Últimas novedades sobre hipotecas IRPH
Tras la sentencia del TJUE, varios tribunales de nuestro país han procedido a anular hipotecas IRPH por falta de transparencia durante el proceso de negociación de las mismas
El 12 de diciembre de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió una sentencia histórica sobre la nulidad de las hipotecas IRPH que se hubiesen negociado sin informar debidamente a los consumidores sobre el funcionamiento del Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) y las consecuencias económicas de vincular los intereses a él.
Esta sentencia ha sido el punto álgido de un conflicto que se ha alargado durante décadas. Puesto que de manera sistemática los consumidores con hipotecas IRPH han pagado intereses más elevados que las personas cuyas hipotecas están vinculadas al Euríbor y la gran mayoría de ellos han alegado que sus bancos no les explicaron exactamente cómo funcionaba el índice.
Desde este dictamen de la Justicia europea, se han producido varias sentencias en nuestro país que validan la posibilidad de anular hipotecas IRPH por adolecer de falta de transparencia.
De tal forma que miles de ciudadanos que suscribieron esta clase de hipotecas pueden ver reducidos (o eliminados) sus intereses a futuro y recuperar lo que pagaron de más por culpa de la aplicación del IRPH.
Precisamente, la sentencia del TJUE no contempló una cuestión clave a la hora de abordar la anulación del IRPH en las hipotecas: qué sucede con ellas. ¿Se debe pasar a aplicar el Euríbor en sustitución del IRPH? ¿Ha de darse por resuelto el contrato hipotecario? ¿Sería posible que el contrato prosiguiese pero que el consumidor no tuviese que abonar ningún tipo de interés?
En este artículo, vamos a repasar algunas sentencias que han optado por anular hipotecas IRPH por falta de transparencia para arrojar luz sobre estas preguntas a la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre esta cuestión e imponga una doctrina unificada sobre las consecuencias de anular hipotecas IRPH.
¿Por qué se pueden anular hipotecas IRPH? La falta de transparencia persigue a los bancos
Como apuntamos al inicio, el Tribunal de Luxemburgo concluyó que la aplicación del IRPH per se no es abusiva, sino que la abusividad se encuentra en la falta de transparencia al explicar a un consumidor medio las consecuencias de referenciar los intereses de sus hipotecas a este índice en vez de al Euríbor.
Así, el TJUE establece un control de transparencia de las hipotecas IRPH basándose en tres elementos clave:
- La remisión clara del consumidor a la circular del Banco de España en la que se alertaba de los riesgos del IRPH y se recomendaba que se aplicara con un diferencial negativo para compensar el hecho de que el índice tenga en cuenta el pago de comisiones a la hora de ser calculado.
- La aportación al consumidor de una definición completa del IRPH y de las consecuencias de referenciar una hipoteca a este índice.
- La realización de una comparativa entre la aplicación del IRPH y de otros índices para que el consumidor fuese consciente de los intereses a los que iba a tener que hacer frente.
¿Cuál es el problema? Que gran parte de las hipotecas IRPH no se negociaron aportando toda esta información a los consumidores. De ahí que miles de ciudadanos puedan lograr anular hipotecas IRPH porque no tenían los conocimientos y los datos necesarios para dilucidar el impacto económico de aplicar el IRPH para calcular los intereses.
¿Anular hipotecas IRPH conlleva la devolución de lo pagado en concepto de intereses?
Como ya señalamos antes, la sentencia del TJUE puso el foco en el control de transparencia y en la posibilidad de anular hipotecas IRPH que no lo superasen, pero no abordó con precisión las consecuencias de dicha anulación.
Así, la sentencia abre la puerta a que los tribunales españoles sustituyan el IRPH por «una disposición supletoria de Derecho nacional». De ahí que se haya apuntado a que sería conveniente que se aprobara una reforma legal para establecer que las hipotecas referenciadas al IRPH deben pasar a estar referenciadas al Euríbor o que se continúe aplicando el IRPH pero aplicándole un diferencial negativo para mitigar el hecho de que sistemáticamente sea más elevado que el Euríbor.
Sea como fuere, los tribunales españoles ya han comenzado a aplicar la doctrina del TJUE y, en la mayoría de las sentencias, nos encontramos con que se decide anular hipotecas IRPH por falta de transparencia y decretar que los bancos devuelvan a los ciudadanos los intereses pagados en concepto de IRPH.
¿Cuál es la principal diferencia que nos podemos encontrar en las sentencias sobre hipotecas IRPH en 2025?
- Algunas sentencias, como la emitida por el Juzgado de Primera Instancia nº8 de San Sebastián, que fue el que remitió la falta de transparencia de las hipotecas IRPH al TJUE, abogan por la devolución de todos los intereses pagados por los consumidores, más los intereses legales del dinero. En la misma línea, la Audiencia Provincial de Soria ha emitido una sentencia en la que establece la «devolución de las cantidades derivadas de la aplicación del IRPH desde el 13º mes de vigencia del préstamo».
- Otras sentencias, en cambio, optan porque los bancos devuelvan a los clientes lo que pagaron de más en concepto de intereses por habérseles aplicado el IRPH en vez del Euríbor. Es decir, no se devolverían todos los intereses abonados, sino el importe que pagaron de más con respecto a los consumidores cuyas hipotecas variables estaban referenciadas al Euríbor. Así lo han considerado tribunales como el Juzgado de Primera Instancia nº5 de Pamplona o el Juzgado de Primera Instancia nº1 de Badajoz.

¿Qué sucede tras anular hipotecas IRPH? ¿Se sustituye por el Euríbor? ¿La hipoteca puede subsistir con interés 0?
Proceder a anular hipotecas IRPH por falta de transparencia abre tres escenarios plausibles a la luz de lo establecido por el TJUE y de las primeras sentencias que aplican su doctrina:
- Que se resuelva el contrato hipotecario. Esto implicaría que el consumidor tendría que abonar al banco el capital que le fue prestado menos los intereses que pagó por la aplicación del IRPH.
- Que se produzca una integración del contrato para sustituir el IRPH por el Euríbor, como han dictado varios juzgados españoles (Pamplona, Badajoz…).
- Que el contrato hipotecario subsista, pero con un interés 0. De tal forma que el consumidor solo tenga que ir abonando al banco su deuda hasta amortizarla por completo. Así lo ha dictado el Juzgado de Primera Instancia nº8 de San Sebastián.
¿Quién no se ha manifestado aún sobre si es posible anular hipotecas IRPH? El Tribunal Supremo
Como se puede observar a través de las sentencias que hemos ido apuntando, el Tribunal Supremo aún no se ha pronunciado sobre las consecuencias de anular hipotecas IRPH por falta de transparencia. Como consecuencia de ello, nos enfrentamos a una diversidad de criterios que solo podrán ser unificados cuando el Alto Tribunal estudie esta cuestión.
Sea como fuere, lo que resulta evidente es que la doctrina del TJUE ya está siendo aplicada por todos los tribunales y que los consumidores que hayan suscritos hipotecas referenciadas al IRPH que no superen el control de transparencia pueden lograr su anulación y recuperar todos o parte de los intereses que pagaron durante el tiempo en que la hipoteca estuvo en vigor.
Así, el dictamen del Tribunal Supremo será clave para dilucidar cuántos intereses se pueden recuperar y, sobre todo, cuáles son las consecuencias de anular hipotecas IRPH. Es decir, si se debe sustituir el índice por el Euríbor, si el consumidor puede optar por finalizar el contrato o si este podría subsistir con intereses 0.
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