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La legalidad de la cláusula de mejora en el testamento depende de que se hayan respetado los límites fijados en la normativa
Hay conversaciones que los padres mantienen durante años dentro de su propia cabeza, sin decírselas a nadie. Una de las más frecuentes es esta: ¿puedo dejarle más a uno de mis hijos sin que el resto pueda impugnarlo? Quizás porque ese hijo lleva una década cuidándote. Quizás porque su situación económica y/o personal es más difícil que las de los demás. Quizás porque con tus otros hijos apenas tienes relación o llevas años peleado. O quizás, simplemente, porque sientes que es lo justo y no sabes si la ley te lo va a permitir.
La respuesta es sí. La cláusula de mejora en el testamento es perfectamente legal. De hecho, la institución de la mejora está regulada en el Código Civil y es el marco que fija cuándo puedes dejar más patrimonio a uno de tus hijos, hasta dónde puedes llegar y qué pasa cuando se infringe el derecho a la legítima.
Este artículo sobre la legalidad de la cláusula de mejora en el testamento está escrito para padres que quieren organizar su herencia conjugando sus deseos con sus obligaciones legales. Así como para hijos que se preguntan si el testamento de su padre o su madre les ha dado menos de lo que les tocaba y qué pueden hacer para defender sus intereses.
Qué es exactamente la cláusula de mejora en el testamento y por qué lleva siglos en nuestra ley
Antes de hablar de legalidad, conviene entender de dónde viene esta figura. Y la verdad es que la mejora no es ninguna novedad jurídica ni ningún resquicio moderno para beneficiar a un hijo a espaldas de los otros. Lleva siglos incrustada en el derecho sucesorio español, y responde a una lógica que cualquier persona puede entender sin necesidad de haber estudiado Derecho: no todos los hijos tienen las mismas circunstancias vitales, y a veces tiene todo el sentido del mundo querer proteger más a uno que al resto.
La mejora es, técnicamente, una institución que permite al testador destinar a uno o varios de sus descendientes (sus hijos o sus nietos) una porción adicional del patrimonio. Una porción que va más allá de lo que le correspondería por su legítima estricta, pero que tampoco puede sobrepasar ciertos límites que la ley fija para que los demás herederos forzosos no queden desprotegidos.
En otras palabras, la cláusula de mejora en el testamento es un mecanismo que aumenta la libertad del testador dentro de un sistema como el español, que protege con intensidad el derecho a la legítima de los herederos forzosos.
Lo que venimos de apuntar nos deja entrever que para abordar la legalidad de la cláusula de mejora en el testamento es imprescindible saber cómo se divide una herencia en España cuando hay hijos.
El sistema de tercios: la arquitectura legal que hace posible la mejora
Piensa en la herencia como una tarta dividida en tres porciones exactamente iguales. Cada porción tiene un destino predeterminado por la ley, y el testador no puede ignorar esas reglas aunque quiera. Lo que sí puede hacer, y ahí entra la mejora, es manejar con cierta libertad una de esas tres porciones.
El artículo 808 del Código Civil lo explica con claridad:
Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre. Sin embargo, podrán éstos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a alguno o algunos de los hijos o descendientes.
Esto implica que la herencia queda estructurada así:
- Tercio de legítima estricta: este tercio es sagrado. Debe repartirse a partes iguales entre todos los hijos, sin excepción, sin matices y sin posibilidad de que el testador lo toque. Aquí no hay margen.
- Tercio de mejora: este es el terreno de juego. El testador puede dárselo íntegro a uno solo de sus descendientes, o repartirlo entre varios en la proporción que le parezca. Es, exactamente, el espacio donde opera la cláusula de mejora en el testamento.
- Tercio de libre disposición: este tercio puede destinarse a quien el testador quiera. A un hijo, sí, pero también a un amigo, a una fundación, a la pareja sentimental que no es cónyuge. Sin condiciones.
La clave que no hay que perder de vista es que la cláusula de mejora en el testamento no abre una puerta ilimitada para favorecer a un hijo. El margen está acotado al tercio de mejora. Un euro más allá de ese límite y los otros herederos pueden reclamar con razón y con ley en la mano.
Cómo funciona en la práctica la cláusula de mejora en el testamento: quién puede ser mejorado y de qué manera
En primer lugar, debemos tener claro que la mejora solo puede beneficiar a los descendientes del testador. Eso está recogido en el artículo 823 del Código Civil, y es una restricción clara. Da igual lo cercana que sea la persona que quieras favorecer. El cónyuge, los hermanos, los sobrinos, los amigos de toda la vida: ninguno de ellos puede ser objeto de una mejora. Solo hijos, nietos, bisnietos y cualquier descendiente en línea recta.
En segundo lugar, es importante saber que la cláusula de mejora en el testamento permite mejorar directamente a un nieto, aunque su padre (el hijo del testador) esté vivo. Es decir, el abuelo puede saltarse una generación si así lo decide. Esto tiene mucho sentido, por ejemplo, cuando el hijo tiene deudas importantes y el testador quiere asegurarse de que el dinero llegue a su nieto sin pasar por un proceso que podría resultar perjudicial. O cuando entre el testador y su hijo no existe relación alguna, pero en cambio el testador sí mantiene un vínculo emocional con su nieto.
En tercer lugar, hay que destacar que la mejora puede concretarse de dos formas distintas. Una es dejar un bien específico. Por ejemplo, «le dejo el apartamento de la playa a mi hija María como mejora». Con todo lo que eso implica en términos de valoración posterior. La otra es dejar una cuota abstracta. Por ejemplo, «le dejo el tercio de mejora íntegro a mi hijo Luis». Sin asociarla a ningún bien concreto.
Ambas son perfectamente válidas. Pero cada una tiene sus particularidades a la hora de hacer los cálculos y de ejecutar el testamento, y conviene pensarlo bien antes de elegir una u otra.
Además, la mejora no tiene por qué hacerse únicamente en el testamento. En algunas comunidades autónomas con Derecho Civil propio, como Galicia o Cataluña, existe la figura del pacto de mejora, que es un contrato entre el testador y el mejorado que puede formalizarse en vida. Una herramienta más, con sus propias reglas, para quien quiera planificar con mayor anticipación.

Qué pasa cuando la cláusula de mejora en el testamento o el pacto de mejora se hace mal
Esta es la parte que más inquietud genera en torno a la legalidad de la cláusula de mejora en el testamento. Porque una cosa es que el Código Civil permita favorecer a un descendiente, y otra muy distinta es que la mejora se haya ejecutado respetando los límites. Y cuando no se respetan, por error, por ignorancia o por exceso de confianza, los herederos perjudicados tienen un camino legal para reclamar.
Cuando el testador se excede con la mejora, invadiendo el tercio de legítima estricta o superando lo que ese concepto permite, los otros herederos pueden ejercer lo que se conoce como acción de reducción de disposiciones inoficiosas. El artículo 817 del Código Civil lo dice sin ambigüedad: «Las disposiciones testamentarias que mengüen la legítima de los herederos forzosos se reducirán, a petición de éstos, en lo que fueren inoficiosas o excesivas».
En lenguaje directo: si el testamento te ha dado menos de lo que la ley te garantiza, puedes pedirle a un juez que lo corrija. Y el juez lo hará. De tal forma que se procederá a la compensación de la legítima.
Lo que complica este asunto en la práctica es que calcular si los tercios se han respetado no siempre es tan sencillo como dividir el patrimonio entre tres. El valor de los bienes varía con el tiempo. Hay que tener en cuenta las donaciones que el fallecido hizo en vida a sus hijos, que en muchos casos deben computarse como anticipo de herencia (las colaciones). Y la situación económica del causante en el momento de fallecer puede ser muy diferente a la que tenía cuando firmó el testamento. Todo eso hace que en muchos casos se necesite un perito para valorar el patrimonio y un abogado especializado para interpretar si la mejora fue o no excesiva.
Derechos civiles propios: cuando vivir en Cataluña, el País Vasco o Navarra cambia las reglas del juego
Hay algo que sorprende a mucha gente cuando empieza a informarse sobre herencias en España: nuestro país no tiene un único sistema sucesorio. Hay comunidades autónomas con derecho propio que modifica de forma sustancial cómo funcionan la legítima y, por tanto, también la legalidad de la cláusula de mejora en el testamento.
En Cataluña, la legítima es solo de una cuarta parte del patrimonio hereditario. Eso, comparado con los dos tercios del Código Civil, le da al testador catalán un margen de maniobra mucho mayor para distribuir sus bienes como quiera.
En el País Vasco, el sistema varía según el territorio histórico de que se trate.
Y en Navarra la situación es casi extrema en sentido contrario: la legítima es tan residual, tan solo cinco sueldos febles por bienes muebles y una robada de tierra por inmuebles, que en la práctica el testador navarro tiene libertad casi total para testar como le parezca.
La verdad es que, si vives en alguna de estas comunidades, o si tienes bienes en ellas, aunque residas en otra parte, la legalidad de la cláusula de mejora en el testamento puede funcionar de manera bastante diferente a como lo describe el Código Civil común.
Dar por hecho que las reglas son iguales en toda España es uno de esos errores que pueden salir muy caros, y que un buen asesoramiento jurídico previo habría evitado sin ninguna dificultad.
Conclusión: Saber usar la cláusula de mejora en el testamento es esencial para prevenir conflictos
Al final, introducir la cláusula de mejora en el testamento no es una maniobra oscura ni una injusticia disfrazada de voluntad paterna. Es una herramienta reconocida, legítima y pensada precisamente para dar al testador algo de flexibilidad dentro de un sistema que, de otro modo, obligaría a repartir el patrimonio a partes perfectamente iguales sin importar las circunstancias reales de cada hijo.
Usar bien la cláusula de mejora en el testamento es perfectamente posible y a veces muy necesario. Usarla mal, en cambio, ya sea por desconocimiento o por querer ir más lejos de lo que la ley permite, es abrir la puerta a conflictos que nadie en su sano juicio desearía dejar como herencia junto con el patrimonio.
Si estás pensando en incluir una mejora en tu testamento o hacer un pacto de mejora, habla antes con un abogado especializado en herencias. No como trámite burocrático, sino como parte esencial de una decisión que va a tener consecuencias reales para las personas que más quieres. Y si eres heredero y crees que la mejora incluida en el testamento de tu familiar ha recortado lo que te corresponde, sirve el mismo consejo: infórmate antes de actuar, porque los plazos existen y hay cosas que no pueden esperarse indefinidamente.
La herencia no es solo la repartición de un patrimonio. Es, también, el último acto de voluntad de alguien. Y que ese acto sea claro, justo y legalmente irreprochable depende, casi siempre, de haberlo pensado con tiempo y con cabeza. Asesórate a la hora de fijar la cláusula de mejora en el testamento o llevar a cabo un pacto de mejora.
