jueves, 12 marzo 2026

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Los intereses por encima del 30% del tipo medio ¿son usurarios?

La jurisprudencia en nuestro país ha fijado que los intereses por encima del 30% del tipo medio incumplen la Ley de Usura y, por lo tanto, pueden ser nulos

El elemento central de cualquier préstamo, hipoteca o producto financiero como las tarjetas revolving son los intereses que la entidad financiera va a cobrarle a su cliente por facilitarle la financiación que necesita para comprar una casa, estudiar, salir de una situación difícil o emprender.

Por eso, no debe sorprender a nadie que gran parte de los conflictos legales sobre préstamos giren en torno a los intereses.

En los últimos años, los tribunales españoles han ido poniendo coto a los intereses excesivamente elevados. Así, se ha instaurado la doctrina de que los intereses por encima del 30% del tipo medio pueden ser declarados usurarios.

Dicha doctrina tienen su origen en una sentencia del Tribunal Supremo de 2020 que determinó que los intereses de una tarjeta revolving incumplían la Ley de Usura porque se situaban por encima del 26% cuando el tipo medio de los intereses de esta clase de productos cuando se contrató la tarjeta eran del 20%. Es decir, el producto se comercializó imponiendo al consumidor intereses por encima del 30% del tipo medio.

A continuación, vamos a repasar las claves sobre la doctrina de que los intereses por encima del 30% del tipo medio son usurarios y que ya están aplicando los tribunales de nuestro país para anular contratos de préstamos a consumidores.

¿Por qué los intereses por encima del 30% del tipo medio infringen la Ley de Usura?

El artículo 1 de la Ley de Usura establece que «será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado».

A la luz de este precepto, la jurisprudencia del Tribunal Supremo considera que el carácter usurario de los intereses de un préstamo debe determinarse en comparación con los intereses promedio del producto en cuestión.

La anterior doctrina del TS del año 2015 consideraba que el carácter usurario de los intereses remuneratorios debería estimarse si los intereses de un préstamo suponían el doble de los intereses promedio del mercado. Sin embargo, el Alto Tribunal la modificó con su sentencia del 2020, de tal forma que los intereses por encima del 30% del tipo medio se deben considerar usurarios, salvo que existan condicionantes y motivos que avalen esta decisión. ¿Por qué el TS rebajó el umbral de la usura?

El Tribunal Supremo estimó que si se exige que los intereses asciendan al doble de los intereses del mercado, en productos que, de por sí, presentan elevados intereses como es el caso de las tarjetas revolving se exigiría que los intereses rondaran el 50% para considerarlos usurarios.

El TS puso coto a las alegaciones de los bancos para establecer intereses por encima del 30% del tipo medio

Además, la jurisprudencia del Alto Tribunal también rechaza que los bancos puedan alegar el riesgo de impagos en determinados productos, como las revolving, para aplicar intereses por encima del 30% del tipo medio. De hecho, la sentencia hace referencia expresa a:

Igualmente, el TS dictaminó que los bancos deben «probar la concurrencia de circunstancias excepcionales que justifiquen» la imposición de intereses por encima del 30% del tipo medio.

Al aplicar esa doctrina se debe tener en cuenta la TAE

Por otro lado, el Tribunal Supremo establece que a la hora de aplicar el criterio de que los intereses por encima del 30% del tipo medio son usurarios no se deben tener en cuenta los intereses nominales, sino la Tasa Anual Equivalente (TAE) de los productos financieros. ¿Por qué?

La TAE incluye todos los «pagos que el prestatario ha de realizar al prestamista por razón del préstamo», es decir, comisiones y otra clase de costes y, por lo tanto, representa de una forma más fidedigna todos los costes que deberá asumir el consumidor.

¿Dónde se puede consultar el tipo medio de los préstamos?

Para determinar cuál es el interés normal del dinero para cada tipo de producto financiero es necesario acudir al Banco de España, que de manera periódica publica el interés promedio de los principales productos financieros.

Así, las tablas del Banco de España sobre tarjetas revolving, hipotecas, préstamos personales de duración determinada, etc. arrojan luz sobre a cuánto ascienden los intereses promedio en el mercado en cada momento.

Esto resulta fundamental porque para determinar o no la usura de los intereses es necesario tener en cuenta «el interés normal del dinero» en el momento en el que se firmó el contrato.

Es posible anular los intereses por encima del 30% del tipo medio en préstamos y otros productos financieros

¿Qué pasa si los intereses por encima del 30% del tipo medio son declarados usurarios?

La histórica sentencia del Tribunal Supremo del año 2020 validó la decisión del Juzgado de Primera Instancia nº8 de Santander de:

  • Declarar la nulidad del contrato de la tarjeta revolving por «existir un interés remuneratorio usurario».
  • Condenar al banco a devolver al consumidor todo el dinero pagado que exceda el importe del capital prestado por la entidad. Es decir, no solo debe hacerse cargo de la devolución de los intereses, sino también de otros gastos como comisiones y seguros asociados a la revolving.

Desde el pronunciamiento del TS no han cesado las sentencias en esta línea. Sin ir más lejos, hace unos días el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº4 de San Fernando declaró la nulidad de un crédito al consumo de hasta cinco años por haberse estipulado unos intereses que doblaban al tipo promedio de esta clase de producto cuando se firmó el contrato.

Así, mientras los datos del Banco de España evidencian que estos créditos a consumidores tenían una TAE promedia del 7,72% en 2019 cuando se suscribió el préstamo, la cláusula de los intereses remuneratorios fijaba que estos ascendían hasta el 13,78% TAE.

Constatada la usura de los intereses, la jueza dictaminó que el contrato era nulo y que el consumidor que contrató el préstamo solo debía devolver el dinero que le había prestado el banco, descontando los intereses y las comisiones abonadas durante la vigencia del contrato. Además, también se impuso al banco el pago de las costas del proceso judicial.

¿Cómo se debe actuar cuando se están abonando intereses por encima del 30% del tipo medio?

La jurisprudencia del Tribunal Supremo y su aplicación por parte de las instancias inferiores demuestran que los consumidores que hayan contratado tarjetas revolving, hipotecas u otra clase de créditos al consumo pueden lograr la nulidad de los contratos si están pagando intereses por encima del 30% del tipo medio en el momento de firmarlos. Por eso, es fundamental que los consumidores que crean que están pagando intereses excesivamente altos:

  1. Comprueben su contrato y consulten las tablas del Banco de España.
  2. Acudan a un abogado especializado en Derecho Bancario que estudie a fondo el contrato, sobre todo, para poder establecer la TAE que efectivamente paga el consumidor. El jurista determinará si es posible reclamar la anulación de la cláusula que fija los intereses por resultar usuraria y elaborará la demanda.
  3. Sean conscientes de que pueden librarse de deudas que les están asfixiando, sobre todo, en los casos con intereses de dos dígitos.

En definitiva, reclamar préstamos con intereses por encima del 30% del tipo medio es un derecho reconocido por la Justicia española y una posibilidad al alcance de miles de consumidores que han tenido que abonar intereses usurarios durante años.

    Sergio Ribas
    Sergio Ribas
    Estoy especializado en información económica y en productos financieros. En LexHoy me encargo de cubrir los cambios normativos y las novedades jurídicas que afectan al sector financiero y a los consumidores.

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