Índice
La custodia de los animales domésticos debe pactarse en el convenio regulador del divorcio, de lo contrario deberá ser decidida por el juez
Los perros son los nuevos niños. Seguramente hayas escuchado alguna vez esta afirmación que juega con la hipérbole para destacar la relevancia creciente que tienen los animales domésticos en nuestras vidas. Perros, gatos y otras mascotas se han convertido en elementos centrales de la vida de miles de familias.
Por eso, no debe sorprendernos que resolver la custodia de los animales sea una cuestión de capital relevancia en caso de divorcio.
Más aún, si tenemos en cuenta que en 2021 se modificó nuestro centenario Código Civil para reconocer que los animales son «seres vivos dotados de sensibilidad».
Junto a este reconocimiento, la reforma del Código Civil impactó, también, en la custodia de los animales domésticos en casos de divorcio matrimonial, modificando la forma en que se decide quién se queda con las mascotas cuando un matrimonio se disuelve.
A continuación, abordamos las claves en torno a la custodia de los animales tras la disolución de un matrimonio.
Los animales deben incluirse en el convenio regulador del divorcio
Hasta la reforma del Código Civil, los animales no debían incluirse dentro del convenio regulador del divorcio. De tal forma que las mascotas quedaban a cargo de la persona que las hubiese registrado oficialmente.
Sin embargo, desde que a principios de 2022 entró en vigor dicha reforma, la custodia de los animales que convivían con la pareja que procede a divorciarse debe pactarse en el convenio regulador o establecerse mediante sentencia.
De hecho, en su redacción actual, el artículo 90 del CC, que establece el contenido mínimo del convenio regulador, incluye entre los elementos que se deben incluir:
- El destino de las mascotas, teniendo en cuenta:
- Los intereses de todas las personas que conforman la familia.
- El bienestar de los animales.
- El reparto de los tiempos de convivencia y cuidado, en caso de que se opte por la custodia compartida de los animales.
- Los gastos generados por el cuidado de las mascotas.
Es decir, al igual que en el convenio regulador de custodia compartida de los hijos, es posible pactar la custodia compartida de los animales.

En caso de disputa, la Justicia determina quién se queda con la custodia de los animales
¿Qué pasa si los cónyuges que se van a separar no pactan la custodia de los animales domésticos en el convenio regulador o este no se aprueba?
Según el artículo 91, corresponderá a la autoridad judicial decidir «el destino de los animales de compañía», al igual que sucede con algunos aspectos esenciales de la disolución de un matrimonio como todas las cuestiones relacionadas con los hijos en común, la vivienda familiar o la liquidación del régimen económico.
Asimismo, el artículo 94 bis determina que la Justicia deberá:
- Decidir si la custodia de los animales corresponde a uno de los cónyuges o a los dos.
- Establecer cómo el cónyuge que no tiene la custodia de los animales puede disfrutar de su compañía.
- Determinar las cargas asociadas al cuidado de las mascotas.
Para realizar estas tres acciones, los jueces deben tener en cuenta tanto los intereses de todas las personas que conforman la familia como el bienestar de las mascotas.
Por contra, no se tendrá en cuenta quién tiene la titularidad de los animales en disputa o a quién se le encargó su cuidado originalmente. Lo que supone, como ya avanzamos antes, un cambio radical con respecto a quién se quedaba con la custodia de los animales domésticos antes de la reforma del Código Civil.
De hecho, tras determinar la custodia de los animales, deberá informarse al registro de identificación de animales qué persona o personas están a su cargo.
Se puede obtener una pensión para sufragar los gastos de los animales de la familia
A la luz de la redacción del Código Civil, resulta evidente que se contempla la opción de que los gastos de los animales que formaban parte del núcleo familiar se dividan entre los cónyuges, aunque uno tenga la custodia de los animales y el otro no.
Así, diversas sentencias han reconocido el derecho a recibir una pensión para hacer frente a los gastos que generan las mascotas: alimentación, veterinario, medicación, etc.
Es decir, que no solo se puede establecer la custodia compartida de las mascotas o el régimen de visitas en caso de que no haya custodia compartida de los animales, sino que también es posible que se pacte o se acuerde judicialmente el abono de una pensión para sufragar los costes asociados a tener animales domésticos.
La custodia de los animales tras la separación de una pareja de hecho
La reforma del Código Civil gira en torno a la custodia de los animales en caso de divorcio o separación de un matrimonio. Esto supone que no existe una regulación específica sobre qué sucede con la custodia de los animales en caso de separación de una pareja de hecho.
A priori, esto implicaría que la mascota debe quedar bajo la custodia de la persona que figure como su dueño en el registro de animales. Sin embargo, existen vías legales para abordar la custodia de animales de compañía en modalidad compartida. ¿Por qué?
- En caso de que la pareja de hecho tenga hijos en común, se pueden incluir a los animales de compañía en el convenio regulador en el que se pacta el cuidado de los hijos.
- El Convenio Europeo sobre protección de animales de compañía, ratificado por España y, por ende, en vigor en nuestro país, establece que la tenencia de las mascotas corresponde tanto a las personas que tienen animales de compañía como a aquellas personas que se ocupen de los animales. Por lo que, en caso de separación de una pareja de hecho, se podría argumentar judicialmente que la persona que no figure como propietario en el registro, también se dedicó al cuidado de la mascota durante los años de convivencia. De tal forma que se pudiera demandar la custodia compartida del animal o regular un régimen de visitas y de asunción de los gastos de cuidado de la mascota.
En definitiva, establecer la custodia de los animales cuando una relación llega a su fin es una cuestión cada día más importante. Puesto que las mascotas ocupan un lugar prominente en muchas familias y las personas establecemos sólidos lazos afectivos con ellas. Por eso, al emprender un proceso de separación o divorcio es crítico tener en cuenta la custodia de los animales para lograr pactarla en el convenio regulador, estipulando no solo la custodia, sino el régimen de visitas o el pago de los gastos.
Asimismo, en caso de que sea imposible llegar a un acuerdo, es fundamental contar con asesoramiento profesional para defender ante la Justicia los derechos de las partes involucradas en el conflicto.

