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Las hipotecas IRPH pueden ser declaradas abusivas por falta de transparencia e información, lo que permitiría a los hipotecados recuperar los intereses que abonaron
Hay pocas palabras que generen más respeto entre los ciudadanos que el sustantivo hipoteca. La gran mayoría de las personas necesitan contratar un préstamo hipotecario para poder comprarse una casa, un piso o un local comercial. En los últimos años, las hipotecas han protagonizado múltiples conflictos judiciales, ya sea por la presencia de cláusulas abusivas o por las sentencias que han versado en torno a las hipotecas IRPH.
Este tipo de contratos hipotecarios se caracterizan porque sus intereses son variables y no se fijan en base al Euríbor, el índice por antonomasia, sino que se referencian al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH).
En este artículo, vamos a responder a las 4 preguntas más importantes sobre las hipotecas IRPH, teniendo en cuenta las diversas decisiones judiciales que se han producido en los últimos años.
¿Qué son las hipotecas IRPH y cuántas hay en España?
Arranquemos por el inicio, ¿qué son las hipotecas IRPH exactamente? Se tratan de hipotecas variables en las que los intereses fluctúan en función del IRPH, un índice que publica el Banco de España de manera mensual. ¿Cómo se calcula este indicador?
He aquí gran parte del problema. Su cálculo es bastante opaco porque busca reflejar el coste medio de los tipos de interés de las hipotecas a 3 o más años. Es decir, supone una media de los intereses de las hipotecas que acuerdan las entidades bancarias de nuestro país con sus clientes.
El objetivo del IRPH cuando se puso en marcha en los años 90 era ofrecer un índice que fluctuase poco para que los intereses de las hipotecas no experimentaran enormes cambios en función de los condicionantes macroeconómicos. Sin embargo, en estas tres décadas, se ha evidenciado que el IRPH prácticamente siempre es superior al principal índice de referencia de las hipotecas: el Euríbor.
Esta situación sistémica se agravó en la década de los 2010. Mientras el Euríbor se situaba en mínimos históricos, haciendo que los tipos de interés de las hipotecas fuesen extraordinariamente bajos, el IRPH ofrecía unos tipos de interés notablemente superiores. De tal forma que los ciudadanos con hipotecas IRPH tenían que afrontar mes a mes un importe de intereses mayor que los ciudadanos con hipotecas referenciadas al Euríbor.
Como consecuencia de este escenario, se produjo un alud de demandas judiciales reclamando a la Justicia que declarase que las hipotecas IRPH eran abusivas.
Si bien la gran mayoría de las hipotecas variables que hay en nuestro país están referenciadas al Euríbor y las entidades bancarias ya no están comercializando las hipotecas IRPH ante el rechazo general de sus clientes, aún existen en España alrededor de 1 millón de hipotecas IRPH, muchas de las cuales fueron concertadas con las extintas cajas de ahorros. De ahí que esta cuestión haya generado una gran atención por parte de la opinión pública y miles de ciudadanos se hayan hecho varias preguntas sobre el IRPH: Qué es, cómo saber si mi hipoteca tiene IRPH, cómo puedo reclamar ante la Justicia, qué puedo obtener en caso de que mi hipoteca sea declarada como abusiva…
¿Todas las hipotecas IRPH son abusivas?
No. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que las hipotecas IRPH no son abusivas per se, sino que pueden serlo en función de cómo han sido comercializadas por las entidades bancarias. ¿Qué quiere decir esto? El TJUE considera que, efectivamente, en muchos casos las hipotecas IRPH se han ofrecido a los clientes de forma poco transparente y, por eso, deja en manos de los tribunales españoles que estudien cada caso para dictaminar si el proceso de contratación de la hipoteca pudo ser o no abusivo. ¿Cómo deben estudiar esta cuestión? El TJUE pone el foco en una circular del Banco de España de 1994.
Esta circular propugnaba que a las hipotecas IRPH se les aplicase un diferencial negativo, puesto que por la forma de calcular el índice este iba a ser más elevado que otros indicadores, ya que al medir el coste medio de las hipotecas se incluyen también otros gastos como las comisiones. Sin embargo, este diferencial negativo no está presente en la mayoría de hipotecas IRPH. De hecho, en el caso analizado por el TJUE, el contrato hipotecario establecía un diferencial positivo.
Además, debe estudiarse si la mera existencia de esta circular supone que los consumidores pueden estar informados sobre cómo funciona el indicador antes de firmar o si, en cambio, conocer el contenido de la circular supone que el consumidor medio tenga que realizar una investigación jurídica fuera de su alcance y, por ende, el cliente no estaba lo suficientemente informado sobre las hipotecas IRPH y los métodos de cálculo del índice cuando contrató su hipoteca.
Frente a la mera remisión a la circular, el TJUE abre la puerta a que se exija que las entidades bancarias fueran transparentes y claras sobre qué era el IRPH, cómo se calculaba y se hiciesen comparaciones entre este indicador y otros índices como el Euríbor.
De esta forma, el Tribunal de Luxemburgo enmendó la doctrina del Tribunal Supremo que establecía que la publicación de la circular del Banco de España en el BOE garantizaba la transparencia de las hipotecas IRPH.

¿Se puede reclamar la nulidad de las cláusulas abusivas?
Sí. El TJUE ha dejado claro que deben ser los tribunales españoles los que estudien cada caso en concreto y determinen si la comercialización de las hipotecas IRPH se llevó a cabo de manera transparente y clara.
Por ello, diversos juzgados españoles ya han anulado las cláusulas de las hipotecas con intereses variables en las que se referencian dichos intereses al IRPH.
Teniendo en cuenta la actual jurisprudencia del TJUE, es imprescindible que las personas que tengan hipotecas IRPH acudan a un abogado especializado en Derecho Bancario que estudie su caso:
- El contenido del contrato.
- La información aportada por la entidad bancaria durante la negociación del contrato hipotecario.
Y, a partir de este análisis jurídico, diseñe una estrategia legal para reclamar ante la Justifica que la referenciación al IRPH se realizó de forma abusiva y que, por ende, la cláusula del contrato debe anularse.
¿Qué se puede conseguir si se reclaman las hipotecas IRPH?
La existencia de cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios no afecta solo a la referenciación al IRPH, sino que también se han denunciado en los últimos años cláusulas que estipulaban que todos los gastos de formalizar la hipoteca debían correr a cargo de los hipotecados. Por eso, miles de ciudadanos se han preguntado si merece la pena reclamar los gastos de una hipoteca y qué se puede conseguir en caso de que se logre la nulidad de cláusulas abusivas como la que referencia los intereses al IRPH.
Con respecto a esta última cuestión, si la Justicia reconoce que las hipotecas IRPH fueron comercializadas de forma abusiva, puede declarar la nulidad de la cláusula. ¿Qué supondría esto? Que los hipotecados tendrían derecho a la devolución de los intereses abonados de acuerdo a la cláusula nula y que, en caso de que no terminaran aún de pagar la hipoteca, los intereses a futuro se deban calcular empleando otro método, como el Euríbor.
Por supuesto, el dinero prestado por la entidad bancaria al cliente a través de la figura de la hipoteca debe abonarse igualmente.
Sea como fuere, estamos hablando de cifras económicas elevadas que pueden suponer que los hipotecados recuperen cuantiosas cantidades de dinero y vean aminorados los futuros pagos de sus hipotecas. Así que sí, merece la pena reclamar las hipotecas IRPH si se cree que el banco no fue transparente durante la negociación de las mismas.