viernes, 25 abril 2025

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44.000 € de indemnización a un interino cesado por no superar el proceso de estabilización

La indemnización a un interino cesado por no superar un proceso de estabilización debe ser de 20 días por año trabajado

Los procesos de estabilización puestos en marcha al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público están llegando a su fin.

La finalización de muchos de estos procesos dio como resultado:

  • El cese de los interinos que no lograron convertirse en funcionarios.
  • El cese de los interinos que sí obtuvieron una plaza de funcionarios para acceder a ella.

Por ello, la Justicia ya está dictando sentencias que reconocen el derecho a una indemnización a un interino cesado tras no haber superado el proceso de estabilización.

Así, acaba de hacerse pública una sentencia que otorga 44.713 € de indemnización a un interino cesado al no superar un proceso de estabilización convocada por la Consellería de Educación de la Xunta de Galicia, después de 30 años ejerciendo como docente de manera ininterrumpida.

El derecho a percibir una indemnización análoga a la del despido objetivo

Tras su cese, el profesor presentó una denuncia reclamando el derecho a percibir la indemnización a un interino cesado que recoge la Ley 20/2021.

Así, esta norma establece que tanto el personal funcionario interino como el personal laboral temporal tiene derecho a una compensación de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

Esta compensación es análoga a la indemnización por despido por causas objetivas que figura en el Estatuto de los Trabajadores.

Para tener derecho a la indemnización a un interino cesado deben darse dos condiciones:

  • El interino debe haber participado en el proceso selectivo.
  • La indemnización se produce después de que la no superación del proceso provocase el final de la relación contractual con la Administración para la que trabajaba.

¿Se tiene derecho a la indemnización a un interino cesado aunque vuelva a ser contratado posteriormente?

A la luz de lo establecido por la ley, el juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Pontevedra, reconoció al demandante el derecho a percibir la indemnización a un interino cesado. Además, le dio la razón en lo relativo a la cuantificación de esta compensación al establecer que la Xunta debe abonarle 44.713 €.

A dicha cifra es necesario sumarle los intereses legales desde la fecha en que se produjo el cese, así como la imposición de las costas del proceso judicial.

Todo ello, a pesar de que el demandante fue contrato de nuevo por la Administración que lo había cesado.

Así, este profesor interino estuvo casi un año en el paro, cobrando la prestación por desempleo. Pero fue contratado de nuevo para cubrir una baja que se extenderá a lo largo de todo el curso 2024/2025.

Esta sentencia establece que el derecho a recibir una indemnización a un interino cesado no se ve afectado porque dicho trabajador vuelva a ser contratado. Lo cual resulta fundamental, sobre todo, en sectores como el de la educación o el de la sanidad.

El derecho a una indemnización a un interino cesado nace tras no superar el proceso de estabilización

¿Y si el interino cesa porque obtiene una plaza de funcionario?

Hasta ahora hemos abordado la indemnización a un interino cesado por no superar un proceso de estabilización en el que su plaza ha sido cubierta, pero… ¿qué sucede con los interinos que sí superan estos procesos? ¿Han de ser indemnizados por los años en los que se encontraron en una situación de abuso de la temporalidad?

La redacción de la Ley 20/2021 no contempla este supuesto. Sin embargo, ya se han producido varias sentencias que abren la puerta a percibir una compensación por ser obligado a cesar del puesto de interino para poder asumir la plaza de funcionario.

Así, hace unas semanas el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ordenó a la Universidade de Vigo a pagar una indemnización a un interino que tuvo que cesar para acceder a la plaza que había obtenido.

En este caso, el trabajador había tenido un contrato de interinidad por vacante durante casi 13 años y el TSXG le reconoció el derecho a percibir 31.566 euros en forma de compensación por no existir ninguna circunstancia que justificase el fraude en la contratación temporal al que fue sometido.

Por ende, es importante destacar que no solo tiene derecho a una indemnización un interino cesado, sino que el cese de un interino al convertirse en funcionario también da derecho a obtener una compensación que palíe el abuso padecido.

¿La indemnización a un interino cesado o que cesa para acceder a su plaza de funcionario puede ser mayor?

En los dos casos que venimos de analizar los demandantes obtuvieron una indemnización de 20 días por año trabajado. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que esta indemnización no es suficiente para castigar el abuso de la temporalidad y compensar a los trabajadores que lo sufrieron.

De hecho, el TSXG en su sentencia hace referencia a este hecho, pero descarta ampliar la cuantía de la indemnización y equipararla a la del despido improcedente, es decir, 33 días por año trabajado con un límite de 48 meses. ¿Por qué? El demandante solo había solicitado la indemnización de 20 días por cada año en el que ejerció sus labores de interino.

Así, el Tribunal de Justicia del País Vasco estableció que el cese de un interino para ocupar una plaza de funcionario debía ser considerado un despido improcedente.

Por ende, para encarar el final de los procesos de estabilización es fundamental contar con el asesoramiento de abogados laboralistas especializados en empleo público que estudien cada caso y diseñen una estrategia para hacer valer los intereses de los interinos que hayan sido cesados por no superar un proceso de estabilización o a los que se les obligue a cesar para asumir sus nuevas plazas de funcionarios.

    Pedro González
    Pedro González
    Las relaciones laborales son un mundo apasionante. Constantemente se producen reformas legales y sentencias pioneras que afectan directamente a millones de trabajadores y empresas. En LexHoy me encargo de cubrir estas novedades para ayudar a profesionales y a empresarios a conocer sus derechos y deberes.

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