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¿Quién hereda si no hay testamento en España?

El Código Civil fija las reglas para saber quién hereda si no hay testamento en España, priorizando a los hijos y a los nietos de la persona fallecida

Aunque cada vez es más frecuente que las personas elaboren su testamento, siguen muriendo diariamente miles de personas que no han dejado estipulado cómo desean que se reparta su patrimonio. Entonces… ¿quién hereda si no hay testamento en España?

El Código Civil, la principal norma donde se regula el Derecho Sucesorio en nuestro país, establece una serie de reglas que se deben aplicar para determinar quién hereda si no hay testamento en España.

La más importante aparece fijada en el artículo 921 del CC: «en las herencias, el pariente más próximo en grado excluye al más remoto».

Así, la ley contempla un sistema de niveles en función de la relación familiar con la persona fallecida. De tal forma que los parientes del primer nivel serían los herederos prioritarios y solo podrían heredar los pacientes del segundo nivel si no existiese ningún pariente de primer nivel vivo.

Este sistema está conformado por hasta seis niveles que vamos a detallar a continuación para aclarar quién hereda si no hay testamento en España en función de los parientes que sobrevivan al fallecido.

1. Los hijos y los nietos

El artículo 930 del Código Civil es claro y no deja lugar a dudas: «la sucesión corresponde en primer lugar a la línea recta descendente».

Es decir, para saber quién hereda si no hay testamento en España debemos tener claro que, en primer lugar, heredan los hijos de la persona fallecida y sus descendientes.

¿De qué forma heredan?

  1. Sin distinción de sexo, edad o filiación.
  2. Los hijos heredan por derecho propio y se ha de dividir la herencia en partes iguales.
  3. Los nietos y demás descendientes heredan por derecho de representación, es decir, cuando sus padres hubiesen fallecido.
  4. Si un hijo tuviese varios herederos, estos deben dividirse la parte que le correspondía a su padre.

2. Los padres y los abuelos

¿Quién hereda si no hay testamento en España y ningún hijo o nieto desea aceptar la herencia? El Código Civil da prioridad a la línea recta ascendente. Es decir, a los padres y/o madres de las personas fallecidas, sus abuelos, bisabuelos, etc. ¿Cuáles son las particularidades a tener en cuenta?

  1. Los dos progenitores del fallecido heredan a partes iguales.
  2. Si solo un progenitor está vivo, sucederá a su hijo en toda su herencia.
  3. Si ninguno de los dos está vivo, pasan a ser los herederos los ascendientes más próximos: los abuelos.
  4. Si hubiese abuelos maternos y paternos, la herencia se dividirá a la mitad, correspondiendo una parte a la línea materna y otra a la paterna.
  5. Si solo hubiese abuelos en una línea, les correspondería la herencia íntegra.
  6. Dentro de la misma línea, se divide la herencia por cabezas. Por ejemplo, si al fallecido le sobreviven los dos abuelos maternos y la abuela paterna, el reparto del patrimonio será: 50% para la abuela paterna, 25% para la abuela materna y 25% para el abuelo materno.
  7. Los ascendientes heredan de manera excluyente las cosas que hubiesen dado a sus hijos o nietos que hubiesen fallecido sin descendencia si los objetos donados siguen existiendo. También suceden al fallecido en todas las acciones relacionadas con bienes enajenados, vendidos, sustituidos o cambiados.

3. El cónyuge

Como resulta evidente, es perfectamente factible que una persona fallezca sin haber tenido hijos y después de que sus padres y abuelos hubiesen muerto. En estos casos, ¿quién hereda si no hay testamento en España?

El Código Civil prioriza al cónyuge en caso de que el fallecido lo tuviese y siguiese vivo.

¿Qué sucede si los cónyuges se hubiesen separado legalmente o de hecho? El superviviente no tendría derecho a heredar y pasaríamos al siguiente nivel para determinar quién hereda si no hay testamento en España.

¿Quién hereda si no hay testamento en España? ¿Puede llegar a hacerlo el Estado?

4. Los hermanos y los sobrinos

¿Qué parientes se encuentran en dicho nivel? Según el artículo 946 del CC, «los hermanos e hijos de hermanos suceden con preferencia a los demás colaterales». ¿Cuáles son las reglas que debemos tener en cuenta?

  1. Los hermanos de doble vínculo, es decir, aquellos que comparten padre y madre (o madre y madre o padre y padre en el caso de hijos de parejas homosexuales) con el fallecido se deben repartir la herencia a partes iguales.
  2. Si entre los herederos hubiesen hermanos de doble vínculo y medio hermanos, los primeros tienen derecho a que su parte sea el doble de grande que la de los segundos. Por ejemplo, si el fallecido tiene un hermano de doble vínculo y dos medios hermanos, el primero se quedará con el 50% de la herencia y los otros dos con un 25% cada uno.
  3. Si solo se tienen medios hermanos, todos heredan a partes iguales.
  4. Si a la hora de distribuir la herencia concurren hermanos y sobrinos que son hijos de hermanos fallecidos, estos se deben repartir las partes que les hubiesen tocado a sus padres.

5. El resto de parientes colaterales hasta los primos hermanos

Ni hijos, ni nietos, ni padres, ni abuelos, ni cónyuge, ni hermanos, ni sobrinos… Si se da esta situación, ¿quién hereda si no hay testamento en España? ¿El resto de parientes tendrían derecho a hacerlo? Sí. El Código Civil establece que:

  • Pueden heredar los parientes en línea colateral hasta el cuarto grado, es decir, los primos hermanos. De tal forma que a partir de dicho grado sí que no existe el derecho a heredar. ¿Por qué los primos hermanos constituyen el cuarto grado? Entre el fallecido y su padre o madre hay un grado de diferencia, con respecto a su abuelo o abuela dos, a partir de esta persona se desciende al tío o tía hermano de su padre o madre (tercer grado) y de este a sus hijos (cuarto grado).
  • En estos casos no se hace distinción entre líneas ni se establece una sistema de preferencia entre todos los parientes que cumplan los requisitos.

6. ¿Quién hereda si no hay testamento en España ni ningún pariente vivo? El Estado

¿Qué ocurre con el patrimonio de una persona fallecida si no hay ningún familiar con derecho a heredar? El artículo 956 del Código Civil establece que, en estos casos, «heredará el Estado». ¿Cómo es este proceso?

  1. Debe emitirse una declaración administrativa de heredero en la que se constate que no existen herederos legítimos para que el estado pueda tomar posesión del patrimonio.
  2. El Estado debe liquidar el caudal hereditario e ingresar el dinero obtenido en el Tesoro Público.
  3. Esta regla tiene una excepción: que las características de los bienes heredados lleven al Consejo de Ministros a aprobar que se les dé un destino diferente.
  4. 2/3 del importe del patrimonio liquidado deben destinarse a fines de interés social.
  5. Se entiende, por defecto y sin que haga falta realizar ninguna declaración, que el Estado acepta la herencia a beneficio de inventario.

Por lo tanto, para saber quién hereda si no hay testamento en España debemos tener en cuenta que existe un sistema claro por el que los diversos parientes del fallecido tienen derecho a convertirse en herederos y que, en última instancia, es el Estado el que puede quedarse con los bienes y derechos de una persona al morir.

En definitiva, además de tener claro quién hereda si no hay testamento en España es fundamental prestar atención a los plazos para aceptar una herencia sin testamento en España y la posibilidad de requerir a los herederos a que acepten la herencia o la repudien. ¿Por qué? Estas cuestiones son esenciales a la hora de ordenar la sucesión en un contexto en el que la persona fallecida optó por no hacerlo en vida y, así, evitar largos conflictos sucesorios.

    Silvia Pérez
    Silvia Pérez
    Divorcios, custodia de los hijos, herencias, parejas de hecho, hipotecas... En mis artículos abordo las áreas clave del Derecho Civil para informar a los ciudadanos y ayudarles a gestionar con éxito situaciones complejas como una separación o un conflicto sucesorio.

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