domingo, 25 enero 2026

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Violencia vicaria por matar a un animal: ¿Puedo denunciar a mi expareja si hace daño a mi mascota?

Un juzgado de Las Palmas ha emitido la primera sentencia en nuestro país que condena a un hombre por violencia vicaria por matar a un animal

Seguro que tienes algún amigo que no se separa jamás de su perro. Y si no lo tienes, posiblemente el amigo seas tú. Los perros, los gatos y otros animales de compañía forman parte de nuestras familias y sufren, también, los conflictos que se originan en su seno.

Esto se ha trasladado, en los últimos años, tanto a la normativa como a la jurisprudencia. Así, hoy en día, es fundamental aclarar la custodia de los animales en caso de divorcio y recientemente un juzgado condenó a una persona a abonar a su expareja una indemnización por impedir ver a una mascota que tenían en común mientras fueron pareja.

En la misma línea, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº2 de Las Palmas de Gran Canaria acaba de condenar a un hombre por violencia vicaria por matar a un animal.

El condenado tiró por un risco al perro que compartía con su pareja delante de ella con el objetivo de causarle daño.

Esta sentencia es pionera porque la violencia vicaria se limitaba, hasta ahora, al daño que se le causaba a los hijos en común, pero este juzgado expande el concepto y reconoce que puede existir violencia vicaria por matar a un animal.

A continuación, desgranamos las claves de este caso sobre violencia vicaria por matar a un animal.

El caso que ha finalizado con una condena pionera por violencia vicaria por matar a un animal

Un joven de tan solo 18 años llamó por teléfono a su pareja y le dijo «voy a matar al perro y después me mato yo» y, acto seguido, se dirigió a una zona costera escarpada con el animal de 4 meses de edad.

Su pareja llegó hasta el punto donde se encontraba para intentar que el condenado le devolviese al perro, sin embargo este se negó y la amenazó con tirarlo por el risco y después matarse él.

Acto seguido, el condenado lanzó al perro «con ánimo de menoscabar la integridad psíquica de su pareja», según establece la sentencia. El animal se golpeó en la caída y falleció.

La mujer denunciante sufrió daños psicológicos y el facultativo que la atendió estipuló que el tiempo de curación sería de 90 días. La víctima de este caso de violencia vicaria por matar a un animal presentó una denuncia ante la Policía Nacional.

Se celebró un juicio oral en el que la fiscalía defendió que el acusado de violencia vicaria por matar a un animal había cometido dos delitos tipificados en el Código Penal. La acusación particular se adhirió a las tesis de la fiscalía y el condenado mostró su conformidad con los hechos relatados y las pretensiones de la fiscalía y la acusación.

De tal forma que la jueza dictó una sentencia de conformidad que viene a reconocer la existencia de violencia vicaria por matar a un animal de compañía.

Qué dice el Código Penal sobre la violencia vicaria por matar a un animal

La violencia vicaria por matar a un animal no es, en sí misma, un delito tipificado en el Código Penal (CP), sino que es un concepto que abarca dos delitos distintos:

  • Delito contra los animales. El artículo 340 bis del CP establece que es un delito causar la muerte de una animal doméstico. Además, establece como agravante «cometer el hecho para coaccionar, intimidar, acosar o producir menoscabo psíquico» a la pareja o expareja.
  • Delito de maltrato psicológico. El artículo 153 del CP dicta que es un delito causar menoscabo psíquico a una mujer que sea o haya sido esposa o expareja del agresor.

Así, en el caso que hemos analizado en este artículo, la jueza concluyó que:

  • Se trataba de un caso de «violencia vicaria a través de animal de compañía dirigida a perpetuar la dominación y el control sobre su pareja, lo que supone reforzar la necesidad de una respuesta punitiva agravada».
  • El asesinato la mascota de la víctima «supone una estrategia de control y quebranto emocional dirigida a su pareja, que requiere la necesidad de adoptar medidas de protección, a través de la aplicación de la perspectiva de género».
  • El condenado cometió un delito contra los animales en su modalidad agravada, en concurso medial con un delito de maltrato psicológico.
Un hombre puede ser condenado por violencia vicaria por matar a un animal a una pena de prisión

Qué se puede conseguir al denunciar a una persona por violencia vicaria por matar a un animal

Los artículos del Código Penal a los que hicimos referencia establecen las siguientes penas:

  • Por un delito contra los animales que cause la muerte de una animal doméstico se debe imponer una pena de 12 a 24 meses de prisión y una pena de inhabilitación especial de 2 a 4 años para ejercer una profesión relacionada con los animales.
  • Por un delito de maltrato psicológico se debe imponer una pena de prisión de 6 meses a 1 año o de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días.
  • Además, en el artículo 153 del CP se establece la obligatoriedad de imponer una pena accesoria de prohibición de aproximación y comunicación con la víctima.

En el caso juzgado en Las Palmas, se condenó al acusado de cometer violencia vicaria por matar a un animal a:

  • 12 meses y 1 día de prisión, no llegando a entrar en la misma porque el condenado no tenía antecedentes penales.
  • Inhabilitación especial para ejercer una profesión relacionada con los animales de 2 años y 1 día.
  • Prohibición de acercarse a menos de 500m de la víctima y prohibición de comunicarse con ella durante 2 años y 1 día.

Además, aunque en este caso la víctima no lo solicitase, también es posible demandar una indemnización por los daños emocionales sufridos en un caso de violencia vicaria por matar a un animal.

¿También existe violencia vicaria en caso de maltrato de una mascota?

Aunque esta sentencia reconoce la violencia vicaria por matar a un animal, la interpretación realizada por la jueza también abre la puerta a que se denuncie la violencia vicaria cuando una persona agrede a un animal de compañía sin matarlo para dañar psicológicamente a su pareja o expareja.

En definitiva, estamos ante una sentencia pionera que puede tener enorme trascendencia habida cuenta de la relevancia que tienen los animales en nuestras vidas, familias y relaciones afectivas.

Si tu expareja daña a un perro o a un gato que es propiedad de ambos para menoscabar tu estabilidad psicológica, debes saber que es un caso de violencia vicaria a través de un animal. Acude a un abogado, presenta una denuncia en la Policía o la Guardia Civil y exige que sea condenado y te abone una indemnización por los daños causados.

En Lex Hoy colaboramos con abogados penalistas de toda España que pueden estudiar tu caso, asesorarte y diseñar una estrategia legal para que defiendas tus derechos y los de tu mascota. Puedes encontrar a un jurista en nuestro buscador de abogados.

    Paula Couto
    Paula Couto
    Mi área de interés está en la intersección entre el Derecho Penal y la Empresa. En Lex Hoy desgrano las implicaciones de las leyes del código penal para mantener informados a ciudadanos y empresas sobre sus derechos y obligaciones.

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