jueves, 4 diciembre 2025

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Distancia entre domicilios en la custodia compartida. 4 requisitos

La distancia entre domicilios en la custodia compartida no puede perjudicar el día a día del menor y es importante tener en cuenta la localización del colegio

Entre Rentería (País Vasco) y Jerez de la Frontera (Andalucía) hay 1.000 km de distancia y todo un país en el medio. Sin embargo, un juzgado donostiarra consideró que el hecho de que un padre viviese en ese ayuntamiento del norte y la madre de su hijo estuviese radicada en la ciudad gaditana, no era óbice para que pudiesen disfrutar de la custodia compartida del niño hasta que tuviese que ser escolarizado. De tal forma que el menor pasase tres semanas en el norte y otras tres semanas en el sur de manera rotatoria.

El caso acabó llegando al Tribunal Supremo que puso fin a esta situación al entender que la distancia entre domicilios en la custodia compartida es un elemento esencial para optar por este sistema de cuidado y guarda de los menores.

¿Por qué? Si la distancia entre domicilios en la custodia compartida es demasiado elevada, se corre el riesgo de «provocar alteraciones en el régimen de vida del menor» y, por lo tanto, socavar el elemento central a la hora de decidir el régimen de custodia: el interés del menor.

¿Qué dice la normativa española sobre la distancia entre domicilios en la custodia compartida? ¿Y la jurisprudencia? ¿Existen requisitos que se deben cumplir? A continuación, abordamos todas las claves a tener en cuenta sobre la distancia entre domicilios en la custodia compartida.

El Código Civil no regula la distancia entre domicilios en la custodia compartida

La principal norma a la que debemos acudir al abordar la distancia entre domicilios en la custodia compartida es el artículo 92 del Código Civil. Este precepto establece que:

  • Se debe acordar la guarda y custodia compartida de los hijos, si así lo acuerdan los padres en el convenio regulador o si se llega a un acuerdo durante el procedimiento judicial.
  • Antes de fijar el régimen de custodia, el juez debe:
    • Recabar el informe del fiscal.
    • Oír a los menores si tienen el juicio suficiente para expresar su opinión.
    • Valorar las alegaciones de los progenitores y las pruebas.
    • Evaluar la relación que tienen los padres entre sí y con sus hijos.
  • No deberá establecerse la custodia compartida cuando:
    • Alguno de los progenitores se encuentre en el medio de un proceso penal por intentar atentar contra la vida, la integridad, la libertad o la indemnidad del otro cónyuge o de los hijos.
    • El Juez considere que existen indicios de violencia doméstica o de género.

Es decir, no se establecen legalmente requisitos relacionados con la distancia entre domicilios en la custodia compartida.

Sin embargo, los juzgados españoles han ido estableciendo los criterios que se deben tener en cuenta para asegurarse de que la distancia entre domicilios no afecte al interés superior del menor.

Cuatro requisitos de la distancia entre domicilios en la custodia compartida

No existe una respuesta uniforme sobre la relación entre custodia compartida y distancia entre domicilios. En gran medida porque la ley no establece unos requisitos de la distancia entre domicilios en la custodia compartida. Esto implica que:

  • No podamos acudir a una cifra exacta a partir de la cual no se debe conceder la custodia compartida.
  • Sea necesario estudiar caso a caso.
  • Se deben tener en cuenta no solo la distancia entre los domicilios de los progenitores, sino también otras cuestiones que contribuyen a matizar dicha distancia.

¿Cuáles son los criterios que se han ido fijando jurisprudencialmente para determinar si la distancia entre domicilios en la custodia compartida puede afectar negativamente al menor?

1. Distancia entre los dos hogares del menor

La distancia entre los dos domicilios en la custodia compartida no debe ser tan grande que afecte negativamente al desarrollo del menor, por ejemplo, a la hora de tener amigos y crear lazos afectos, y dificulte la guarda compartida.

Habitualmente, los tribunales están aceptando distancias de hasta 30 kilómetros entre los dos hogares del menor.

2. Distancia entre cada domicilio y el colegio

La distancia a la que se encuentra el colegio al que acude el menor con respecto a sus dos domicilios. Si las dos casas de los progenitores se encuentran a 30 kilómetros de distancia, a priori podría establecerse la custodia compartida.

Pero si el colegio se encuentra a 15 kilómetros de una y a 45 kilómetros de la otra, es plausible que el juez determine que los beneficios del régimen de custodia compartida no compensarían el impacto negativo de las distancias que debe recorrer el niño.

Por el contrario, si el colegio se encuentra entre ambas casas, podríamos estar ante un factor que contribuye a que la distancia entre domicilios en la custodia compartida no afecta al interés del menor.

De hecho, si el colegio se encuentra en el medio, muchos juzgados reconocen la custodia compartida a pesar de distancias de 50 kilómetros.

La distancia entre domicilios en la custodia compartida no puede ser tan grande que perjudique al menor

3. La duración de los trayectos

El tipo y estado de las carreteras que unen los domicilios entre sí y con el colegio. La distancia entre domicilios en la custodia compartida debe analizarse teniendo en cuenta que lo verdaderamente importante no es la separación geográfica, sino el tiempo que se necesita invertir para superarla.

En función del tipo de carretera y de la orografía del terreno es posible hacer antes el recorrido entre dos casas separadas por 50 kilómetros que completar el trayecto entre dos domicilios separados tan solo por 15 kilómetros.

Al fin y al cabo, en una autopista se puede conducir a 120 km por hora, en una carretera rural de montaña, es probable que no se puedan superar los 50 km por hora.

De la misma manera, no es igual que los trayectos se puedan realizar sin incidencias que el hecho de que para llevar al menor a su colegio haya que sufrir retenciones diarias porque la vía está muy transitada.

4. Alternativas de transporte

¿Al hablar de la distancia entre domicilios en la custodia compartida debemos partir de la premisa de que los trayectos solo se realizan por carretera y en coche particular? No. En muchos casos, sobre todo cuando los progenitores viven en ciudades o pueblos grandes, existen otras alternativas de transporte.

Esto juega a favor de que la distancia entre domicilios en la custodia compartida no afecte al menor, ya que sería posible que efectuara sus trayectos de varias maneras.

Dicha circunstancia es relevante, sobre todo, cuando los hijos son menores, pero ya se desplazan solos al colegio o a los domicilios de sus padres. Si pueden emplear transporte público como autobuses, trenes o metro, les resultará más sencillo que la distancia entre sus dos hogares no repercuta negativamente en su día a día y su desarrollo personal.

Cómo se debe actuar cuando los progenitores que no viven en la misma ciudad o pueblo

Lo más beneficioso para los menores suele ser que los padres sean capaces de pactar la custodia compartida mediante la elaboración del convenio regulador.

Por eso, a la hora de redactar y negociar el convenio regulador de la custodia compartida es recomendable que los progenitores, en aras de proteger a sus hijos, tengan en cuenta cómo les pueden afectar la distancia entre sus dos hogares.

Así, aunque no sea relevante al diseñar el convenio, es aconsejable acordar que el menor acudirá a un colegio situado a una distancia razonable y similar de los dos domicilios.

¿Qué pasa si los padres no son capaces de ponerse de acuerdo sobre la custodia? Los progenitores que deseen disfrutar de la custodia compartida de sus hijos deben poder probar ante el juez que la distancia entre domicilios en la custodia compartida no afectarán negativamente a los menores y tomar las medidas necesarias para reducir dichas distancias. De lo contrario, se exponen a que el juez otorgue la guarda a uno solo de los progenitores.

En definitiva, la distancia entre domicilios en la custodia compartida no está prohibida, pero los tribunales españoles las han ido delimitando con el paso de los años. De tal forma que dos padres pueden conseguir la custodia compartida de un hijo, aunque vivan en ciudades distintas, si las distancias no suponen una inversión de tiempo mayúsculo y si la asistencia al colegio por parte del menor no se ve alterada de manera trascendental.

Al fin y al cabo, tanto si se pacta la custodia compartida, como si se reclama por vía judicial, lo más importante siempre es el interés superior del menor.

En Lex Hoy trabajamos codo con codo junto a abogados especializados en Derecho de Familia que pueden estudiar tu caso y ofrecerte un asesoramiento integral en materia de custodia compartida.

    Silvia Pérez
    Silvia Pérez
    Divorcios, custodia de los hijos, herencias, parejas de hecho, hipotecas... En mis artículos abordo las áreas clave del Derecho Civil para informar a los ciudadanos y ayudarles a gestionar con éxito situaciones complejas como una separación o un conflicto sucesorio.

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