jueves, 11 diciembre 2025

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¿Se puede obligar a un trabajador a llevar mascarilla?

La normativa sobre prevención de riesgos laborales abre la puerta a obligar a un trabajador a llevar mascarilla para proteger a sus compañeros

La luz dorada del atardecer, los mantos ocres que se extienden sobre los parques, el placer de dormir abrigado… El otoño tiene sus virtudes, pero también es la época del año que nos trae de vuelta las gripes y la propagación de virus respiratorios como el covid. ¿Qué pueden hacer las empresas para evitar que trabajadores enfermos contagien a sus compañeros? ¿Es posible obligar a un trabajador a llevar mascarilla? ¿O menoscaba su libertad?

Partiendo de la base de que no existe ninguna ley que expresamente permita o prohíba obligar a un trabajador a llevar mascarilla, vamos a intentar arrojar luz sobre esta cuestión para que tanto las empresas como los trabajadores sepan si es posible obligar a un trabajador a llevar mascarilla y cuáles pueden ser las consecuencias de que un profesional rehúse hacerlo.

¿Es posible obligar a un trabajador a llevar mascarilla escudándose en el deber de prevenir los riesgos laborales?

El artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores (ET) establece que los trabajadores tienen derecho «a su integridad física y a una adecuada política de prevención de riesgos laborales».

Mientras que el artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) indica que «los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo» y esto supone que exista un correlativo deber del empresario «de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales».

Esto implica que las empresas deben:

  • Adoptar las medidas necesarias para proteger la seguridad y la salud de los trabajadores. Lo que implica «evaluar los riesgos», «adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual» o «dar las debidas instrucciones a los trabajadores».
  • Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales.
  • Evaluar los riesgos.
  • Informar, consultar y permitir participar a los trabajadores en esta cuestión.
  • Formar a los trabajadores sobre prevención de riesgos laborales.
  • Actuar en casos de emergencia.
  • Asumir el coste de las medidas relacionadas con la seguridad y salud de los trabajadores.
  • Proteger a trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos como puede ser una infección respiratoria de índole vírica.

¿Cuáles son los deberes de los trabajadores en relación con la prevención de riesgos?

Como es evidente, los trabajadores no solo tienen derechos, sino también deberes. En el catálogo de deberes recogido en el artículo 5 del ET figuran:

  1. Observar las medidas de prevención de riesgos laborales adoptadas por la empresa.
  2. Cumplir las órdenes del empresario.

Por otro lado, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 29 establece que cada trabajador debe:

  1. Velar por su salud y las de las personas con las que trabaja y cumplir las medidas de prevención adoptadas por la empresa, de conformidad con la formación y las instrucciones que haya recibido.
  2. Usar correctamente los medios de protección que le hayan facilitado, como puede ser una mascarilla.
  3. Informar a su superior jerárquico sobre cualquier riesgo para la salud de los trabajadores.
  4. Cooperar con la empresa para que esta pueda garantizar unas condiciones de trabajo seguras y evitar riesgos para la salud de los trabajadores.

Por lo tanto, a la luz de lo dispuesto en el ET y la LPRL, sí es posible que una empresa decida obligar a un trabajador a llevar mascarilla si este padece una enfermedad respiratoria que se puede contagiar por el aire con el fin de proteger al resto de profesionales. Más aún si entre sus compañeros hay personas que puedan verse afectadas gravemente por esta clase de dolencias.

Eso sí, es recomendable que la posibilidad de obligar a un trabajador a llevar mascarilla aparezca regulada en el plan de prevención de riesgos laborales que se haya elaborado tras consultar a los trabajadores y que se tome la decisión tras evaluar los riesgos por parte de los responsables de prevención.

¿Qué pasa si un profesional se niega a ponerse mascarilla? ¿Puede ser sancionado? ¿Y despedido?

Si una empresa decide obligar a un trabajador a llevar mascarilla y este hace caso omiso, se considera que está cometiendo una incumplimiento laboral. Así lo establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que nos remite a el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Este precepto establece que los trabajadores podrán ser sancionados por incumplimientos laborales, de acuerdo a la graduación de las faltas y las sanciones que se fijen en el convenio colectivo de aplicación o en el régimen sancionador interno en caso de que no hubiese convenio colectivo.

Por lo tanto, si una empresa opta por obligar a un trabajador a llevar mascarilla y este se niega sí puede sancionarlo, pero… ¿también puede despedirlo disciplinariamente?

Las causas de despido disciplinario están tasadas en nuestro país y solo es posible activar este mecanismo ante un incumplimiento grave y culpable. ¿Existe alguna causa que guarde relación con la decisión de no llevar mascarilla después de que la empresa mandara ponerla? Esta actitud podría ser considerada «indisciplina o desobediencia en el trabajo». Si bien, es bastante improbable que se llegue a este escenario.

Obligar a un trabajador a llevar mascarilla no es una medida recogida expresamente en la normativa laboral

Si una empresa no cumple con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, ¿puede ser sancionada?

Obligar a un trabajador a llevar mascarilla no es una decisión que una empresa tome a la ligera, sino que tras evaluar los riesgos de que una persona con un virus respiratorio acuda a trabajar sin protección, se decide implementar esta medida.

¿Qué sucede si una empresa decide no obligar a un trabajador a llevar mascarilla aunque sabe que padece covid u otra enfermedad que se transmite por vía respiratoria? ¿Estaría infringiendo sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales? ¿Podría ser castigada por ello?

La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) establece que las infracciones para las empresas en materia de riesgos laborales se deben sancionar con multas económicas que van desde los 45€ hasta los 983.736€ y que se gradúan en función de la gravedad del incumplimiento.

Lo más habitual es que no obligar a un trabajador a llevar mascarilla y exponer, así, al resto de profesionales a infecciones respiratorias se considere una falta leve, cuyo importe máximo es de 2.450€, pero también es posible que sea catalogada como una falta grave y, en estos casos, la multa podría ascender hasta los 49.180€.

Lecciones aprendidas de la normativa COVID sobre la posibilidad de obligar a un trabajador a llevar mascarilla

Durante la pandemia, el uso de mascarillas se convirtió en obligatorio en la práctica totalidad de espacios fuera del ámbito doméstico. Tras finalizar la emergencia sanitaria, el Gobierno aprobó diversos Real Decretos (RD 115/2022, RD 286/2022, RD 65/2023…) en los que se establecía que en los entornos laborales no era preceptivo el uso de mascarillas.

Sin embargo, sí se estipulaba que los responsables de prevención de riesgos en las empresas podían, de acuerdo a la evaluación de riesgos, implementar medidas preventivas adecuadas «incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación».

El caso es que el último de estos decretos (RD 65/2023) dejó de estar en vigor en julio de 2023, fecha en la que el Consejo de Ministros declaró el final de crisis sanitaria ocasionada por la covid.

Aun así, las obligaciones de las empresas en materia de prevención de riesgos laborales y protección de la salud sí están en vigor y facultan a las organizaciones a obligar a un trabajador a llevar mascarilla si, tras evaluar los riesgos, se considera que es una medida adecuada para salvaguardar el bienestar del resto de profesionales.

En definitiva, si algún trabajador tiene gripe o covid, pero su estado es óptimo para trabajar, es fundamental que la empresa analice los riesgos para la salud y tome decisiones para prevenirlos: ofrecerle la posibilidad de teletrabajar, acondicionar un espacio para que no esté en contacto con sus compañeros o, sí, obligar a un trabajador a llevar mascarilla para evitar que el virus que tiene se propague.

En Lex Hoy colaboramos con abogados especializados en Derecho Laboral para asesorar a empresas y trabajadores sobre sus derechos y obligaciones y ayudarlos a afrontar situaciones complejas como la gestión de un profesional que padece una infección respiratoria de origen vírico, la solicitud de una incapacidad permanente por covid persistente o la forma de impugnar sanciones a los trabajadores.

    Pedro González
    Pedro González
    Las relaciones laborales son un mundo apasionante. Constantemente se producen reformas legales y sentencias pioneras que afectan directamente a millones de trabajadores y empresas. En LexHoy me encargo de cubrir estas novedades para ayudar a profesionales y a empresarios a conocer sus derechos y deberes.

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