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El Tribunal Supremo ha limitado la posibilidad de demandar una silla ergonómica para teletrabajar a determinados casos
El auge y consolidación del teletrabajo que hemos experimentado en los últimos 5 años ha provocado un gran número de dudas entre empresas y trabajadores sobre cuáles son sus derechos y obligaciones en lo relativo al teletrabajo. Por ejemplo, ¿pueden las empresas compensar los gastos del teletrabajo con días libres? ¿Un profesional tiene derecho a teletrabajar para cuidar a un familiar? ¿Es posible demandar una silla ergonómica para teletrabajar si esta clase de silla se facilita en la modalidad de teletrabajo presencial?
Aunque la Ley de trabajo a distancia aprobada en 2021 arroja las principales claves para regular el teletrabajo, muchas cuestiones específicas se han ido aclarando gracias a las sentencias de los tribunales españoles y, en especial, del Tribunal Supremo.
Pues bien, nuestro Alto Tribunal acaba de aclarar que los profesionales no pueden demandar una silla ergonómica para teletrabajar a sus empresas en cualquier circunstancia, sino que solo tienen derecho a exigirla en casos muy concretos.
El Tribunal Supremo ha llegado a esta conclusión al rechazar una demanda de conflicto colectivo presentada por la UGT frente a una compañía de referencia en el sector tecnológico.
A continuación, vamos a repasar las claves de la sentencia y a explicar en qué casos sí es posible demandar una silla ergonómica para teletrabajar de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo.
No se puede demandar una silla ergonómica para teletrabajar aduciendo desigualdad
La demanda interpuesta por UGT exigía que se facilitase una silla ergonómica a todos los trabajadores y no solo a aquellos que la necesitasen por problemas de salud, como puede ser padecer escoliosis.
Según UGT, no dotar de sillas ergonómicas a los trabajadores acogidos a la modalidad de trabajo a distancia vulneraba su derecho fundamental a la igualdad, ya que los trabajadores presenciales sí contaban con esta clase de silla.
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha rechazo este argumento al considerar que disponer de una silla específica no es una condición de trabajo como si lo son el horario o la remuneración del trabajo, donde no cabe establecer un trato desigual a las trabajadores presenciales y a los profesionales que trabajan a distancia.
No es posible demandar una silla ergonómica para teletrabajar esgrimiendo un riesgo genérico para la salud
Además, ha señalado que no se puede aducir un riesgo ergonómico genérico para demandar una silla ergonómica para teletrabajar. Es decir, el riesgo para la salud debe evaluarse teniendo en cuenta:
- El concreto puesto de trabajo de la persona.
- La distribución de su jornada.
- Los tiempos de disponibilidad que tiene acordados con la empresa.
- Los descansos y desconexiones durante la jornada laboral.
Si esto no se produce, el Tribunal Supremo considera que no existe el «deber de la empresa de adoptar una concreta medida preventiva, como proporcionar la silla ergonómica a toda la plantilla de personas trabajadoras».
Cuándo sí es posible demandar una silla ergonómica para teletrabajar
Que el Tribunal Supremo haya rechazado la demanda de conflicto colectivo planteada por la UGT no significa que no se pueda, en ningún caso, demandar una silla ergonómica para teletrabajar. De hecho, el propio TS configura los tres escenarios en que sí es posible hacerlo.
Si así lo establece el convenio colectivo de aplicación
El Alto Tribunal hace referencia expresa a la posibilidad de que la dotación de una silla ergonómica a los trabajadores que prestan sus servicios desde casa esté contemplada en el convenio colectivo de aplicación.
Por lo tanto, en aquellas empresas donde rija un convenio colectivo en que esté incluida esta medida, sí es posible demandar una silla ergonómica para teletrabajar.

Si en el acuerdo de teletrabajo se contempla este beneficio
Igualmente, el TS nos recuerda que también se puede demandar una silla ergonómica para teletrabajar cuando así se haya pactado en el acuerdo individual de trabajo a distancia concertado entre la empresa y los profesionales que teletrabajen.
En este sentido, es importante recordar que la Ley de trabajo a distancia establece que el teletrabajo es voluntario y que debe adoptarse firmando un acuerdo por escrito en el que se fijen las especificidades derivadas del teletrabajo.
Por lo tanto, si en el acuerdo firmado por un trabajador se contempla esta posibilidad, sí es posible demandar una silla ergonómica para teletrabajar.
En el caso juzgado por el Tribunal Supremo, ni el convenio colectivo, ni los acuerdos de teletrabajo recogían la posibilidad de demandar una silla ergonómica para teletrabajar.
Si se indica que es necesaria por prescripción médica
En cambio, la empresa sí proporcionaba a los trabajadores una silla ergonómica para que prestaran sus servicios a distancia cuando:
- Existía una prescripción médica.
- El servicio médico de prevención de riesgos laborales lo aprobaba.
Además, la sentencia hace hincapié en que existía un procedimiento para solicitar otra clase de material tendente a prevenir dolencias físicas como un teclado independiente, un reposapiés o una pantalla adecuada. Si bien, en el caso de la silla ergonómica era indispensable la prescripción médica.
Cómo puede un trabajador demandar una silla ergonómica para teletrabajar
El proceso para demandar una silla ergonómica para teletrabajar es muy sencillo:
- El profesional debe consultar el convenio colectivo de aplicación en su empresa o el acuerdo de teletrabajo que hubiese firmado con su empresa para saber si tiene derecho a que le entreguen una silla ergonómica.
- Si no se puede demandar una silla ergonómica para teletrabajar en base al convenio colectivo o al acuerdo de teletrabajo, es clave contar con un informe médico que evidencie dolencias físicas que exigen el uso de una silla ergonómica. Además, un médico debe haber prescrito su uso para evitar un agravamiento de lesiones o enfermedades.
- Se debe presentar una solicitud ante el responsable de prevención de riesgos laborales de la empresa.
- Si se deniega la solicitud, es posible presentar una demanda ante la jurisdicción social para que un juez, en caso de que no se llegue a un acuerdo durante la fase de conciliación, determine que el trabajador tiene derecho a que la empresa le facilite una silla ergonómica para proteger su salud, una obligación básica de las empresas. Además, también es posible reclamar una indemnización por los daños y perjuicios causados por denegar la solicitud de la silla ergonómica.
Es fundamental que las empresas cuenten con planes de prevención de riesgos laborales
El caso estudiado por el Tribunal Supremo pone de manifiesto lo importante que es para las empresas cumplir con la Ley de prevención de riesgos laborales y contar con un plan y un sistema de prevención de riesgos integral. ¿Con qué fin?
- Garantizar que se evalúan los riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores y se toman medidas adecuadas para acotarlos.
- Estudiar las medidas solicitadas por los trabajadores para determinar si son necesarias para prevenir riesgos laborales.
- Formar a los trabajadores para que sean capaces de evitar riesgos como los derivados de sentarse mal o de mantener una misma postura durante varias horas.
- Tener en cuenta la prevención de riesgos laborales a la hora de negociar acuerdos de teletrabajo.
- Evitar cuantiosas multas por no prevenir los riegos laborales, así como el abono de indemnizaciones.
En definitiva, no todos los trabajadores pueden demandar una silla ergonómica para teletrabajar, puesto que las empresas no están obligadas de una forma genérica a facilitar esta clase de equipamiento a los profesionales que trabajan a distancia.
Sin embargo, sí es posible demandar una silla ergonómica para teletrabajar cuando este derecho se recoja en el convenio colectivo o en el acuerdo de teletrabajo, o exista una prescripción médica.
En Lex Hoy tenemos un acuerdo con abogados laboralistas de toda España que tienen una amplia experiencia en el asesoramiento a empresas y trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales y teletrabajo.
Si eres un empresario y dudas de si estás obligado a dotar a algún trabajador de una silla ergonómica, puedes contactar con nosotros, estudiaremos el caso para ayudarte a cumplir con la normativa y evitar un conflicto laboral.
Si eres un trabajador que quiere demandar una silla ergonómica para teletrabajar, cuéntanos tu situación para que podamos determinar si tienes o no derecho a reclamarla.

