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¿Existe un permiso para ir al médico durante la jornada laboral en España?

Muchos convenios colectivos reconocen el derecho a un permiso para ir al médico y las empresas no pueden poner trabas en su disfrute

Esto no es un artículo de clickbait. En España no existe legalmente un permiso para ir al médico. Dentro del amplio catálogo de permisos que incluye el Estatuto de los Trabajadores, no figura un permiso retribuido por esta causa.

Sin embargo, sí es habitual que se reconozca el derecho a un permiso para ir al médico durante la jornada laboral en los convenios colectivos.

Por eso, si quieres saber si tienes derecho a un permiso para ir al médico, lo primero que tienes que hacer es consultar el convenio colectivo que se aplica en tu empresa. De ser así, puedes acudir a una cita médica durante tu jornada sin:

  • Ser sancionado por ello.
  • Tener que recuperar las horas.
  • Que se te resten del salario mensual las horas que invertiste en acudir a la cita.

A continuación, te vamos a explicar en qué consiste el permiso para ir al médico, resolver si existe un permiso para ir al médico cuando el paciente no es el propio trabajador, sino un familiar a su cargo y qué requisitos pueden exigir las empresas para controlar el ejercicio de este derecho.

¿Se puede pedir el permiso para ir al médico si se acude a una clínica privada?

Como venimos de apuntar, el permiso para ir al médico es un derecho laboral que se recoge en numerosos convenios colectivos. De hecho, en los últimos años se ha demandado que siguiendo su estela se proteja la ausencia por ir al veterinario en casos de urgente necesidad.

¿Por qué es importante que un trabajador pueda hacer uso de un permiso para ir al médico durante su jornada de trabajo? Muchas citas, sobre todo en la sanidad pública, son incompatibles con el horario laboral de los trabajadores y, además, estos disponen de poco margen para moverlas e intentar acudir cuando su jornada laboral ya ha terminado o aún no ha empezado.

¿Cuál es el elemento conflictivo del permiso para ir al médico? Lo más habitual es que se reconozca este permiso cuando se acude a una cita médica que entra dentro del ámbito de actuación de la cartera de servicios de la sanidad pública.

¿Quiere esto decir que solo se puede hacer uso del permiso para ir al médico si se acude al sistema público de salud? No. Los convenios colectivos que hacen referencia a la cartera de servicios de la sanidad pública permiten emplear el permiso para acudir tanto a un centro público como a una clínica privada siempre y cuando el servicio prestado esté incluido en dicha cartera.

Esto quiere decir, por ejemplo, que una empresa no puede impedir el uso del permiso a un trabajador acudir a una cita en el cardiólogo en una clínica privada.

El permiso para ir al médico cubre el tiempo que necesita un trabajador para desplazarse al centro médico (de ida y de vuelta) y la duración de la consulta. De tal manera que su ausencia no es sancionable, ni se puede exigir que compense las horas perdidas trabajando un tiempo extra equivalente, ni se le pueden restar esas horas de su salario.

¿Existe un permiso para ir al médico acompañando a un familiar?

En muchos convenios colectivos sí. Al igual que sucede con el permiso para ir al médico, este no figura en el Estatuto de los Trabajadores y no puede confundirse con el permiso de ausencia por fuerza mayor, que sí está reconocido legalmente y que se puede emplear cuando, por ejemplo, se tiene que llevar a un hijo a un mayor dependiente a urgencias por una enfermedad o un accidente.

En la mayoría de convenios colectivos el permiso para ir al médico acompañando a un familiar funciona de una forma análoga al permiso anterior. Eso sí, es común que se limite el número de veces o las horas que se pueden invertir en el disfrute de esta clase de permiso. E, igualmente, se vincula solo al acompañamiento de hijos menores o ascendientes que presentan un grado de dependencia.

El permiso para ir al médico no está solo a disposición de los trabajadores que acudan a la sanidad pública

¿La empresa puede exigir un informe facultativo justificando que no se podía acudir fuera de jornada laboral?

No. De hecho, el Tribunal Supremo acaba de emitir una sentencia (116/2026) que da la razón a el sindicato USO Galicia frente a la Corporación de Radio y Televisión de Galicia (S.A.).

Para disfrutar del permiso para ir al médico o para acompañar a un familiar, la CRTVG exigía a sus trabajadores, cuando se acudía a la sanidad privada, que aportasen un certificado emitido por el facultativo que les hubiese atendido en el que se acreditase que:

  1. El servicio prestado está incluido en el catálogo de servicios de la sanidad pública.
  2. No existía la posibilidad de que la cita tuviese lugar fuera del horario laboral del profesional.

Pues bien, el Tribunal Supremo ha concluido que exigir esta declaración del facultativo no es lícito porque:

  • El convenio colectivo no contempla este requisito para poder disfrutar del permiso para ir al médico.
  • La empresa no exige un certificado análogo cuando el trabajador va a una cita en la sanidad pública.
  • El facultativo de la clínica privada es ajeno a la relación laboral y «no puede emitir declaración alguna acerca de si la cita médica pudo concretarse o no fuera del horario laboral o si la misma se halla incluida en la cartera de servicios comunes». De hecho, el TS recuerda que las obligaciones documentales de los médicos aparecen recogidas en la Ley de Autonomía del Paciente.
  • La emisión de esta clase de certificado y su entrega a la empresa puede menoscabar la protección de datos médicos de los trabajadores. Así, la sentencia fija que «la empresa no puede pretender acceder a datos personales que forman parte de las historias clínicas».

¿Qué se necesita para hacer uso del permiso para ir al médico o acompañar a familiares?

Básicamente, cumplir los requisitos fijados en el convenio colectivo donde se reconoce el derecho a un permiso para ir al médico o para acompañar a un familiar a una cita médica. Los requisitos más habituales son:

  • Que el servicio se encuentre dentro de la cartera de servicios del sistema sanitario público, sin que sea necesario que la cita sea en la sanidad pública. Con este requisito se busca impedir que se use el permiso para someterse, por ejemplo, a tratamientos estéticos que nada tienen que ver con la protección de la salud.
  • Avisar con antelación en caso de ser posible, de cara a permitir a la empresa organizar la carga de trabajo y la distribución de profesionales.
  • Entregar en la empresa un certificado del centro público o privado en el que conste la hora de la cita, sin que se tenga que incluir ningún dato de tipo médico. El objetivo de este requisito es evitar que se haga un uso inadecuado del permiso para ir al médico y que se consuman más horas de las necesarias.

En definitiva, ninguna ley de nuestro país reconoce el derecho a un permiso para ir al médico que permita acudir a una cita sin tener que recuperar el tiempo ni perder parte del salario. Sin embargo, la mayoría de convenios colectivos sí reconocen este derecho.

Los trabajadores no pueden hacer un uso abusivo del mismo y las empresas no pueden limitar este derecho exigiendo requisitos que no figuran en el convenio colectivo o discriminando a los trabajadores que acuden a la sanidad privada si los servicios que se les prestan forman parte de la cartera de servicios del sistema sanitario español.

    Luis Ogando
    Luis Ogando
    Soy periodista y Doctor en Comunicación e Industrias Creativas. En la actualidad, estudio el Grado de Derecho. En Lex Hoy desentraño las claves de las novedades legales y jurisprudenciales para ayudar a personas y ciudadanos a defender sus derechos.

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