jueves, 12 marzo 2026

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Indefinidos no fijos y concursos de traslados. 5 claves

Una sentencia sobre indefinidos no fijos y concursos de traslados establece que solo tienen derecho a ellos los empleados públicos fijos

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo acaba de resolver un recurso de casación para la unificación de la doctrina sobre indefinidos no fijos y concursos de traslados en las Administraciones Públicas. Este recurso fue presentado por la Junta de Castilla y León, tras una sentencia del TSJ de dicha comunidad autónoma

El TS ha dado la razón a la Junta y ha dictaminado que los indefinidos no fijos no tienen derecho a participar en los concursos de traslados.

Esta sentencia sobre indefinidos no fijos y concursos de traslados llega apenas unos meses después de una histórica sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que ponía en duda que esta figura creada por la jurisprudencia española fuese suficiente para poner fin y sancionar el abuso de la temporalidad en el empleo público español.

De ahí que resulte de extraordinario interés prestar atención a cómo el TS ha interpretado esta sentencia y el derecho comunitario a la hora de abordar este caso sobre indefinidos no fijos y concursos de traslados. Puesto que su postura sobre esta materia deja entrever su criterio en lo que respecta a la fijeza de los empleados públicos en abuso de temporalidad.

Los indefinidos no fijos no tienen derecho a traslados, según el TS

El caso juzgado por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo giraba en torno a una enfermera que había conseguido el estatus de indefinida no fija y deseaba participar en un concurso de traslados.

Sin embargo, en la administración autonómica, el concurso de traslados está restringido, por convenio, a los empleados públicos fijos, es decir, a los funcionarios que han superado un proceso selectivo para adquirir tal condición. De hecho, el convenio establece que la antigüedad como fijo del trabajador es uno de los parámetros que se deben emplear para calcular su puntuación en el concurso.

A ello, se suma que el Estatuto de los Trabajadores indica que los indefinidos no fijos están adscritos al puesto de trabajo que desempeñan mientras este puesto no sea adjudicado en un proceso selectivo a otra persona o el indefinido no fijo supere un proceso selectivo de empleo público y, por ende, adquiera la condición de fijo.

Pues bien, el TS considera que, efectivamente, los indefinidos no fijos no tienen derecho a participar en estos concursos. Ello no es óbice, según el Alto Tribunal, para que puedan ocupar plazas que queden vacantes tras la celebración de un concurso de traslados organizado de acuerdo al convenio.

Existencia de una circunstancia «objetiva y razonable»

Esta sentencia sobre indefinidos no fijos y concursos de traslados ha generado un gran debate en el ámbito jurídico. ¿Por qué? Supone una modificación de la propia jurisprudencia del TS y establece una diferenciación nítida entre los derechos de los trabajadores temporales, como los indefinidos no fijos, y los empleados públicos fijos, es decir, los funcionarios.

Según el TS, esta divergencia de derechos nace del hecho de que existe una diferencia de partida: los fijos han superado un proceso selectivo y los temporales e indefinidos no fijos, no. Es decir, no se han sometido a un procedimiento que garantice los principios constitucionales de igualdad, capacidad y mérito que deben regir el acceso a la función pública.

Este hecho puede considerarse como una «causa objetiva y razonable» que justifique que los indefinidos no fijo no puedan optar a los concursos de traslados, sin que ello suponga vulnerar la Directiva europea sobre trabajo de duración determinada.

La sentencia del TS sobre indefinidos no fijos y concursos de traslados establece una diferencia entre los derechos de los trabajadores temporales y los funcionarios de las AAPP

Traslados no, promoción sí

Otro de los aspectos clave de la sentencia del TS sobre indefinidos no fijos y concursos de traslados es que el Alto Tribunal rechaza el derecho de los trabajadores no fijos a participar de estos concursos, pero reafirma su derecho a la promoción interna.

Así, el TS recuerda que el derecho a la promoción interna ha sido reconocido de forma legal y que pueden ejercerlo tanto los funcionarios, como el personal temporal y los empleados que han adquirido la condición de indefinidos no fijos.

Indefinidos no fijos y concursos de traslados, ¿puede acabar esta cuestión ante el TJUE?

La interpretación que ha realizado el TS sobre el derecho comunitario para restringir el derecho de los indefinidos no fijos a los concursos de traslados puede generar un nuevo conflicto con el TJUE. ¿Por qué?

Numerosos abogados laboralistas creen que esta diferenciación de derechos puede atentar contra la Directiva europea sobre trabajo de duración determinada. Más aún tras la histórica sentencia del TJUE que determinó que España incumplía dicha norma al permitir abusos en la temporalidad en el empleo público. De ahí que esta cuestión también pueda acabar llegando al Tribunal de Luxemburgo.

A la luz de todo lo que hemos ido señalando, resulta fundamental que los indefinidos no fijos que deseen participar en concursos de traslados acudan a un abogado laboralista que estudie su caso concreto y les asesore para diseñar una estrategia legal eficaz en la que hagan valer sus derechos.

Consecuencias de esta sentencia en lo relativo a la conversión de los indefinidos en fijos

Precisamente, la sentencia el TS sobre indefinidos no fijos y concursos de traslados incluye una valoración del Alto Tribunal sobre la sentencia del TJUE que abría la puerta a la conversión de los interinos en abuso de temporalidad en fijos.

Así, el Tribunal Supremo aprovecha su dictamen sobre indefinidos no fijos y concursos de traslados para establecer que la sentencia del Tribunal de Luxemburgo no impone la «conversión judicial automática» de los indefinidos no fijos en fijos.

Además, el TS considera que convertir a los interinos en fijos no se trata de una medida acorde con los principios de igualdad, capacidad y mérito para acceder a la función pública y, por ende, chocaría con la Constitución Española.

Más allá de la interpretación del dictamen del TJUE que ha llevado a cabo el TS en la sentencia sobre indefinidos no fijos y concursos de traslados, el Alto Tribunal también ha presentado una cuestión prejudicial al TJUE para que este aclare cómo se conjuga su sentencia con el ordenamiento jurídico español y la Constitución.

Ante la notable divergencia que existe entre el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el criterio del Tribunal Supremo, es fundamental que todos los empleados públicos temporales en situación de abuso de la temporalidad cuenten con un asesoramiento profesional para desplegar una estrategia judicial eficaz que les permita acceder a la fijeza y que se adapte a las decisiones que tomen los tribunales.

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    Pedro González
    Pedro González
    Las relaciones laborales son un mundo apasionante. Constantemente se producen reformas legales y sentencias pioneras que afectan directamente a millones de trabajadores y empresas. En LexHoy me encargo de cubrir estas novedades para ayudar a profesionales y a empresarios a conocer sus derechos y deberes.

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