lunes, 26 enero 2026

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20.000€ de indemnización a un indefinido no fijo cesado que después adquirió la condición de funcionario

Un juzgado obliga a la Junta de Extremadura a abonar una indemnización a un indefinido no fijo cesado que adquirió la condición de funcionario en una plaza distinta

20.038,49€. Esta es la cifra que va a obtener un empleado público de la Junta de Extremadura que había adquirido la condición de indefinido no fijo y que fue cesado de su puesto porque se cubrió reglamentariamente su plaza.

El Juzgado de lo Social nº1 de Cáceres ha condenado a la Junta de Extremadura a abonar una indemnización a un indefinido no fijo cesado de 20 días por año trabajado.

Este caso es relevante porque el profesional cesado sí superó un proceso de estabilización para convertirse en funcionario, pero no en su plaza, sino en otra.

Al entender de la Administración, esto implicaba que no estaba obligada a abonarle una indemnización para compensar el abuso de la temporalidad padecido por el profesional durante años.

Sin embargo, esta sentencia interpreta la normativa en vigor en beneficio de los trabajadores y abre la puerta a miles de reclamaciones para obtener una indemnización a un indefinido no fijo cesado.

Qué dice la ley sobre la indemnización a un indefinido no fijo cesado por no superar el proceso de estabilización

Para abordar las claves de la indemnización a un indefinido no fijo cesado es fundamental acudir a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Esta norma fue aprobada para intentar reducir la temporalidad galopante en las administraciones públicas de nuestro país que durante años no convocaron oposiciones y cubrieron sus plazas vacantes con interinos.

Dicha ley en su artículo 2.6 establece que:

Es decir, una Administración debe abonar una indemnización a un indefinido no fijo cesado tras no haber superado el proceso de estabilización y haberse procedido a cubrir su plaza con un funcionario de carrera.

Esta indemnización, como el propio artículo establece, debe ser de 20 días por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades. O, dicho de otra forma, la ley contempla una indemnización a un interino cesado análoga a la indemnización por despido basado en causas objetivas.

Qué sucede cuando el cese del interino se produce por la adquisición de la condición de funcionario

Sin embargo, en estos últimos años han surgido dudas en torno a qué pasa cuando se produce el cese de un interino al convertirse en funcionario. ¿Por qué? Cuando un profesional supera el proceso de selección para convertirse en funcionario de carrera, la Administración le obliga a renunciar a su contrato de interinidad para asumir su plaza de funcionario. De tal forma que, al tratarse de una renuncia voluntaria, se entiende que no existe derecho a la indemnización.

Pues bien, los tribunales han rechazado, también, esta interpretación de nuestra normativa. Así, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado a la Universidade de Vigo a pagarle a un empleado público una indemnización de más de 31.000€. Para determinar esta cantidad, el TSXG optó por aplicar una indemnización de 33 días por año trabajado y no de 20 días como establece la Ley 20/2021.

Así, este posicionamiento va en la línea del esgrimido por el Abogado General del TJUE que, en un caso pendiente de ser resuelto por el Tribunal de Luxemburgo, ha propuesto la posibilidad de que los tribunales españoles puedan reconocer una indemnización adicional para los interinos para castigar el abuso de la temporalidad y reparar el daño sufrido.

La Justicia avala el derecho a recibir una indemnización a un indefinido no fijo cesado aunque el profesional adquiera la condición de funcionario de carrera

Los juzgados avalan la obligación de pagar una indemnización a un indefinido no fijo cesado aunque se convierta en funcionario

El caso juzgado en Cáceres es diferente al de Vigo porque el empleado público fue cesado por la cobertura reglamentaria de la plaza que estaba ocupando. E, igualmente, no se encuadra exactamente en el escenario contemplado por la ley, puesto que sí superó el proceso de estabilización y adquirió la condición de funcionario, pero en una plaza diferente.

Pues bien, el tribunal ha determinado que esto no es óbice para que no exista la obligación de la Administración de pagar una indemnización a un indefinido no fijo cesado.

En línea con la doctrina del Tribunal Supremo, el Juzgado de lo Social nº1 de Cáceres ha optado por fijar dicha compensación económica en algo más de 20.000€, empleando, como ya hemos apuntado antes, la regla de los 20 días por año trabajado para calcularla.

Miles de empleados públicos que sufrieron situaciones de abuso de la temporalidad pueden reclamar

Este último fallo judicial evidencia, una vez más, que miles de empleados públicos tienen derecho a recibir una indemnización a un indefinido no fijo cesado, en el momento en que se produce su cese, sin importar que puedan adquirir igualmente la condición de funcionarios.

En caso de que la Administración se niegue a abonar la indemnización a un indefinido no fijo cesado, es necesario activar la vía judicial y reclamarla. Están en juego compensaciones muy elevadas que sirven para compensar años y años de temporalidad.

Además, los abogados especializados en Empleo Público recomiendan acudir cuanto antes a un letrado que estudie el caso y prepare la reclamación. Ya que solo se puede reclamar la indemnización en el plazo de un año desde que se produzca el cese.

En Lex Hoy contamos con un equipo de abogados que cuentan con una contrastada trayectoria en reclamaciones de empleados públicos frente a Administraciones. Nuestros juristas han dirigido con éxito cientos de reclamaciones en sede judicial y han ayudado a interinos y funcionarios a hacer valer sus derechos. Cuéntanos tu caso y te asesoraremos.

    Pedro González
    Pedro González
    Las relaciones laborales son un mundo apasionante. Constantemente se producen reformas legales y sentencias pioneras que afectan directamente a millones de trabajadores y empresas. En LexHoy me encargo de cubrir estas novedades para ayudar a profesionales y a empresarios a conocer sus derechos y deberes.

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