5 preguntas clave sobre el derecho a reclamar la comisión de apertura
La Justicia ha abierto la puerta a reclamar la comisión de apertura de hipotecas y préstamos personales cuando son poco transparentes, su cuantía es excesiva o se han terminado de pagar antes
Las cláusulas de los contratos de hipotecas y préstamos personal o créditos al consumo llevan muchos años generando múltiples sentencias. ¿Por qué? La Justicia ha puesto coto a cláusulas hipotecarias abusivas como algunas cláusulas suelo o el pago de todos los gastos hipotecarios a cargo de los clientes, así como a disposiciones de créditos al consumo como las tarjetas revolving usurarias o poco transparentes.
En esta línea, en los últimos meses se han producido sentencias tanto en el ámbito europeo como en el español que abren la puerta a reclamar la comisión de apertura de hipotecas y préstamos personales en determinados casos.
A continuación, explicamos por qué es posible reclamar la comisión de apertura y qué se debe tener en cuenta antes de iniciar el proceso.
¿Qué es la comisión de apertura?
Antes de nada, precisemos qué es la comisión de apertura. Se trata de un tipo de comisión que cobran las entidades bancarias para sufragar las gestiones administrativas que se deben realizar cuando se formaliza una hipoteca o un préstamo personal.
Generalmente, la comisión de apertura se calcula aplicando un porcentaje al total de dinero que la entidad de crédito presta al cliente. Por ejemplo, un 1%.
¿Por qué se puede reclamar la comisión de apertura en su totalidad?
En los últimos años, múltiples consumidores han presentado demandas judiciales para reclamar la comisión de apertura que se les impuso en sus contratos hipotecarios o de préstamos.
Así, diversas sentencias han reconocido la nulidad de la cláusula en la que se fija la comisión de apertura en dos grandes casos:
- Falta de transparencia. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó en 2023 que es posible reclamar la comisión de apertura y lograr su anulación si el cliente no disponía de la información necesaria para:
- Entender las consecuencias económicas de la cláusula.
- Comprender los servicios que el banco le prestaba en contrapartida.
- Comprobar que no se producía un solapamiento de gastos. Es decir, que el banco no le estaba cobrando dos veces por los mismos servicios.
- Cuantía desproporcionada. La otra gran vía para reclamar una cláusula de apertura gira en torno al importe que los bancos cobran a sus clientes. En este sentido, diversas sentencias del Tribunal Supremo han establecido que deben considerarse nulas las cláusulas hipotecarias que impongan una comisión de apertura superior al 1,5% del montante total de la hipoteca.
¿Solo se puede reclamar la comisión de apertura de una hipoteca? ¿Qué pasa con los préstamos personales y los créditos al consumo?
Hasta ahora, la posibilidad de reclamar la comisión de apertura por usuaria se había limitado a las hipotecas. Sin embargo, una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz extiende este derecho a los préstamos personales y los créditos al consumo.
Así, la AP ha dictaminado que la cláusula de apertura de un préstamo personal para comprar un vehículo del 2,3% era abusiva, a la luz de las sentencias del TS sobre las cláusulas de apertura hipotecarias.
Esta sentencia conlleva que miles de consumidores puedan proceder a reclamar la cláusula de apertura de un préstamo o de un crédito que hayan solicitado y cuyo importe exceda el 1,5% fijado por el Alto Tribunal.

¿Es posible reclamar la devolución de parte de la comisión de apertura si se termina de pagar antes la hipoteca?
Junto a la sentencia que venimos de señalar, en las últimas semanas se producido otro dictamen judicial de gran trascendencia en lo relativo a reclamar la cláusula de apertura de una hipoteca.
El TJUE ha establecido que los consumidores pueden reclamar a los bancos la devolución de parte de la comisión de apertura que abonaron al formalizar una hipoteca cuando:
- Se termine de amortizar antes de tiempo la deuda hipotecaria.
- La cláusula del contrato no estipulara claramente que la comisión de apertura no estaba vinculada a la duración del préstamo.
Por ende, todas las personas que han suscrito una hipoteca y han terminado de amortizarla antes del plazo estipulado, deben comprobar el contrato para dilucidar si pueden reclamar la devolución de parte de la comisión.
¿Merece la pena reclamar la comisión de apertura de una hipoteca o un préstamo?
Muchos ciudadanos son reacios a reclamar la comisión de apertura o cualquier otra cláusula de los contratos hipotecarios y de préstamos personales.
Sin embargo, si crees que tu contrato puede tener alguna cláusula abusiva, es fundamental que sepas que sí merece la pena reclamar. ¿Por qué?
- Existe una jurisprudencia sólida que avala la anulación de cláusulas contractuales abusivas.
- Se puede reclamar la comisión de apertura de una hipoteca anterior a 2019, como han establecido los tribunales.
- En muchos casos, se pueden recuperar cifras de dinero muy interesantes. Pensemos, por ejemplo, en una persona que abonó en su día una cláusula de apertura del 3% de una hipoteca de 200.000 euros. Estaríamos hablando de la devolución de 6.000 euros.
- Las costas de los procesos judiciales corren a cargo de las entidades bancarias que impusieron cláusulas abusivas.
- Además, los clientes tienen derecho a obtener el interés legal del dinero por el importe que abonaron de manera indebida.
Por lo tanto, si crees que pagaste en su día una cláusula de apertura poco transparente o demasiado elevada, te recomendamos que busques el asesoramiento de un abogado especializado en Derecho Bancario para que analicen tu contrato y procedan a reclamar la comisión de apertura en caso de que esta fuese abusiva.

