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¿Se pueden reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia?

Una sentencia abre la puerta a reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia y no solo por intereses abusivos

Actualmente, todas las entidades de crédito de nuestro país comercializan sus propias tarjetas revolving. De hecho, compañías como Carrefour disponen de su propia tarjeta de crédito de este tipo. De ahí que entre las tarjetas revolving que se ofrecían a los consumidores antaño y las actuales, el listado de tarjetas revolving de España supere las 200.

Pero, ¿qué es una tarjeta revolving? Esta tipología de tarjeta de crédito se caracteriza porque permite a los consumidores endeudarse de manera ágil y devolver el dinero que les ha sido prestado en pequeñas cuotas y cómodos plazos. Sin embargo, las tarjetas revolving tienen una cara B: son productos complejos de entender, los intereses son muy elevados y el sistema de amortización provoca que las deudas se eternicen en el tiempo acumulando intereses, gastos y comisiones.

Por ello, han sido objeto de toda clase de reclamaciones por parte de los consumidores. Y la Justicia ha ido poniendo coto al funcionamiento y la comercialización de las tarjetas revolving a través de sentencias que buscan proteger los intereses de los consumidores de acuerdo a la normativa europea y española.

Los intereses usurarios, la principal vía para reclamar tarjetas revolving

Hasta ahora, la mayoría de reclamaciones de tarjetas revolving giraban en torno a los intereses que estipulaban algunos de estos productos. ¿Por qué? Los consumidores consideraban que los intereses eran abusivos y usurarios.

Tras múltiples sentencias, finalmente el Tribunal Supremo fijó su doctrina en 2023 determinando que deben considerarse intereses abusivos todos los que superen en 6 puntos los intereses medios en el mercado de esta clase de productos. Para conocer este dato basta con acudir al Tipo Efectivo Definición Restringida (TEDR) que publica el Banco de España de manera mensual.

Así, la doctrina de los 6 puntos ha permitido a miles de consumidores reclamar tarjetas revolving por intereses usurarios.

Sin embargo, no solo los intereses pueden resultar abusivos y muchas reclamaciones están poniendo el foco sobre el proceso de contratación de los productos y la información precontractual que se facilita a los consumidores.

Reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia de los bancos antes de contratarlas

Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid ha analizado una de las tarjetas revolving más famosas de nuestro país: la Carrefour Pass. El tribunal considera que los intereses de esta tarjeta que ascienden al 21,99 TAE no son usuarios, ya que no superan en 6 puntos los intereses medios de esta clase de productos. Puesto que cuando se contrató la tarjeta a finales de 2019, el TEDR de las revolving se situaba en los 19,63 puntos, algo menos de 2 puntos por debajo de la TAE del contrato de la Carrefour Pass.

Si bien, debemos tener claro que el TEDR y la TAE no son equiparables, ya que el TEDR no contiene gastos y comisiones que sí se incluyen en la TAE, de ahí que esta sea siempre más elevada.

Sin embargo, la AP de Madrid ha procedido a anular la tarjeta revolving objeto de denuncia. ¿Por qué? La deficiente información precontractual facilitada al consumidor. Esto implica que sea posible reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia.

Concretamente, el tribunal ha dictaminado que el proceso de comercialización no se ajustó a lo dispuesto en la Ley de Contratos de Crédito al Consumo (LCCC). Dicha norma obliga a las entidades de crédito a facilitar a los consumidores toda la información sobre el producto en un momento previo a la firma del contrato.

En cambio, muchas entidades de crédito no otorgan esta información hasta el mismo momento de la firma.

Al reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia se puede obtener la devolución de todos los gastos realizados que no sean la devolución de la deuda

¿Por qué la no suministración de esta información permite reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia?

Sin la información sobre el producto, el cliente no puede conocer en qué consiste, cómo se amortiza la deuda o cómo se calculan los intereses. Además, tampoco puede comparar el producto que le ofrece la entidad con otros similares de la competencia.

Como consecuencia de ello, el consumidor no es plenamente consciente de las obligaciones financieras y legales que va a asumir, ni de las consecuencias que tendrá para su situación económica.

De tal manera que no solo se incumple la LCCC, sino también la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores. Ya que la falta de información provoca que el contrato se formalice en una situación de desigualdad notoria entre la entidad de crédito y el consumidor.

Por todo ello, la Audiencia Provincial de Madrid considera que es posible reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia durante el proceso de contratación.

Información precontractual de las tarjetas revolving desde 2020

El caso juzgado por la AP de Madrid versaba en torno a una tarjeta revolving contratada en 2019. En aquel momento, la normativa en vigor no era tan exhaustiva como en la actualidad en lo relativo a la información precontractual de este tipo de producto.

Esta situación cambió a mediados de 2020, cuando se aprobó la Orden ETD/699/2020 de regulación del crédito revolvente. Esta orden establece cuatro requisitos indispensables que debe cumplir la documentación precontractual:

  1. Se debe señalar con claridad que el producto presenta una modalidad de pago revolving.
  2. Es necesario aclarar si es posible capitalizar las cantidades vencidas que son exigibles y que aún no se han satisfecho.
  3. Hay que dejar claro si se puede modificar la modalidad de pago establecida en el contrato, ya sea por parte de la entidad de crédito o a solicitud del consumidor.
  4. Es indispensable aportar un ejemplo de crédito «con dos o más alternativas de financiación».

Si se incumple alguno de estos requisitos es posible reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia firmadas a partir de julio de 2020.

¿Qué se puede obtener al reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia?

Si se procede a reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia y se logra que la Justicia estime que existe nulidad contractual se producirán las siguientes consecuencias:

  • La tarjeta se anulará, porque a diferencia de otros productos con cláusulas abusivas, no puede subsistir el contrato de la tarjeta revolving si se produjo falta de transparencia.
  • El consumidor solo tendrá que devolver a la entidad de crédito el dinero que esta le prestó.
  • El cliente no deberá sufragar gastos, comisiones e intereses remuneratorios y de demora.
  • La entidad financiera deberá devolver los intereses y gastos pagados de más por el consumidor.

A la espera del TS y la importancia de argumentar bien la demanda judicial

Antes de finalizar este artículo, debemos hacer hincapié en que esta sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid supone un nuevo hito en torno a la posibilidad de reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia. Sin embargo, aún debemos conocer cuál será el posicionamiento del Tribunal Supremo que, como señalamos antes, sí ha validado la reclamaciones de estos productos cuando presenten intereses remuneratorios abusivos.

Por eso, si has contratado una tarjeta revolving sin haber recibido la suficiente información previa por parte de tu entidad de crédito, te recomendamos que acudas a un abogado especializado en Derecho Bancario. Este jurista estudiará tanto las cláusulas de tu contrato como la información previa facilitada por la entidad financiera para diseñar una estrategia legal adecuada para reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia.

Esto es fundamental porque a diferencia de las reclamaciones por intereses abusivos, demostrar la ausencia de información precontractual o su tardía facilitación requiere trabajar más a fondo la demanda judicial y ser capaces de demostrar la falta de transparencia que se alega.

    Sergio Ribas
    Sergio Ribas
    Estoy especializado en información económica y en productos financieros. En LexHoy me encargo de cubrir los cambios normativos y las novedades jurídicas que afectan al sector financiero y a los consumidores.

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