presente un rendimiento óptimo y no impida «a los ordenantes autorizar la transferencia de que se trate».
A pesar de ello, las empresas pueden optar por no recibir este servicio de garantía de la verificación del beneficiario de una transferencia cuando cursan «múltiples órdenes de pago de forma agrupada». No así los consumidores, que no pueden optar por que el servicio no se ejecute. Eso sí las empresas pueden optar por activar el servicio en cualquier momento.
Los bancos deben informar a los clientes sobre las consecuencias de no enviar transferencias a destinatarios no cotejados
Si tras comprobar el destinatario de una transferencia, la entidad financiera no es capaz de verificar su identidad, debe informar al cliente de que:
- Autorizar la transferencia podría conllevar que se envíe dinero a una cuenta bancaria de la que no sea titular el legítimo destinatario de la transferencia.
- No hacer caso al aviso y realizar igualmente la transferencia afecta directamente a la responsabilidad de la entidad financiera y al derecho de reembolso del consumidor o la empresa.

La responsabilidad de los proveedores de servicios de pago por transferencias defectuosas
El reglamento establece que las compañías de servicios de pagos no son responsables por la ejecución de transferencias a destinatarios no intencionados si los ordenantes indicaron un IBAN incorrecto.
En cambio, si una entidad financiera no procede a comprobar el destinatario de una transferencia y ello provoca que la operación de pago se ejecute de forma defectuosa, debe:
- Reembolsar sin demora al consumidor o empresa el importe transferido.
- Cuando procesa, restablecer el saldo de la cuenta de pago en que se efectuó la transferencia, como si la operación no hubiese tenido lugar.
Si el incumplimiento a la hora de comprobar el destinatario de una transferencia tiene su origen en el proveedor del destinatario del pago, la entidad financiera del consumidor que realizó la transferencia puede exigir que se le compense por el perjuicio financiero causado.
Habida cuenta de que la obligación de comprobar el destinatario de una transferencia entra en vigor el 9 de octubre de 2025, las compañías financieras deben tener adaptadas sus operativas internas y sus mecanismos de notificación para cumplir con la normativa europea.
Aunque existe una excepción: para los proveedores de servicios de pago que estén situados en estados de la UE donde el euro no es la moneda oficial, no será obligatorio comprobar el destinatario de una transferencia hasta el 9 de julio de 2027.
Cómo actuar si has sido víctima de un fraude para reclamar el dinero que has perdido
Como hemos ido apuntando a lo largo de este artículo, el objetivo de obligar a los bancos y otras compañías que prestan servicios de pagos a comprobar el destinatario de una transferencia es limitar los fraudes que sufren las empresas y los ciudadanos europeos.
Así, en caso de que se realice una transferencia como consecuencia de un ciberengaño y el banco no hubiese verificado la identidad del receptor, será posible reclamar la devolución íntegra del dinero perdido.
¿Qué pasa si el banco sí procedió a comprobar el destinatario de una transferencia y alertó al consumidor de que la identidad del titular de la cuenta no coincidía con el nombre proporcionado por este? Si esto sucede, se pierde el derecho a reclamar la devolución del importe estafado, ya que el consumidor habría actuado de forma gravemente negligente.
Más allá de la nueva obligación legal de comprobar el destinatario de una transferencia antes de ejecutarla, lo cierto es que los bancos ya estaban obligados a contar con mecanismos que les permitieran detectar pagos sospechosos y evitar transferencias y pagos online fraudulentos.
Así lo estableció, como ya deslizamos antes, el Tribunal Supremo al considerar que ante estafas como un fraude bancario por SMS y llamada, las entidades financieras deben reembolsar el dinero sustraído a sus clientes, salvo que puedan demostrar que estos actuaron sin la diligencia debida y de forma gravemente negligente y que disponían de medidas de seguridad lo suficientemente eficaces.
Por eso, las víctimas necesitan un abogado en un fraude bancario que les asesore a la hora de:
- Presentar una denuncia ante la Policía o la Guardia Civil y a lo largo de todo la investigación y el potencial proceso penal contra los delincuentes.
- Informar inmediatamente al banco sobre el fraude sufrido para que intente revertir la operación e implementar medidas que impidan que el fraude se repita.
- Reclamar al banco el dinero sustraído en base a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
- Acudir a la Justicia en caso de que la entidad financiera rechace la reclamación.
En definitiva, ante el auge que han experimentado los fraudes bancarios, el marco normativo y la jurisprudencia exigen a los proveedores de servicios de pago que implementen medidas más robustas para prevenir las ciberestafas.
Comprobar el destinatario de una transferencia para asegurarse de que el beneficiario de la misma es el titular de la cuenta en la que se va a ingresar el dinero es una de estas medidas y será obligatoria desde el 8 de octubre de 2025.

