jueves, 11 diciembre 2025

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¿Los autónomos pueden deducir el internet de su casa en el IRPF y el IVA?

Aunque la normativa tributaria no lo ponga fácil, los autónomos pueden deducir el internet de su casa en la declaración de la Renta

Para muchos de nosotros tener internet es casi tan importante como respirar. Tanto se han digitalizado nuestras vidas y nuestros negocios que sin internet muchos profesionales y empresarios no pueden realizar sus actividades. Habida cuenta de la importancia que tiene la conexión a internet, muchos profesionales se preguntan si los autónomos pueden deducir el internet de su casa en el IRPF y el IVA soportado en las autoliquidaciones del impuesto.

Pues bien, la respuesta es que sí. La normativa tributaria de nuestro país establece que los autónomos pueden deducir el internet de su casa en el IRPF y el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) avaló, en 2023, que se pudiese deducir el IVA soportado por esta clase de gasto.

Sin embargo, la respuesta real que tenemos que darte no es tan simple en el caso del IRPF. Para poder deducir esta clase de gasto, se deben cumplir una serie de requisitos y, además, no es posible deducir el 100% de las facturas de internet, sino que se debe de aplicar una regla bastante restrictiva para calcular el porcentaje deducible.

A continuación, repasamos la normativa para aclarar en qué casos los autónomos pueden deducir el internet de su casa y, además, apuntamos algunas de las recomendaciones hechas por el Comité para la Defensa del Contribuyente para facilitar la deducibilidad de este gasto.

Qué dice la ley del IRPF sobre la deducción de los suministros domésticos

La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) regula en su artículo 30 la posibilidad de deducirse los gastos de suministros de la vivienda habitual cuando el contribuyente la use parcialmente para desarrollar su actividad económica.

Este precepto, que fue modificado por última vez en 2018, hace referencia expresa a los siguientes suministros:

  • Agua.
  • Gas.
  • Electricidad.
  • Telefonía.
  • Internet.

Por lo tanto, con la ley en la mano, es posible asegurar que los autónomos pueden deducir el internet de su casa en el IRPF.

Eso sí, se deben cumplir los tres requisitos básicos para deducirse gastos en la Renta:

  1. El uso de internet debe estar vinculado a la actividad económica del profesional o el empresario.
  2. El autónomo debe conservar las facturas emitidas por su compañía de internet.
  3. El profesional o empresario tiene que haber registrado los gastos de internet en sus libros contables.

Los autónomos pueden deducir el internet de su casa en la Renta solo si cumplen los tres requisitos, de lo contrario, se exponen a que Hacienda compruebe sus declaraciones o ser objeto de inspecciones y sanciones tributarias.

La importancia del espacio de casa que dedican a su actividad

No todo son buenas noticias. La ley da una cal y otra de arena. ¿Por qué? Los autónomos pueden deducir el internet de su casa en la Renta, pero solo en una parte.

Para determinar el porcentaje a deducir, la normativa incluye dos reglas a tener en cuenta.

En primer lugar, la LIRPF indica que los autónomos deben determinar qué superficie de sus viviendas dedican a sus actividades económicas.

Es decir, si un abogado trabaja desde casa, debe calcular la superficie de la habitación que usa como despacho.

¿Cuál es el objetivo de esta regla? Calcular qué parte de los gastos de internet corresponden al área personal de la casa y cuáles al área profesional o empresarial.

Aunque los autónomos pueden deducir el internet de su casa en la Renta, la ley no se lo pone fácil

Los autónomos pueden deducir el internet de su casa… Pero existe un límite

La segunda regla a tener en cuenta a la hora de calcular los gastos de internet deducibles en el IRPF es que se debe aplicar un porcentaje del 30% al porcentaje de la casa afecto a la actividad económica, «salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior».

Esto implica que, efectivamente, los autónomos pueden deducir el internet de su casa en la Renta, pero el porcentaje del gasto que es deducible resulta bastante reducido.

Veámoslo mejor con un ejemplo. Si un arquitecto que trabaja desde un despacho de 15 m2 en su casa de 100 m2 quiere deducirse los gastos de internet, que en el total anual ascienden a 500€, debe:

  • Calcular el porcentaje de la casa afecto a la actividad: el 20%.
  • Calcular el porcentaje de la deducción (30% x 20%), que sería de tan solo el 6%.
  • Aplicar dicho porcentaje a los gastos totales anuales: Tan solo 30€.

Qué propone el CDC para garantizar que los autónomos pueden deducir el internet de su casa en el IRPF

Habida cuenta de lo que venimos de exponer, resulta evidente que los autónomos pueden deducir el internet de su casa, pero el beneficio fiscal de esta acción está muy limitado por las reglas impuestas por la normativa actual.

De hecho, el Comité para la Defensa del Contribuyente, un organismo público adscrito al Ministerio de Hacienda, elaboró un informe sobre los gastos deducibles de los autónomos que son problemáticos al abonar el IRPF y, entre ellos, se incluyen los suministros domésticos.

Según el CDC, la actual normativa no está adaptada a la realidad en la que vivimos, menos aún si tenemos en cuenta el auge del teletrabajo, especialmente entre algunos profesionales autónomos.

Por lo tanto, el CDC propone:

  1. Ampliar los porcentajes de deducción de los suministros domésticos.
  2. Simplificar la regla de cálculo de las deducciones, «ya que la existente en la actualidad es tan compleja que, en muchas ocasiones, su aplicación genera un coste superior al beneficio derivado de la deducción del gasto».

Qué pasa con el IVA soportado en las facturas de internet

A diferencia de la Ley del IRPF que sí establece que los autónomos pueden deducir el internet de su casa en la Renta, la Ley del IVA niega esta posibilidad.

Así, su artículo 95 establece que «los empresarios o profesionales no podrán deducir las cuotas soportadas o satisfechas por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que no se afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesional».

Además, también estipula con claridad que no se consideran afectos directa y exclusivamente «los bienes o servicios que se utilicen simultáneamente para actividades empresariales o profesionales y para necesidades privadas», entre los que se encuentran los gastos de internet del domicilio de un autónomo.

Sin embargo, el TEAC concluyó en 2023 que este artículo de la ley colisiona con la directiva europea del IVA, en la que sí se ampara el derecho a deducir el IVA soportado por los suministros domésticos.

¿Cuál fue la solución dictada por el TEAC teniendo en cuenta que el Derecho de la UE goza de primacía sobre el nacional?

  1. es posible deducirse las cuotas de IVA soportado en los gastos de suministro de una casa cuando el profesional o empresario autónomo realice sus actividades desde ella.
  2. «La deducción de dichas cuotas deberá efectuarse de manera proporcional a su utilización a efectos de las actividades». Por lo tanto, entra en juego, de nuevo, el espacio que se dedica a las actividades económicas dentro de la casa.

De tal forma que solo se pueden deducir las cuotas del IVA soportado correspondientes al porcentaje de la casa afecto a la actividad económica.

En definitiva, como sucede con la posibilidad de deducir los gastos de una furgoneta en el IRPF, Hacienda busca dificultar la deducibilidad de los gastos de internet en el IRPF. Sin embargo, los autónomos pueden deducir el internet de su casa en el IRPF, aunque sea en una cuantía limitada y no deben renunciar a este derecho.

Igualmente, como consecuencia del dictamen del TEAC, la Dirección General de Tributos cambió sus criterios y también permiten la deducción de las cuotas del IVA soportado en las facturas de internet. Eso sí, limitándolas al porcentaje de la casa dedicado a la actividad económica.

Además, ha crecido la presión en los últimos años para que se apliquen cambios normativos para facilitar la deducibilidad de estos gastos en la Renta y aumentar el porcentaje de gastos deducibles.

Mientras estos cambios no se aprueban, en Lex Hoy contamos con un equipo de abogados y asesores fiscalistas que tienen a sus espaldas una larga trayectoria asesorando a autónomos y elaborando sus declaraciones tributarias. Si eres un empresario o profesional autónomo, no dudes en contarnos tu situación para que te ayudemos a deducir en la Renta todos los gastos afectos a tu actividad económica, así como a elaborar las autoliquidaciones del IVA de la forma más favorable fiscalmente.

    Laura Díaz
    Laura Díaz
    No sé si Hacienda somos todos, pero intento desgranar las claves de nuestro régimen tributario para que los ciudadanos y las empresas puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, a la vez que salvaguardan sus intereses.

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