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Los ciudadanos de Andalucía, la Comunidad Valenciana, Murcia y La Rioja sí pueden deducir los gastos del gimnasio en la Renta 2025
El 16,5% de los ciudadanos españoles van al gimnasio. Es decir, casi 2 de cada 10 españoles adultos acuden a esta clase de instalaciones para cuidar su forma física y mejorar su salud. Este dato da buena muestra de la importancia que juegan los gimnasios en el día a día de millones de personas y del impacto económico de esta actividad. Por ello, muchos ciudadanos se preguntan si es posible deducir los gastos del gimnasio en la Renta 2025. De tal manera que se contribuye a abaratar el coste de los servicios de los gimnasios y se fomente, desde el sector público, que las personas realicen actividades físicas beneficiosas para su salud.
Aunque las demandas para aprobar la posibilidad de deducir los gastos del gimnasio en la Renta 2024 han ido en aumento en los últimos años, este incentivo fiscal solo existe, actualmente, en cuatro comunidades autónomas: Andalucía, Murcia, La Rioja y la Comunidad Valenciana.
Así, los ciudadanos afincados en estos territorios y que hayan ido al gimnasio durante el año 2023, podrán, en la actual campaña del IRPF, que comienza el 8 de abril y termina el 30 de junio de 2026, deducir los gastos del gimnasio en la Renta. De tal manera que la carga impositiva se aminore. Esto es posible gracias a las deducciones autonómicas que ambas comunidades han aprobado.
¿Qué sucede con el resto de ciudadanos españoles? Tendrán que esperar a que las comunidades en las que tienen su lugar de residencia aprueben deducciones análogas en los próximos años.
A continuación, vamos a abordar dónde se pueden deducir los gastos del gimnasio en la Renta 2025, qué requisitos se deben cumplir y qué documentación es necesario tener para disfrutar de esta deducción que reduce la carga tributaria.
Cómo deducir los gastos del gimnasio en la Renta de Andalucía
Hasta este año, no era posible deducir los gastos del gimnasio en esta comunidad autónoma. Es decir, que Andalucía estrena esta deducción en el IRPF. ¿Qué gastos están incluidos? Las cuotas pagadas para pertenecer o usar gimnasios y centros, clubes, federaciones o secciones deportivos.
¿A cuánto ascienden estas deducciones?
Se puede deducir el 15% de las cuotas pagadas a lo largo del año, con un límite máximo de 100 euros.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Básicamente, disponer de las pruebas documentales que permitan acreditar los gastos realizados: facturas, justificantes de pago, etc. Estos documentos deberán conservarse durante cuatro años por si son exigidos por la Agencia Tributaria.
Cómo deducir los gastos del gimnasio en la Renta de la Comunidad Valenciana
Para el año fiscal 2025, la Comunidad Valenciana aprobó la posibilidad de deducir los gastos del gimnasio en la Renta a través de una línea de deducciones que busca ayudar a costear los gastos ocasionados por practicar deporte o llevar a cabo actividades saludables.
La normativa incluye expresamente la matrícula y las cuotas del gimnasio dentro de los gastos deducibles. Así como otros conceptos como los servicios prestados por nutricionistas o fisioterapeutas o el importe de las fichas de las federaciones deportivas.
¿A cuánto ascienden estas deducciones?
- El 30% del dinero gastado en la práctica del deporte o en realizar actividades beneficiosas para la salud.
- El 50% de dicho importe si el contribuyente:
- Tiene más de 65 años.
- Acredita una discapacidad del 33% o superior.
- El 100%, para aquellos casos en los que los declarantes del IRPF:
- Tengan más de 75 años.
- Acrediten un grado de discapacidad del 65% o superior.
Sea como fuere, la deducción máxima que pueden disfrutar los contribuyentes valencianos por gastos deportivos es de 150 euros.
Asimismo, es importante destacar que la posibilidad de deducir los gastos del gimnasio no solo se extienden al contribuyente, sino también a su cónyuge, ascendientes y descendientes que se tengan en cuenta para los mínimos familiares en el IRPF.
También se debe tener en cuenta que, en caso de que, por ejemplo, dos progenitores deseen deducir el dinero que emplearon para que un hijo fuese al gimnasio, el importe de la deducción se prorrateará entre ambos.
¿Qué requisitos se deben cumplir para deducir los gastos del gimnasio?
- El resultado de sumar la base liquidable general y la del ahorro no puede ser mayor a:
- 32.000 euros si se hace la declaración de manera individual.
- 48.000 euros en caso de declaración conjunta.
- Disponer de facturas o justificantes de pago que acrediten los gastos del gimnasio.
- Haber realizado el pago a través de tarjeta bancaria, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Es decir, los pagos no pueden haberse abonado con dinero en metálico.

Cómo deducir los gastos del gimnasio en la Renta de la Región de Murcia
Al igual que Andalucía, Murcia también estrena la posibilidad de deducir los gastos del gimnasio en la Renta. Para ser precisos, se considerarán gastos deducibles:
- Los servicios prestados en gimnasios y centros deportivos.
- Las cuotas abonadas para pertenecer a federaciones deportivas.
- Los servicios de entrenamiento llevados a cabo por técnicos o entrenadores deportivos.
- Las clases de pilates y yoga.
Es posible para un contribuyente deducir los gastos del gimnasio en la Renta efectuados por él, su cónyuge o las personas que dan derecho a la aplicación de los mínimos familiares, generalmente, los hijos no emancipados.
¿A cuánto ascienden estas deducciones?
Por norma general, es posible deducir el 30% de los gastos asumidos a lo largo del año con un límite máximo de 150 euros. Si bien, en el caso de que los gastos sean sufragados por personas mayores de 65 años, se puede deducir el 100% de los gastos, aunque sigue existiendo el límite de 150 euros.
¿Qué requisitos se deben cumplir para deducir los gastos del gimnasio?
La normativa establece que para poder deducir los gastos del gimnasio en la Renta en Murcia la suma de la base imponible general y del ahorro no puede ser superior a 25.000 euros (declaración individual) o 40.000 euros (conjunta).
Además, es obligatorio justificar las cantidades pagadas mediante factura, que debe conservarse.
Cómo deducir los gastos del gimnasio en la Renta de La Rioja
Los ciudadanos con domicilio en La Rioja también pueden deducir los gastos del gimnasio en la Renta 2025, puesto que se contemplan deducciones para ayudar a las familias a sufragar servicios ligados al ejercicio físico y la realización de prácticas deportivas. De hecho, la norma recoge en primer lugar los servicios que se prestan «en gimnasios e instalaciones deportivas».
¿A cuánto ascienden estas deducciones?
- El 30% de los gastos generados por el contribuyente, su cónyuge o las personas que den derecho a aplicar el mínimo personal y familiar en el IRPF.
- El 100% del dinero gastado en caso de personas con más de 65 años o un grado de discapacidad del 33% o superior.
El límite máximo de esta deducción asciende a los 300 euros, el doble que en la Comunidad Valenciana y se prorrateará entre los contribuyentes que tengan derecho a ella.
¿Qué requisitos se deben cumplir para deducir los gastos del gimnasio?
La normativa en vigor establece dos grandes requisitos para poder deducir los gastos del gimnasio en la Renta:
- Los servicios de gimnasio y prácticas deportivas debieron disfrutarse en 2024 y dentro de la comunidad autónoma de La Rioja.
- Es imprescindible disponer de facturas completas u ordinarias para poder justificar los gastos en caso de que la Agencia Tributaria lo demande.


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