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Notificar un despido por email, ¿es legal?

Las empresas no deben notificar un despido por email salvo que puedan demostrar que este canal de comunicación es adecuado para informar sobre el despido y sus causas

El Tribunal Superior de Justifica de Cataluña acaba de emitir una sentencia que pone en cuestión la posibilidad de notificar un despido por email.

Esta cuestión es de gran relevancia para las empresas y los trabajadores porque, tras la digitalización de la sociedad y el tejido productivo, los medios electrónicos se han convertido en los principales canales de comunicación tanto en el terreno personal, como en el profesional y empresarial.

De manera diaria, muchas empresas recurren al email o a aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp para intercambiar información con sus empleados.

De ahí que sea pertinente aclarar si es posible notificar un despido por email o si, por el contrario, es necesario recurrir a alguno de los medios tradicionales de notificación como la entrega por escrito de manera presencial de la carta de despido o el envío de un burofax.

A continuación, vamos a diseccionar el Estatuto de los Trabajadores y la jurisprudencia para determinar si notificar un despido por email es posible o si, por el contrario, puede provocar que el despido sea declarado improcedente.

Requisitos legales para extinguir un contrato

El artículo 53.1 del Estatuto de los Trabajadores establece tres requisitos formales que deben seguir las empresas que desean llevar a cabo un despido por causas objetivas (por ejemplo, la ineptitud del trabajador sobrevenida):

  1. Deben comunicar el despido al empleado por escrito y detallando la causa que se alega.
  2. Han de otorgar al trabajador, simultáneamente, la indemnización por despido de 20 días por año trabajado.
  3. Deben conceder al trabajador un plazo de preaviso de 15 días que comienzan a correr desde el momento en el que se realizó la comunicación por escrito del despido.

Como se puede observar, la redacción de este artículo del ET es extremadamente ambigua y no entra a valorar el uso de medios electrónicos para la comunicación del despido. De ahí que haya resultado difícil en los últimos años discernir si es posible notificar un despido por email o si este canal no resulta válido para cumplir con la obligación de informar por escrito del despido y sus causas.

Medios habituales para notificar un despido

Tradicionalmente, la comunicación del despido al trabajador se ha llevado a cabo usando vías que no guardan relación con el mundo digital:

  • Entregar la carta de despido al trabajador de manera personal. El medio más habitual para comunicar un despido.
  • Enviar una carta certificada en la que figuren las causas de despido.
  • Enviarle al empleado un burofax con la carta de despido.

Sin embargo, con la consolidación de los medios digitales plantea una pregunta que no podemos eludir: ¿tiene sentido imponer medios de comunicación del despido analógicos en un mundo plenamente digitalizado?

Hasta ahora, la resistencia a notificar un despido por email, WhatsApp o Telegram viene asociada, principalmente, a que estos medios no permiten constatar al 100% que el empleado que va a ser despido ha recibido la información, lo cual es fundamental para cumplir con el requisito de comunicación del despido y sus causas. ¿Supone esto que no se pueda notificar un despido por email? Depende.

Despido improcedente por notificar un despido por email

Como avanzamos al inicio de este artículo sobre la posibilidad de notificar un despido por email, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha publicado una sentencia en la que declara como improcedente un despido que fue comunicado mediante correo electrónico.

En el caso analizado por el tribunal, la trabajadora despedida alegó indefensión por haber recibido la carta de despido a través de un email y exigía que se declarase improcedente. Dicha empleada defendía que:

  1. No había prestado ningún tipo de consentimiento para recibir comunicaciones empresariales a través de este medio electrónico.
  2. La empresa no podía demostrar que se trataba de la titular de la cuenta de email a la que envió la carta de despido.

Es decir, según la empleada, no se había cumplido con el requisito de comunicar el despido y sus causas de manera debida.

El TSJC le dio la razón y sentenció que el despido había sido improcedente. De tal manera que la empresa tenía que o bien readmitirla, o bien indemnizarla por una cuantía cercana a los 40.000 euros.

Para notificar un despido por email es necesario que el trabajador haya aceptado las comunicaciones por esta vía

En qué casos es posible notificar un despido por email

Esta sentencia no supone que se deba descartar por completo la opción de notificar un despido por email. De hecho, algunos tribunales españoles han aceptado este medio como canal de comunicación del despido. Entonces, ¿cuál es la clave para saber si se puede notificar un despido por email o no? A la luz de la jurisprudencia, es necesario que:

  • El trabajador haya prestado su consentimiento a recibir comunicaciones a través de email por parte de su organización.
  • Que a la hora de prestar el consentimiento se estipule con precisión cuál es su dirección de correo electrónico.
  • Que los trabajadores tengan constancia de que la empresa efectuará comunicaciones a través de email.
  • Que la empresa use el email como canal de comunicación habitual con sus empleados.

De esta manera, las empresas pueden probar que, efectivamente, cumplieron con su obligación de comunicar el despido y las causas que alegan para justificarlo.

Precisamente, en Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dio la razón a la empleada demandante porque estimó que la empresa no pudo probar que la trabajadora tuvo conocimiento de su despido y de las causas que lo motivaron.

En este sentido, resulta evidente que los medios tradicionales de comunicación del despido ofrecen garantías claras de que los empleados son notificados de manera debida sobre la extinción de sus contratos. Sin embargo, en una economía 100% digitalizada no se puede descartar el uso de medios electrónicos como el email.

Cómo evitar la declaración de improcedencia de un despido por la forma de notificarlo

El debate jurídico en torno a la posibilidad de notificar un despido por email nos demuestra que la comunicación del despido y sus causas no es una mera cuestión formal, sino que tiene relevancia legal y, por ende, debe cuidarse de manera escrupulosa para evitar, como en el caso juzgado por el TSJC, que un despido por causas objetivas sea declarado improcedente.

Por eso, es fundamental que las empresas cuenten con el asesoramiento de abogados laboralistas especializados en la gestión de despidos. Ya que estos profesionales podrán determinar qué pasos debe seguir el empresario y cómo debe llevarlo a cabo para evitar incumplir con el Estatuto de los Trabajadores y prevenir conflictos con los trabajadores que pueden acabar con cuantiosas indemnizaciones.

    Pedro González
    Pedro González
    Las relaciones laborales son un mundo apasionante. Constantemente se producen reformas legales y sentencias pioneras que afectan directamente a millones de trabajadores y empresas. En LexHoy me encargo de cubrir estas novedades para ayudar a profesionales y a empresarios a conocer sus derechos y deberes.

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