jueves, 12 marzo 2026

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Reclamar tarjetas revolving de Cofidis por intereses abusivos y falta de transparencia

Diversas sentencias han abierto la puerta a reclamar tarjetas revolving de Cofidis por intereses abusivos, TAE engañosas o falta de transparencia

El reguero de sentencias sobre algunas de las miles de tarjetas revolving que se han contratado en nuestro país durante los últimos lustros no cesa. Recientemente, se ha dado a conocer una sentencia que confirma la posibilidad de reclamar tarjetas revolving de Cofidis en aquellos casos en los que se comercializaran de manera poco transparente o cuando los intereses remuneratorios del producto fuesen abusivos.

Esto es así porque la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ratificado que:

  • Los intereses remuneratorios de los productos revolving deben considerarse usurarios si superan en 6 puntos a los intereses promedios de este tipo de producto financiero en el momento de su contratación, de acuerdo a las Tablas del Banco de España sobre tarjetas revoling.
  • La falta de transparencia precontractual y en la redacción de las cláusulas del contrato de las tarjetas revolving puede dar lugar a la nulidad de las mismas.
  • La comisión por impagos debe basarse en gastos reales asumidos por las entidades financieras para informar a los clientes que incumplen el pago de alguna cuota de su hipoteca, su tarjeta revolving u otro producto de financiación.

Además, debemos tener en cuenta que la alta conflictividad en torno a las tarjetas revolving se debe a que es un producto complejo, que no resulta fácilmente comprensible por parte del consumidor medio, pero que ofrece una línea de liquidez rápida y accesible a miles de ciudadanos.

A continuación, vamos a explicar las vías para reclamar tarjetas revolving de Cofidis que puedan resultar abusivas, partiendo de la base de que es importante estudiar cada caso para determinar si existen causas de nulidad o no.

La teoría de los 6 puntos del TS

Para entender qué es una tarjeta revolving y por qué ha desencadenado cientos de conflictos judiciales es fundamental detenerse en las tres grandes peculiaridades de este producto:

  • La deuda contraída se abona en cuotas extraordinariamente bajas.
  • El sistema de amortización de la deuda es complejo, porque el crédito se regenera. Esto sumado a las bajas cuotas provoca que, en muchos casos, las deudas se eternicen en el tiempo y no se acaben nunca de saldar.
  • Los intereses remuneratorios de esta clase de crédito al consumo son muy superiores a los de otros productos.

Así, las dos principales vías para reclamar tarjetas revolving de Cofidis u otras compañías financieras han sido los intereses remuneratorios y la falta de transparencia a la hora de explicar el producto, el cálculo de los intereses y el sistema de amortización de la deuda.

En lo referente a los intereses, el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia mediante la teoría de los 6 puntos. ¿En qué consiste dicha doctrina?

Deben considerarse como usurarios los intereses remuneratorios que de una tarjeta revolving que excedan en 6 puntos los intereses promedios que publica el Banco de España mensualmente. Para ello, hay que mirar el dato del mes en el que se contrató el producto.

En este sentido, un juzgado de Santander viene de declarar como usurarios los intereses de una tarjeta revolving de Cofidis ya que ascendían a un 28,48% TAE. Es decir, más de 7 puntos por encima de los intereses promedios de esta clase de producto financiero en octubre de 2016, que fue cuando se firmó el contrato.

Reclamar tarjetas revolving de Cofidis cuando la TAE es superior a la pactada

¿Solo se pueden reclamar tarjetas revolving de Cofidis cuando los intereses superan en 6 puntos los intereses promedio? No. Una reciente sentencia de un juzgado de León anuló una tarjeta revolving porque la TAE aplicada por la entidad financiera era superior a la pactada contractualmente.

Así, mientras se habían pactado unos intereses remuneratorios del 24,51% y, por ende, por debajo del umbral de los 6 puntos de diferencia con los promedios, la realidad es que la entidad financiera cobró al consumidor intereses por encima del 33% y, por lo tanto, usurarios.

¿Por qué se produjo esta notable diferencia entre los intereses pactados y los realmente aplicados? La fórmula de cálculo de los intereses era teóricamente estática, pero como señalamos antes, el crédito revolving se caracteriza por ser variable, ya que la deuda se regenera. Además, no se contemplaban gastos que deben incluirse en la TAE como comisiones y seguros.

La sentencia procedió a anular los intereses remuneratorios no solo por ser usurarios, sino porque la forma de calcularlos fue poco transparente. De tal manera que el consumidor no podía saber con precisión a cuánto iban a ascender los intereses que tendría que abonar por su deuda.

Para reclamar tarjetas revolving de Cofidis es fundamental analizar el contrato para determinar si las cláusulas son o no poco transparentes o si se incluyen intereses usurarios

Reclamar tarjetas revolving de Cofidis por falta de transparencia

Precisamente, múltiples sentencias han dejado claro que es posible reclamar tarjetas revolving por falta de transparencia.

A finales de 2023, la Audiencia Provincial de Girona ratificó la posibilidad de reclamar tarjetas revolving de Cofidis para lograr la anulación del contrato cuando:

  • No se explique de manera clara cómo funciona el sistema revolving para que un consumidor medio pueda entenderlo.
  • No se aclare al consumidor cuáles son las consecuencias económicas de esta clase de producto.

En este caso, además de anularse la cláusula que regulaba los intereses remuneratorios, también se decretó la nulidad de la cláusula contractual en la que se establecía la comisión por impagos al considerarse que era abusiva. Lo mismo sucedió en la sentencia del juzgado de Santander, que también dictó que el contrato había sido poco transparente porque el cliente no podía entender las consecuencias económicas del producto.

Asimismo, la Audiencia Provincial de Madrid sentenció recientemente que una tarjeta revolving de Carrefour era nula porque la información ofrecida al consumidor antes de contratarla era deficiente y, por ende, lo colocaba en una situación de desigualdad con respecto a la entidad financiera, lo que contraviene la Directiva 93/13/CEE.

A todo ello debemos sumar el hecho de que, desde 2020, el marco normativo sobre la información precontractual es más severo en nuestro país. Ya que una orden ministerial establece cuatro requisitos que deben cumplir las entidades financieras a la hora de comercializar créditos revolving:

  1. Hacer constar que la modalidad del crédito es revolving.
  2. Determinar si se pueden capitalizar las cantidades vencidas que son exigibles.
  3. Establecer si se puede modificar la modalidad del crédito, ya sea por parte de la entidad financiera, ya sea a solicitud del consumidor.
  4. Poner a disposición del consumidor un ejemplo de crédito en el que figuren dos o más alternativas de financiación para que el consumidor sea consciente de las diferencias entre estas alternativas y la modalidad revolving.

Así, es posible reclamar tarjetas revolving de Cofidis, Carrefour o cualquier entidad financiera contratadas después del 27 de julio de 2020 que no cumplan estos requisitos. Pero, además, también es posible logar la anulación de tarjetas revolving por falta de transparencia comercializadas con anterioridad a esta fecha, como nos demuestran las sentencias a las que hemos hecho mención.

Si te estás preguntando «¿cuánto me pueden devolver por la tarjeta revolving?» para decidir si merece la pena reclamar tarjetas revolving de Cofidis debes tener en cuenta que puedes obtener:

  • Intereses remuneratorios y de demora pagados hasta el momento de la sentencia si se consideran abusivos por resultar usurarios o poco transparentes.
  • Comisiones y seguros abonados por los clientes cuyos contratos revolving son declarados nulos.
  • Interés legal del dinero de estos gastos sufragados por los consumidores.

De tal forma que, si tras reclamar tarjetas revolving de Cofidis, la Justicia anula dichos productos, los consumidores solo estarán obligados a hacerse cargo de la deuda que contrajeron, sin contar intereses, comisiones, seguros y otros gastos.

Esto supone, en muchos casos, que los consumidores puedan liberarse de deudas que se han eternizado con el paso del tiempo y que les han llevado a pagar más intereses y comisiones que lo que han tenido que abonar para saldar su deuda.

A pesar de la conflictividad judicial que ha caracterizado a las tarjetas revolving, este producto no es abusivo per se. Aunque los expertos desaconsejan su contratación por parte de consumidores sin conocimientos financieros, es un producto de crédito perfectamente legítimo si es transparente y no incluye intereses usurarios.

Por eso, antes de reclamar tarjetas revolving de Cofidis u otros productos del listado de tarjetas revolving comercializadas en España es fundamental acudir a un abogado especializado en Derecho Bancario que:

  • Analiza la redacción del contrato de la tarjeta revolving y la información precontractual facilitada por la entidad financiera.
  • Estudie la jurisprudencia sobre este producto de cara a determinar qué se debe reclamar.
  • Presente una reclamación ante la entidad financiera y, en caso de que no sea atendida, redacte una demanda judicial para reclamar tarjetas revolving de Cofidis u otras entidades financieras y lograr su anulación.

    Sergio Ribas
    Sergio Ribas
    Estoy especializado en información económica y en productos financieros. En LexHoy me encargo de cubrir los cambios normativos y las novedades jurídicas que afectan al sector financiero y a los consumidores.

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