Las claves de una sentencia pionera sobre la nulidad de las hipotecas IRPH
La anulación del IRPH en las hipotecas por falta de transparencia puede conllevar que los consumidores escojan entre finalizar el contrato o aplicar el Euríbor
Hace unos días ya pronosticábamos que íbamos a hablar mucho de las hipotecas IRPH en 2025 y el tiempo no ha tardado en darnos la razón.
Los juzgados españoles ya están aplicando la nueva doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre los contratos hipotecarios cuyos intereses están referenciados al Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH).
El Juzgado de Primera Instancia nº5 de Pamplona ha emitido una sentencia pionera sobre la anulación del IRPH en las hipotecas. Este juzgado ha aplicado el dictamen del TJUE al declarar que la cláusula de los intereses de un contrato hipotecario es abusiva porque el banco fue poco transparente al negociar el contrato con la clienta.
Además, aborda las consecuencias de la anulación del IRPH en las hipotecas con respecto a:
- La devolución de parte de los intereses abonados por los consumidores.
- Lo que va a suceder con los contratos hipotecarios tras la anulación del IRPH en las hipotecas por falta de transparencia.
A continuación, desgranamos las claves de una sentencia que evidencia que miles de ciudadanos pueden conseguir la anulación del IRPH en las hipotecas por falta de transparencia durante la fase precontractual.
La doctrina del TJUE sobre la falta de transparencia de las hipotecas IRPH
A mediados de diciembre de 2024, el Tribunal de Luxemburgo emitió un fallo que abrió la posibilidad de declarar la nulidad de las hipotecas IRPH por la deficiente información facilitada a los consumidores antes de la firma del contrato.
En esencia, el TJUE considera que se puede proceder a la anulación del IRPH en las hipotecas cuando los bancos no hubiesen:
- Remitido claramente a los consumidores a la información pública sobre el funcionamiento del IRPH y sus riesgos recogida en el BOE y en una circular del Banco de España que recomendaba a los bancos aplicar un diferencial negativo para compensar que el IRPH tenga en cuenta el abono de comisiones y otros gastos.
- Facilitado a los consumidores una definición completa del índice, ni les hayan informado sobre la advertencia del Banco de España ni sobre las consecuencias que puede tener para ellos referenciar los intereses al IRPH.
- Ofrecido una comparativa entre el uso del IRPH y el empleo de otros índices como el Euríbor para calcular los intereses.
Solo mediante la aportación de esta información se puede garantizar que el consumidor comprende cómo funciona el IRPH, qué riesgos corre al referenciar los intereses a dicho índice y cuáles son sus diferencias con otra manera de calcularlos, como el uso del Euríbor.
El TJUE no aclaró las consecuencias de la anulación del IRPH en las hipotecas
Más allá de abordar la anulación del IRPH en las hipotecas, el TJUE también sentó las bases que deben tener en cuenta los juzgados españoles para determinar las consecuencias de dicha anulación.
Habida cuenta de que la cláusula que fija los intereses es crítica para la viabilidad del contrato hipotecario y para evitar, por lo tanto, que la anulación del IRPH en las hipotecas conllevase la anulación total de los contratos y la devolución inmediata del montante prestado, el TJUE dictaminó que los juzgados españoles:
- Tienen la capacidad de sustituir la referenciación al IRPH por «una disposición supletoria de Derecho nacional». Lo que abre la puerta a que se legisle una reforma legal que determine, por ejemplo, que todas las hipotecas referenciadas al IRPH pasen a estarlo al Euríbor. O que se establezca un diferencial negativo en todas las hipotecas IRPH para compensar los efectos negativos de su método de cálculo.
- No pueden limitarse a modificar la cláusula abusiva y, por ende, nula. Esto se traduce en que un juzgado no puede dictaminar que los intereses pasen de ser variables a fijos.
- No es posible dictaminar que los bancos tienen derecho a recuperar todo el dinero prestado que aún no le ha sido devuelto más los «intereses calculados al tipo legal» desde que se constituyó la hipoteca.

Una sentencia innovadora abre dos opciones para los consumidores que consigan la anulación del IRPH en las hipotecas
Pues bien, esta doctrina del TJUE sobre la anulación del IRPH en las hipotecas ya se está aplicando en nuestro país. Como señalamos al inicio de este artículo, un juzgado navarro ha sentenciado que la cláusula de una hipoteca concertada en 1998 que referenciaba los intereses al IRPH es abusiva y nula. ¿Por qué? No se le facilitó a la clienta la información necesaria para:
- Saber cómo funcionaba el índice.
- Entender las consecuencias económicas que conllevaría aplicarlo.
- Comparar el cálculo de los intereses aplicando el IRPH y aplicando otras fórmulas como la referenciación al Euríbor.
¿Cuál es la consecuencia de la anulación del IRPH en las hipotecas según este juzgado? Habida cuenta de lo establecido por el TJUE, la jueza ha planteado dos opciones que puede escoger la hipotecada:
- Optar por la resolución del contrato hipotecario.
- Pasar a pagar los intereses de acuerdo al Euríbor u otro índice tras una integración del contrato.
Devolución de los intereses abonados de más por aplicar el IRPH
Además de plantear las consecuencias de la anulación del IRPH en las hipotecas a futuro, la sentencia también aborda las consecuencias con respecto al periodo de tiempo en que la cláusula nula estuvo en vigor.
Así, el juzgado entiende que la anulación del IRPH en las hipotecas por falta de transparencia en la negociación del contrato da derecho a los consumidores a:
- Recuperar parte de los intereses que abonaron hasta la anulación del IRPH en las hipotecas. ¿Cómo se determina la cuantía a devolver? Esta sentencia apunta a que os consumidores tienen derecho a recuperar la diferencia entre los intereses que pagaron por habérseles aplicado el IRPH y los que habrían tenido que abonar si sus hipotecas hubiesen estado referenciadas al Euríbor.
- Obtener los intereses legales calculados desde la firma del contrato hipotecario.
A ello deberíamos sumar el abono de las costas procesales a cargo de las entidades bancarias.
Por lo tanto, la anulación del IRPH en las hipotecas podría traducirse en importantes cuantías económicas que pueden recuperar los consumidores, así como en la integración del contrato para abonar los intereses de acuerdo al Euríbor hasta la finalización de la hipoteca.
Un primer paso en un camino que terminará en el Tribunal Supremo
Es importante destacar que, aunque esta sentencia abre una vía de gran relevancia para miles de ciudadanos que han contratado hipotecas IRPH, se trata solo de una sentencia de un Juzgado de Primera Instancia. Por lo tanto, deberemos estar atentos a cómo aplican la doctrina del TJUE otras instancias y, sobre todo, el Tribunal Supremo.
Así, la jurisprudencia del TS resultará clave para fijar definitivamente las consecuencias de proceder a la anulación del IRPH en las hipotecas porque la información facilitada a los consumidores fue deficiente y no les permitió comprender a qué se estaba exponiendo y cuáles iban a ser las consecuencias económicas que tendrían que asumir.
Por lo tanto, ¿qué debe hacer un ciudadano que tiene una hipoteca referenciada al IRPH? En primer lugar, buscar el asesoramiento de abogados especializados en Derecho Hipotecario. En segundo lugar, llevarle las escrituras y cualquier documento facilitado por el banco antes de la firma del contrato.
El jurista analizará toda la información para dilucidar si el banco cumplió con los requisitos fijados por el TJUE o si, por el contrario, es posible conseguir la anulación de la cláusula que fija los intereses de acuerdo al IRPH. Y, a partir de ahí, diseñará una estrategia legal para conseguir la nulidad de la cláusula abusiva y permitir al consumidor beneficiarse de dicha nulidad.
Tras años batallando, las últimas sentencias sobre la anulación del IRPH en las hipotecas permiten a miles de hipotecados ver la luz al final del túnel y contemplar un escenario en el que pueden recuperar parte de los intereses que abonaron durante años, a la vez que ven reducido el importe de los intereses que aún deberán asumir mientras no devuelvan todo el dinero que les fue prestado.